LUNES Ť 13 Ť AGOSTO Ť 2001

Ť Miguel Angel de los Santos

Defensores comunitarios: expresiones de autonomía

Las comunidades indígenas de Chiapas viven el riesgo permanente de violaciones a los derechos humanos individuales y colectivos. Desde que el Ejército Mexicano ingresó en las comunidades y se instaló en sus alrededores, las denuncias por violaciones al libre tránsito, detenciones e interrogatorios arbitrarios, incursiones abiertas o disfrazadas, entre otras acciones, no han cesado. La misma presencia militar en la periferia de las comunidades impide que éstas desarrollen su vida cotidiana con normalidad e inhibe la práctica de sus usos y costumbres. Se agrega a esto la proliferación de grupos paramilitares.

En muchos casos, los indígenas son sometidos a procesos judiciales cuyas acusaciones tienen su origen en conflictos sociales y son sujetos de investigaciones ministeriales en las que se crean evidencias y testimonios para legitimar procesos que, generalmente, culminan en una sentencia injusta. Durante el proceso penal no les son respetados sus derechos humanos ni es considerada su condición de indígenas. Se les sujeta a procesos penales sin comprender las acusaciones en su contra, sin entender la mecánica legal y son condenados a altas penas de prisión sin haber contado con una defensa adecuada.

En este contexto de violaciones frecuentes y sistemáticas a los derechos humanos, principalmente de los indígenas, los organismos no gubernamentales (ONG) comienzan a proliferar para defenderlos de los embates del Estado. La labor de estos organismos fue fundamental para frenar la guerra en 1994 y 1995. También han evitado mayores violaciones a los derechos humanos a partir de la denuncia y difusión de los casos que se han presentado.

Los ONG de defensa de los derechos humanos surgen en un contexto histórico en el que las comunidades indígenas se encuentran marginadas y excluidas de las estructuras del Estado, incluyendo las de educación, salud y justicia. Por eso era importante la función de mediador de estos organismos entre las comunidades y el Estado. Generalmente la atención a los problemas de las comunidades es abordada por las ONG y diversas instancias de gobierno optan también por dirigirse a las comunidades indígenas a través de ellos. Sin embargo, las organizaciones no gubernamentales han promovido la percepción de que la defensa de los derechos humanos es propia y exclusiva de ellas mismas, de abogados y abogadas, de la gente de la ciudad, en fin, los no indígenas.

Pero hoy en día las comunidades indígenas comienzan a vivir sus reivindicaciones y a tomar mayor conciencia de su función histórica en su devenir; empiezan a exigir su derecho de acceder a las instancias del Estado que les pertenecen como ciudadanos y comienzan a asumir su defensa y la toma de decisiones en aspectos que les competen directamente. Comienzan también a tomar el control sobre aspectos fundamentales de su cultura y su vida como pueblos indígenas. Comienzan a llevar a cabo sus propios proyectos de educación, de salud, de impartición de justicia, etcétera. Es en este contexto que comienzan a asumir la defensa de sus derechos humanos como una expresión más del ejercicio de la autodeterminación.

Es la Red de Defensores Comunitarios por los Derechos Humanos el organismo que aglutina a los jóvenes que con valentía han tomado la responsabilidad de asumir la defensa de sus comunidades. Fueron elegidos en asambleas de comunidades, ante quienes refrendaron el compromiso de capacitarse para defender los derechos humanos de los habitantes y de las comunidades que los eligieron. Periódicamente acuden a las asambleas comunitarias para informar sobre sus trabajos y recibir indicaciones, críticas y sugerencias. De allí que el lema de la red sea: "Asumiendo nuestra propia defensa", para enfatizar que son las mismas comunidades, a través de sus defensores, quienes se aboquen a la defensa de sus problemas. Con ello evitan la dependencia de organizaciones no gubernamentales, de abogados que los mal representan y les extorsionan, y consecuentemente gastos que difícilmente pueden realizar.

Los defensores se encuentran capacitados en la utilización de las instancias e instrumentos nacionales para la defensa de los derechos humanos. También cuentan con capacitación para proveer asesoría jurídica básica y presentar escritos sencillos ante instancias judiciales. Han sido entrenados en el uso de cámaras de video, fax, computadoras y cámaras fotográficas. Para hacer más eficaz su trabajo de defensa algunas regiones han comenzado a instalar modestas oficinas en las comunidades más accesibles.

Los defensores comunitarios se han convertido en la forma más eficaz de responder ante violaciones a los derechos humanos, en cuanto que se encuentran en los lugares en que éstas suceden, atienden los casos hablando el mismo idioma y defienden a los afectados teniendo en consideración las necesidades y preocupaciones de sus comunidades. Además, el trabajo de la red de defensores forma parte de una lucha más amplia por los derechos y la autodeterminación de los pueblos indígenas, y como tal constituye una nueva forma de resistencia ante las nuevas configuraciones de poder estatal y global.