JUEVES Ť 12 Ť JULIO Ť 2001
Ť La Comisión de Honor y Justicia envió citatorios
Tabasco: el PRI decidirá si expulsa a quienes apoyaron al candidato del PRD
ENRIQUE MENDEZ
La Comisión de Honor y Justicia del PRI determinará la próxima semana si expulsa o no a los 14 priístas de Tabasco que el 30 de junio pasado firmaron un manifiesto a favor del candidato de la Alianza Opositora al gobierno del estado, César Raúl Ojeda Zubieta. Ese mismo día se comprometieron a sumarse a la estructura de la alianza y a buscar el voto a favor del empresario.
El año pasado, el PRI suspendió sus derechos a Guadalupe Buendía, La Loba, y considera que el ex gobernador de Quintana Roo, Mario Villanueva, se "alejó" desde que se enfrentó a Mariano Palacios Alcocer y a Carlos Rojas Gutiérrez en 1999, y que al ser procesado por presuntos vínculos con el narco perdió definitivamente sus derechos de militante, por lo que no es necesario llevar su caso a la Comisión de Honor.
La comisión, que preside el cetemista Juan Moisés Calleja, inició formalmente el envío de citatorios a los tabasqueños que aparecen en el manifiesto de junio, pero la lista no incluye al ex diputado federal y aspirante a candidato del PRI al gobierno del estado, Arturo Núñez Jiménez, ni a la diputada federal Lorena Beaurregard, aun cuando días antes de las elecciones de octubre llamaron a no votar por Andrade Díaz.
Ambos forman parte de la corriente José María Pino Suárez y aun cuando el propio Andrade y el entonces presidente del comité estatal, Florizel Medina Péreznieto, presentaron una denuncia ante la comisión para que los expulsaran del PRI, hoy se considera que la conducta posterior de Núñez y Beaurregard "ha sido muy priísta".
Sancionarlos y retirarles sus derechos partidarios, dijeron fuentes de la comisión, sería "antijurídico y metería ruido" a la campaña de Andrade Díaz.
La resolución que anunciará la comisión la próxima semana se debe a que en este caso "hay cierta urgencia", porque el 5 de agosto próximo hay elecciones extraordinarias en el estado y se tiene que emitir un fallo antes de esa fecha.
Hay varios supuestos, previstos en el artículo 60 de los estatutos, por los que un priísta pierde "en automático" sus derechos y la militancia. La fracción quinta de ese artículo precisa que deja de ser militante "quien con sus actos personales o de grupo perjudique la operatividad del partido y desestabilice la existencia normal de la vida de sus órganos internos".
Es este supuesto el que se aplica en el caso de Mario Villanueva Madrid, quien con "su actitud" provocó una controversia interna en 1999 con Palacios Alcocer y el entonces secretario general del PRI, Carlos Rojas Gutiérrez, a quien acusó de querer imponer un método para elegir el candidato al gobierno de Quintana Roo.
La expulsión -una de las cuatro sanciones previstas en el Código de Etica Partidaria- está reglamentada en el artículo 176, y procede por "atentar de manera grave con la unidad ideológica, programática y organizativa del partido; sostener y propagar principios contrarios a los contenidos en los documentos básicos; realizar actos de desprestigio de las candidaturas sostenidas por el partido u obstaculizar las campañas; difundir ideas o realizar actos con la pretensión de provocar divisiones; solidarizarse con la acción política de partidos o asociaciones políticas antagónicas, y proceder con indisciplina grave", entre otros.
Son estos siete supuestos los que se aplicarían en contra de los tabasqueños.
La última militante a la que se le retiraron sus derechos partidarios fue La Loba, ya que al iniciársele un proceso penal automáticamente quedó fuera del tricolor. Antes que ella, en 1994, la Comisión de Honor y Justicia expulsó a Raúl Salinas de Gortari, a quien también se le inició un juicio y aún permanece preso en el estado de México.
Los tabasqueños estaban citados para comparecer el martes, pero como aducen que no recibieron el citatorio, no se presentaron para ejercer su derecho de audiencia que fija el artículo 28 del Código de Etica. En el mismo artículo se precisa que el plazo para ser escuchados por la Defensoría de los Derechos de los Militantes es de diez días hábiles a partir de recibido el citatorio, que de acuerdo con el CEN se venció el martes. Cumplido ese plazo, la defensoría dispone de cinco días hábiles -hasta el 17 de julio- para decidir si procede el proceso o se turna el expediente al Consejo Político Nacional.