MIERCOLES Ť 27 Ť JUNIO Ť 2001
Ť Ejecuciones extrajudiciales también son de especial interés
Solicitarán activistas a la CIDH revisar el caso Aguas Blancas
Ť En próxima visita la comisión planea reunirse con ONG, familiares y víctimas de violaciones a derechos humanos
VICTOR BALLINAS/ II
En la "rápida visita" que hará la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) al país, los días 3 y 4 de julio próximo, para dar seguimiento al cumplimiento de las recomendaciones que emitió al gobierno mexicano, además de entrevistarse con funcionarios del Ejecutivo, se reunirá con organizaciones no gubernamentales de derechos humanos, con víctimas de violaciones a sus garantías individuales y sus familiares.
Los activistas de las organizaciones no gubernamentales tienen especial interés en que se revisen el caso Aguas Blancas, las ejecuciones extrajudiciales y desaparición forzada en El Tila, Chiapas; las violaciones a las indígenas tzeltales, y el secuestro y asesinatos de tres indígenas en el Ejido Morelia, Chiapas. La expulsión de sacerdotes de San Cristóbal, Chiapas; el caso del general Francisco Gallardo y los de Pedro Peredo Valderrama y Miguel Orlando Muñoz, entre otros.
Ejido Morelia. Caso 11.411. El Ejército secuestró y asesinó a tres indígenas.
"El 7 de enero de 1994, elementos del Ejército Mexicano penetraron violentamente en la comunidad indígena de Morelia, municipio de Altamirano, Chiapas. Irrumpieron en las casas, sacando a los hombres a golpes, reuniéndolos en la iglesia y en la cancha de basquetbol, y en ese lugar los obligaron a tirarse con la cara contra el suelo. Mientras los tenían en esas condiciones, los soldados se dedicaron a saquear las casas y las tiendas del poblado, y a destruir la clínica de atención médica.
"Tres de los habitantes, Severiano y Hermelindo Santis Gómez, y Sebastián Santiz López, fueron sacados del grupo de acuerdo con una lista que tenía un capitán del Ejército y fueron trasladados a la sacristía de la iglesia, donde fueron torturados y posteriormente subidos a un vehículo militar. El 11 de febrero fueron encontrados los restos de los tres indígenas en el camino que une Altamirano con Morelia", se indica en la denuncia recibida y admitida en la CIDH.
Religiosos expulsados de San Cristóbal, Chiapas. Caso 11.610
La CIDH recibió el 4 de marzo de 1996 la denuncia por violaciones a los derechos humanos en contra de religiosos expulsados de Chiapas. "El 22 de junio, en la tarde, el reverendo Loren Laroye Riebe Star fue sacado bajo un pretexto falso de su rectoría, luego de lo cual fue abruptamente encañonado con un arma por autoridades policiales. Los agentes, quienes se negaron a identificarse, carecían de orden de arresto. Trasladaron al reverendo a las instalaciones de la Policía Judicial estatal de la ciudad de Tuxtla Gutiérrez, Chiapas. Ahí, el reverendo fue desnudado y sometido a un examen médico. No le permitieron hacer sus necesidades fisiológicas por varias horas, ni le informaron en algún momento de las razones de su privación de la libertad. Tampoco le permitieron efectuar llamados o comunicarse con alguna persona. Posteriormente fue llevado al aeropuerto de Tuxtla Gutiérrez".
Esa denuncia fue ampliada para incluir hechos violatorios idénticos contra otros religiosos, los sacerdotes católicos extranjeros de la diócesis de San Cristóbal de las Casas: el reverendo Jorge Alberto Barón Guttlein, de nacionalidad argentina, y el sacerdote Rodolfo Izal Elors, de nacionalidad española.
"Barón Guttlein señaló que el 22 de junio, mientras viajaba a bordo de su vehículo, fue obligado por un grupo de personas desconocidas, que iban en una camioneta, a detenerse en el desvío de El Carmelito, Chiapas. De esa unidad bajaron cuatro hombres quienes, sin mandamiento escrito o documento de autoridad alguna, lo hicieron descender, vendando sus ojos y cubriendo su rostro con una chaqueta. En esas condiciones fue puesto en el suelo de las camioneta de sus captores, y viajó unas tres horas hasta llegar a su destino, donde los captores le quitaron la venda y él se percató de que se encontraba en Tuxtla Gutiérrez.
"Los individuos que lo retenían lo obligaron a desnudarse para que otra persona, que tampoco se identificó, le practicara un examen médico. Luego fue llevado al aeropuerto de esa ciudad".
A su vez, el reverendo Izal Elors señaló en su denuncia: "El 22 de junio de 1995 conducía un vehículo de su propiedad cuando fue interceptado por varios individuos armados. Fue despojado de la unidad por dichos individuos, quienes lo subieron a golpes a la cabina de una camioneta y se lo llevaron con rumbo desconocido, rodeado por dos hombres armados que lo custodiaban. Al llegar a Tuxtla, el religioso fue trasladado a las instalaciones de la Policía Judicial donde lo desnudaron delante de sus captores".
La CIDH precisa que los tres religiosos fueron trasladados a la ciudad de México, donde fueron sometidos a un interrogatorio político por parte de las autoridades de Migración.
En su recomendación la CIDH dijo al gobierno mexicano que los religiosos fueron privados arbitrariamente de su libertad y expulsados en forma sumaria, sin derecho a la garantía de audiencia. La expulsión de que fueron objeto viola los derechos de integridad física de los sacerdotes, y su derecho a la protección de su honra. El Estado, afirma, procedió de manera arbitraria. La CIDH demandó que se investigue la responsabilidad de los funcionarios públicos implicados y se restablezcan los derechos de las víctimas.
Tila, paramilitares asesinan a dos indígenas y secuestran a otro. Caso 11.810
El EZLN y el Centro de Derechos Miguel Agustín Pro Juárez, presentaron ante la CIDH la denuncia por los hechos ocurridos en Tila el 24 de mayo de 1996.
"El 24 de mayo de 1996 un grupo de paramilitares emboscó a varios indígenas en el municipio de Tila, estado de Chiapas, asesinó a tiros a los señores Sebastián Sánchez López y Sebastián López López, y cometieron la desaparición forzada de Mateo Jiménez López. Los quejosos presentaron denuncia en el Ministerio Público de Chiapas, del que no recibieron respuesta alguna, por lo cual consideran que no existe voluntad de las autoridades para esclarecer los hechos".
Luego de analizar los hechos, la CIDH consideró el caso de accesibilidad.
Valentín Carrillo, indígena tepehuano, asesinado por un militar. Caso 11.808
El 22 de septiembre de 1997, la CIDH recibió la denuncia sobre el asesinato del indígena tepehuano Valentín Carrillo Saldaña, quien fue detenido, torturado y luego ejecutado extrajudicialmente por militares en Chihuahua, en octubre de 1996. "El señor Carrillo salió de su domicilio el 12 de octubre de 1996 para trabajar y estaba desaparecido hasta que se halló su cadáver enterrado el 17 de octubre de 1996, con evidentes rastros de tortura."
Los peticionarios señalan, según la CIDH, que "las autoridades mexicanas negaron información a los familiares de Valentín Carrillo, mientras se hallaba presuntamente detenido por integrantes de las fuerzas armadas, y que la investigación iniciada por las autoridades militares carece de la independencia requerida para establecer los hechos".
Hubo solución amistosa: "La Sedena entregó a la viuda una indemnización por 102 mil pesos; en virtud de que los cuatro hijos de Carrillo todavía no ingresaban al Progresa, se les dio una apoyo de 3 mil pesos, ese año, para financiar sus estudios, y se dictó condena de 30 años de prisión al capitán de Caballería Gustavo Aviña Gutiérrez como culpable y responsable en calidad de autor material".