MARTES Ť 26 Ť JUNIO Ť 2001
Ť Dictamen de la Corte
Hacienda fijó reglas indebidamente en la Ley Aduanera
JESUS ARANDA
El pleno de la Suprema Corte dictaminó que es inconstitucional que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público expida reglas de carácter general sobre los requisitos que deben reunir las facturas de las mercancías que importa nuestro país.
La primera sala de la Corte estableció que es ilegal el artículo 36, fracción I, inciso a, de la Ley Aduanera, porque le otorga a la dependencia la facultad de expedir "reglas generales, abstractas y coactivas", de manera que dichos requisitos son exigibles a todos los gobernados que pretendan importar mercancías al territorio nacional.
Los ministros determinaron que la facultad reglamentaria -que se adjudicó Hacienda- corresponde exclusivamente al Presidente de la República, "ya que la Constitución en ningún momento contempla la posibilidad de que dicha potestad se delegue a otro órgano, como lo es la Secretaría de Hacienda."
Sostener lo contrario, aseveró la Corte, estaría dando por supuesto que cualquier órgano derivado del Estado podría asumir, materialmente hablando, alguna de las facultades para expedir normas generales que reglamenten a la Ley Aduanera.
Así las cosas, si el Congreso de la Unión no cuenta con atribuciones para delegar a favor de la Secretaría de Hacienda la facultad reglamentaria, el artículo referido de la Ley Aduanera es inconstitucional.