LUNES Ť 25 Ť JUNIO Ť 2001

Ť Entregarán a diputados proyecto sobre ley orgánica

Buscan regular las actividades de la Procuraduría de Justicia Militar

JESUS ARANDA

Ante la falta de un marco orgánico que regule las actividades de la Procuraduría General de Justicia Militar (PGJM), se plantea la creación de la ley orgánica, en la que por primera vez se delimiten las funciones del procurador, ministerios públicos y agentes, así como la debida observancia al respeto de los derechos humanos de los miembros del Ejército y la integración activa de elementos de la Fuerza Aérea y la Armada de México en la impartición de justicia castrense.

Esta iniciativa de ley está a la espera de ser presentada ante el pleno de la Cámara de Diputados para ser turnada a las comisiones correspondientes, aunque ya fue entregada a autoridades militares para su conocimiento.

El proyecto de ley elaborado por el presidente de la Comisión de Marina de la Cámara de Diputados, César Reyes Roel, propone de entrada, como condición necesaria para actuar con absoluta libertad y autonomía, que el procurador militar deje de depender del secretario de la Defensa Nacional en turno; que sea propuesto por el Presidente y ratificado por el Senado, y que además cuente con un presupuesto propio previamente establecido.

Reyes Roel explicó por su parte en entrevista que no sólo es urgente la modificación de una disposición que data de los años 30 del siglo pasado y que no se ha adecuado a las nuevas circunstancias, sino que se debe avanzar en la autonomía de la justicia militar, ya que actualmente toda la estructura de justicia castrense depende del secretario de la Defensa Nacional en turno.

"Actualmente", indica la exposición de motivos de la iniciativa, en el presupuesto de la Secretaría de la Defensa Nacional está inmerso el de la PGJM, situación que la hace dependiente y subordinada económicamente, lo que puede ocasionar cierta parcialidad en su proceder."

El documento, que ya fue entregado incluso a funcionarios de las secretarías de la Defensa y de Marina para su estudio, establece que en la actualidad no existe un marco orgánico de la PGJM que contenga disposiciones y atribuciones bien delimitadas, "ya que algunas están inmersas equivocadamente en el Código de Justicia Militar".

La iniciativa detalla y hace explícitas cada una de las atribuciones que la Constitución le asigna a la Procuraduría militar, a la vez que pretende establecer su debido acotamiento y delimitación, "lo que contribuye a robustecer su autonomía técnica y a eliminar la posibilidad de contradicción de interés, tomando en consideración su carácter de representante social."

Se pretende establecer el debido cumplimiento del Ministerio Público militar, el de la Policía Judicial militar y de los peritos; además, que el procurador militar comparezca ante cualquiera de las cámaras del Congreso de la Unión cada que sea citado, "para informar cuando se discuta una ley o se estudie un asunto concerniente a las actividades de su Procuraduría".

En materia de protección a los derechos humanos, la iniciativa establece la obligación de la PGJM de atender las visitas, quejas y recomendaciones de la Comisión Nacional de Derechos Humanos; pero también establece la obligación del Ministerio Público militar de "abstenerse en todo momento y bajo cualquier circunstancia de infligir, tolerar o permitir actos de tortura u otros tratos o sanciones crueles, inhumanos o degradantes, aun cuando se trate de una orden superior o se argumenten circunstancias especiales tales como amenaza a la seguridad pública, urgencia de las investigaciones o cualquier otra".

El proyecto señala también que el Ministerio Público actuará de oficio o por queja presentada por cualquier persona o por el servidor público que tenga conocimiento de los hechos. Las quejas anónimas sólo serán tramitadas cuando estén acompañadas por pruebas documentales suficientes.

Como un aspecto inédito, la iniciativa propone que el procurador militar "sea de la categoría de general o almirante". En la historia del país, ningún procurador de justicia militar ha sido marino ni piloto de guerra, además de que la participación de marinos y pilotos en la justicia militar es mínima.