JUEVES Ť 21 Ť JUNIO Ť 2001

Ť Se regularizó una situación que perjudicaba a los ejidatarios, afirma Castro Lozano

Completamente apegado a la ley, el decreto expropiatorio: Presidencia

Ť La industria de radio y tv constituye una actividad de interés público, dice el consejero jurídico

En una carta enviada a este diario, la Presidencia de la República, por medio de su Consejería Jurídica, afirma que el decreto expropiatorio de una superficie del ejido Cuautepec, en la delegación Gustavo A. Madero, a favor de Tv Azteca, "únicamente regularizó una situación que perjudicaba precisamente a los ejidatarios, quienes vieron ocupados sus terrenos desde hace más de 15 años". Cita la Ley Federal de Radio y Televisión y la Ley Federal de Telecomunicaciones para fundamentar que la industria de la radio y la televisión "constituyen una actividad de interés público". Además, asegura que "quienes consideren que existe alguna afectación indebida a sus derechos, disponen de las vías legales expeditas para hacer vales tales derechos".

A continuación se reproduce el texto íntegro:

Sra. Carmen Lira
Directora del periódico La Jornada

Presente

Estimada Carmen:

En relación con la información que ese prestigiado diario ha publicado en los últimos días respecto al Decreto de expropiación de una superficie del Ejido Cuautepec, en la Delegación Gustavo A. Madero, me permito atentamente señalarle lo siguiente:

De conformidad con la Ley Federal de Radio y Televisión, la industria de la radio y la televisión constituyen una actividad de interés público.

La propia Ley Federal de Radio y Televisión señala que esa industria comprende el aprovechamiento de ondas electromagnéticas, mediante la instalación, funcionamiento y operación de estaciones radiodifusoras. Por su parte, la Ley Federal de Telecomunicaciones establece que el espectro radioeléctrico por el que se propagan las ondas electromagnéticas, es una vía general de comunicación, como lo son también las redes de telecomunicaciones y los sistemas de comunicación vía satélite.

cerro_chiquiEn suma, no puede cuestionarse que la transmisión de señales de radio y televisión son un servicio y función públicos y que, además, utilizan una vía general de comunicación. Por ello precisamente requieren de una concesión.

El artículo 93, fracciones I y VII de la Ley Agraria --que sirvieron de fundamento al Decreto-- señala como causas de utilidad pública para poder expropiar bienes ejidales y comunales: a) el establecimiento, explotación o conservación de un servicio o función públicos, y b) la construcción de obras sujetas a la Ley de Vías Generales de Comunicación. En consecuencia, el Decreto se encuentra completamente apegado a la ley.

Cabe señalar que no es excepcional que el Gobierno Federal expropie superficies de ejidos o de particulares cuando son necesarios para la eficiente prestación de servicios públicos. Así, existen decretos expropiatorios para permitir la ampliación de redes de telefonía, de aeropuertos concesionados e incluso a favor de otras televisoras.

En el caso concreto de la reciente expropiación, me permito informarle que las estaciones repetidoras de los canales 7 y 13 fueron construidas hace más de quince años, es decir, cuando esos canales pertenecían al Gobierno Federal. Televisión Azteca obtuvo las concesiones respectivas mediante licitación pública hasta el 1º de agosto de 1993, habiendo encontrado esas estaciones repetidoras construidas y en operación.

Como podrá observarse, el Decreto del Presidente de la República únicamente regularizó una situación que perjudicaba precisamente a los ejidatarios, quienes vieron ocupados sus terrenos desde hace más de quince años. Este Decreto les permitirá recibir la indemnización que por ley les corresponde, a su valor comercial, ya que el propio Decreto prevé el pago mediante el avalúo de la Comisión de Avalúos de Bienes Nacionales.

Igualmente, el citado Decreto es la culminación natural del convenio de reconocimiento de derechos posesorios celebrado por el Ejido de Cuautepec y por Televisión Azteca desde el 20 de febrero de 1996.

Finalmente, quienes a pasar de lo anterior, consideren que existe alguna afectación indebida a sus derechos, disponen de las vías legales expeditas para hacer valer tales derechos.

Recuerdo con afecto nuestro último encuentro y sobre todo la expresión del viejo periodismo inglés, que nos hace aceptar la crítica: "el comentario es libre, pero los hechos son sagrados".

Afectuosamente

Lic. Juan de Dios Castro Lozano

Consejero Jurídico del Ejecutivo Federal