MIERCOLES Ť 20 Ť JUNIO Ť 2001
Ť Deberán escucharlos congresos y autoridades locales
Los ayuntamientos intervendrán en juicios contra ediles: la Corte
Ť Tesis derivadas de la resolución del pasado lunes de restituir en su cargo al alcalde de Nativitas, Tlaxcala
JESUS ARANDA
La Suprema Corte de Justicia de la Nación estableció la obligación de los congresos y autoridades locales de escuchar a los ayuntamientos en los procedimientos de responsabilidad que se sigan a un determinado presidente municipal.
Al aprobar las tesis derivadas de su resolución del pasado lunes, en la que determinó la restitución en sus funciones del presidente municipal de Nativitas, Tlaxcala, Alfredo Vázquez Jiménez, quien había sido retirado del cargo por el Congreso de esa entidad por presuntas irregularidades en el manejo de fondos municipales, la Corte aprobó cuatro tesis de jurisprudencia que garantizan la intervención del ayuntamiento cuando al edil se le sigue un procedimiento legal por parte del Congreso local.
Por mayoría de 10 votos contra uno, los ministros consideraron que de acuerdo con la Constitución, la prerrogativa principal de los ayuntamientos es "la salvaguarda de su integración", ya que se conformaron precisamente como resultado de un proceso de elección popular directa, "por el que la comunidad municipal otorga un mandato político a determinado plazo, el cual por disposición fundamental debe ser respetado, excepto en casos extraordinarios previstos por la legislación local".
Sobre el particular, la Corte dejó también en claro que los ayuntamientos no podrán intervenir en los procedimientos de responsabilidad que se le sigan a un presidente municipal, "cuando la conducta que se le atribuya no se encuentre íntimamente relacionada con su función pública".
Al resolver la controversia constitucional 9/2000, la Suprema Corte fijó como plazo este miércoles para que el Congreso de Tlaxcala le informe sobre el cumplimiento de la sentencia referida, es decir, que Vázquez Jiménez sea restituido como presidente municipal de Nativitas.
Además, el máximo tribunal declaró la invalidez de los decretos 45 y 47 del Legislativo local, que fincaban la procedencia del juicio de responsabilidad y la destitución del edil, respectivamente.
El 16 de julio de 1999, funcionarios del municipio de Nativitas denunciaron ante el Congreso tlaxcalteca que Vázquez Jiménez había hecho mal uso de los recursos públicos del ayuntamiento. Posteriormente, la Contaduría Mayor de Hacienda del Congreso local determinó que hubo un manejo inadecuado de recursos municipales, por lo que los legisladores determinaron iniciar el procedimiento de responsabilidad en contra del edil.
En diciembre de ese año, se presentó ante el pleno del Congreso el dictamen que le imputaba a Vázquez Jiménez la presunta violación del artículo 22 de la Ley de Responsabilidades, Sanciones y Estímulos del estado de Tlaxcala.
Sin embargo, durante todo el procedimiento legal, el Congreso nunca solicitó al ayuntamiento de Nativitas su participación en el juicio de responsabilidad.