Ť El rector de la máxima casa de estudios y el director del CCH podrían ser retirados de sus cargos
La SCJN revisaría un caso de fraude electoral
en la UNAM
Ť Denuncian anomalías en las elecciones para consejeros
técnicos del Colegio de Ciencias y Humanidades
GUSTAVO CASTILLO GARCIA
Esta es la historia de un fraude electoral en la UNAM que ya se ventila en los tribunales de carácter administrativo y que podría llegar hasta la Suprema Corte de Justicia de la Nación, aun cuando primeramente un juez de distrito pretendió que el Instituto Federal Electoral (IFE) y el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) resolvieran el asunto.
El 14 de febrero de este año, el cuarto tribunal colegiado en materia administrativa determinó que las autoridades de la UNAM deben dar trámite a la solicitud de anulación de las elecciones para consejeros técnicos representantes de los profesores de la Escuela Nacional del Colegio de Ciencias y Humanidades (CCH), que se realizaron en 1998. En caso de no ser así, en las próximas horas el caso será turnado a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).
Esto podría llevar a que el máximo tribunal del país ordenara que se dé cumplimiento al artículo 105 de la Ley de Amparo, con lo cual se abre la posibilidad de que se ordene la separación del cargo y consignación ante un juez federal en materia penal de José de Jesús Bazán Levy, director del CCH, y del rector de la UNAM, Juan Ramón de la Fuente.
El cuarto tribunal consideró que quienes validaron esos comicios lo hicieron en contravención a la legislación de la UNAM en materia electoral, al no reconocer el número de votos obtenidos en la jornada celebrada el 8 de octubre de 1998 por una de las fórmulas, que participó con el nombre de Unidad Democrática Universitaria.
Problemas del carro completo
Juan de Dios Hernández Monge, uno de los promotores del amparo 223/99, aseguró que este proceso jurídico de amparo constituye "la historia de un fraude electoral con la intención de tener carro completo para las decisiones universitarias, pues las autoridades habían perdido sólo en el caso de una de las fórmulas que participaban en las elecciones de 1998, y a través de un doble recuento de la votación hicieron que quien había ganado por tres votos perdiera por dos".
El 9 de octubre de 1998 "nos enteramos que las Comisiones Especiales de Escrutinio y de Vigilancia, mediante las actas previas de resultados totales, habían dado el triunfo a los candidatos oficiales de todas las fórmulas, excepto dos del Consejo Técnico. En el plantel, en el CCH Oriente había empate, y por área, la Histórico-Social la habíamos ganado", explicó.
Recordó que "el día 13 de octubre de ese año, la Comisión de Legislación y Elecciones del Consejo Técnico del CCH tenía que dictaminar sobre la legalidad o ilegalidad del proceso electoral respectivo, y en lugar de llevar a cabo su función, se convirtió en una nueva instancia de escrutinio (aun cuando no tiene facultades para ello), e hizo un nuevo recuento de votos, pero sólo de aquellas fórmulas en las que no ganó".
El profesor del CCH Azcapotzalco asegura que las autoridades universitarias encargadas de calificar los comicios "se dieron a la tarea de llenar boletas sobrantes del proceso hasta lograr que quienes ganamos por tres sufragios, perdiéramos por dos, aun cuando quedó demostrado ante el juzgado que en realidad votaron más personas de las que estaban empadronadas".
Los afectados por el fraude electoral presentaron "una solicitud de anulación de las elecciones para consejeros técnicos representantes de los profesores de la Escuela Nacional del CCH, la cual fue desechada por Rodolfo Luis Moreno González, quien estaba como presidente de la Comisión de Legislación y Elecciones, pero asumió las funciones del pleno del Consejo Técnico, y sin haber convocado siquiera a dicha comisión decidió unilateralmente declarar la improcedencia del recurso".
"Ante esa actitud dolosa decidimos interponer un conjunto de juicios de amparo el 17 de noviembre de 1998. Sin embargo, los jueces federales en materia administrativa que conocieron de ellos acordaron rechazar la demanda, por existir, presuntamente, causa notoria de improcedencia.
"Las estimaciones de los impartidores de justicia resultaron una aberración jurídica. Pretendieron equiparar el proceso electoral para designar órganos colegiados de gobierno de la UNAM, con uno que se encamina a la organización de los poderes públicos, como lo son las cámaras legislativas, la Presidencia de la República o las presidencias municipales, instándonos a recurrir al IFE o al tribunal electoral, para que se diera trámite a nuestra solicitud de anulación de elecciones", indicó Juan de Dios Hernández.
Inconformes con esas decisiones judiciales, informó, el 15 de diciembre de 1998 se acudió a solicitar la revisión de amparo ante los tribunales colegiados de circuito, logrando, el 3 de marzo de 1999, que el cuarto tribunal colegiado le ordenara al juzgado sexto de distrito en materia administrativa que admitiera la demanda de amparo.
Denegada, la protección de la justicia
Pero no fue suficiente: el 16 de marzo del año 2000, el juzgado sexto de distrito resolvió sobreseer el juicio de amparo, es decir, negó la protección de la justicia federal para los quejosos. Esto canceló la posibilidad de que se atendiera el pedido de anulación de los comicios. Los quejosos habían decidido interponer un amparo desde noviembre de 1998.
La UNAM integró sus órganos de gobierno. Sin embargo las mismas determinaciones jurídicas de los órganos jurisdiccionales (juzgados y tribunales), sentaron jurisprudencia que determina que la máxima casa de estudios sí es una autoridad para efectos del juicio de amparo en cuanto a los actos de autoridad que realicen sus responsables.
Como los solicitantes del amparo estimaron que la nueva sentencia estaba "plagada de inconsistencias", interpusieron un recurso de revisión y el 14 de febrero el cuarto tribunal colegiado dictó una nueva resolución, esta vez como última instancia judicial.
Determinó que el Consejo Técnico del CCH y el Consejo Universitario, que presiden Bazán Levy y Juan Ramón de la Fuente, deben dar trámite a la solicitud de anulación de las elecciones para consejeros técnicos representantes de los profesores de la Escuela Nacional del CCH.
Para ello puso como plazo 72 horas, el cual venció el pasado viernes sin que ninguno de los órganos de la UNAM hubiera sesionado, pues ni siquiera fueron convocados, con lo cual se tiene por incumplida una sentencia de amparo.
Por ello, este lunes el juez sexto de distrito en materia administrativa, Marco Antonio Bello Sánchez, podría turnar el expediente a la SCJN para "efecto del artículo 105 de la Ley de Amparo".