MARTES Ť 5 Ť JUNIO Ť 2001
Ť San Nicolás de los Garza ganó controversia
SCJN: los municipios podrán exigir información sobre recursos federales
La Suprema Corte resolvió que los municipios tienen derecho a conocer la forma en que los gobiernos estatales les entregan las participaciones federales a que tienen derecho y, por tanto, a exigir la información necesaria respecto a la distribución de los recursos.
El máximo tribunal determinó también que los recursos que reciban los municipios del Fondo General de Participaciones "nunca serán inferiores a 20 por ciento de las cantidades que correspondan a cada estado".
Esto, tomando como base la Ley de Coordinación Fiscal, que establece que dicho fondo se integrará con 20 por ciento de la recaudación federal participable que obtenga la Federación en un ejercicio, y que será la que reciba por todos sus impuestos, así como por los derechos de extracción de petróleo y de minería, disminuidos con el total de las devoluciones por los mismos conceptos.
Al darle la razón ayer al municipio de San Nicolás de los Garza en la controversia constitucional que interpuso en contra del estado de Nuevo León, la Corte aprobó además la tesis jurisprudencial 82/2001, que precisa que los gobiernos de los estados tienen la obligación de dar a conocer a cada municipio la forma en que se establece la distribución de las participaciones federales que reciben, a través de un informe detallado que contenga datos contables, demográficos y de ingresos.
Es decir, debe darse una explicación suficiente que transparente el manejo de dichos recursos.
Así las cosas, el derecho de los municipios a recibir participaciones federales implica también que tengan conocimiento cierto de la forma en que se les cubren dichas aportaciones.
"Los municipios tienen el derecho constitucional de recibir parte de los fondos federales y de exigir ante la autoridad estatal la información necesaria respecto de su distribución", determinó el máximo tribunal del país.
La tesis jurisprudencial tuvo como base el fallo de la controversia constitucional 18/97, promovida por el municipio de San Nicolás de los Garza, Nuevo León, en contra del gobernador, del secretario de Finanzas, del tesorero general y del subsecretario de Egresos de esa entidad.
El municipio neoleonés consideró en su queja que las autoridades estatales violaron el artículo 115 constitucional, porque en junio de 1997 recibió del gobierno de Nuevo León un cheque por 5 millones 575 mil 665 pesos, correspondiente a las participaciones federales y estatales correspondientes a mayo de ese año, pero sin precisar la forma y procedimientos mediante los cuales fueron determinadas esas cantidades.
Por unanimidad, el pleno de la Corte declaró la invalidez constitucional de los oficios suscritos por los funcionarios estatales, mediante los cuales se hizo entrega al municipio de San Nicolás de los Garza de la cantidad citada.