MIERCOLES Ť 30 Ť MAYO Ť 2001

Ť Se niegan a impulsar cambios legislativos, expresa

Violan gobernadores garantías de víctimas de delitos: Luna Malvido

GUSTAVO CASTILLO GARCIA

La mayoría de los gobernadores del país violan los derechos humanos de las víctimas de la delincuencia, porque no han impulsado cambios legislativos en las constituciones locales para la reparación del daño de los afectados por actos ilícitos, afirmó María de la Luz Lima Malvido, subprocuradora de Coordinación General y Desarrollo de la PGR.

En entrevista, la funcionaria precisó que solamente en Nuevo León se ha reformado la legislación local para adecuarla al artículo 20 de la Constitución General de la República, que obliga a todos los gobernadores a proporcionar a las víctimas toda la atención médica y sicológica que requieran, ya sea a través de una autoridad determinada o mediante convenios de colaboración que aseguren la atención de quienes sufren un delito.

''Todavía muchos gobernadores violan los derechos humanos de las víctimas, porque no se han dado a la tarea las legislaturas locales y los mandatarios de hacer lo propio para que estas garantías se cumplan''. Lima Malvido hizo un llamado para que este 2001 ''sea el año de las víctimas del delito'', de la reparación adecuada y de la atención sicológica. Además, recordó que la ley prevé que no se debe carear a menores de edad cuando hayan sufrido violación y secuestro.

Debe haber cambios en códigos penales, procesales, en la legislación orgánica de las procuradurías locales y proveer los recursos financieros necesarios para que se cumplan las garantías referidas, dijo.

Explicó que las víctimas quedan en indefensión cuando desde el momento que se inicia la averiguación previa, el agente del Ministerio Público no le explica a las víctimas los derechos que establece la Constitución, como son que se le informe sobre las diligencias, el alcance que tiene cada una de las actuaciones que hay en el proceso, el alcance del procedimiento, promover ante el Estado su derecho a tener apoyo sicológico, médico y conocer los mecanismos ágiles para la reparación del daño.

En un momento dado, comentó, una víctima que no sea favorecida con la reparación del daño puede ampararse contra la resolución, precisamente porque se trata de una garantía constitucional. Sin embargo, reconoció que la ley no prevé la creación de fondos especiales para la reparación de daños a víctimas, como tampoco la forma de hacer efectivas las multas. Aclaró que no sólo es responsabilidad del Estado el buscar la posible reparación del daño, sino también se puede recurrir a organizaciones sociales o particulares.