MIERCOLES Ť 2 Ť MAYO Ť 2001

Ť Lo entregó al Ejecutivo y a los grupos partidistas del Congreso de la Unión

Emitió la Corte proyecto de nueva ley de amparo

Ť Incluye cambios a los artículos 103 y 107 constitucionales para agilizar procesos: Román

VICTOR BALLINAS

La Suprema Corte dio un paso inédito en su historia al enviar al Ejecutivo y a los grupos de los partidos en el Congreso de la Unión su proyecto de nueva ley de amparo, con la que pretende agilizar los procesos judiciales, así como lograr que las leyes consideradas anticonstitucionales dejen de aplicarse en forma general y que no sean favorecidos sólo los solicitantes del amparo respectivo.

La entrega de la iniciativa constituye un caso "excepcionalísimo" que incluye modificaciones a los artículos 103 y 107 constitucionales, informó el ministro de la Suprema Corte, Humberto Román Palacios.

El hecho de entregar el proyecto al Ejecutivo ?dijo? "implicaría un cariz político" en el que el máximo tribunal evitó incurrir. Sin embargo, la iniciativa está a la espera de que el Presidente o algún grupo parlamentario la haga suya, para que entre formalmente al Congreso y sea discutida y aprobada cuando el Legislativo lo considere pertinente.

Después de año y medio de discusiones sobre la manera de conformar la nueva legislación, el pleno plantea en su iniciativa reformas fundamentales al juicio de amparo ?creado en 1840?, con el propósito de que esta norma procesal "dé respuesta a las necesidades de una sociedad cada vez más plural y participativa, y es el medio más eficaz para combatir la arbitrariedad", señaló por su parte el pleno de ministros en un documento abierto a la comunidad jurídica nacional.

Llamado a los legisladores

En este mismo escrito, el pleno hace también un llamado a los legisladores sobre la importancia de modificar la ley de amparo, en razón de que, "de no ser así, se corre el riesgo de que los derechos fundamentales del individuo no puedan ser eficazmente protegidos por el orden constitucional"; por ello también se plantean reformas a la Carta Magna, las cuales precisan que los tribunales federales deberán velar por el respeto a las garantías individuales que protegen los instrumentos internacionales en la materia y que estén de acuerdo con la Constitución.

Además, se propone resolver, de una vez por todas, el problema de la inejecución de las sentencias al agilizarse la forma en que se podrá consignar penalmente al funcionario que no acate una resolución judicial, el cumplimiento sustituto de las sentencias y la posibilidad real de que la ciudadanía solicite el amparo de la justicia federal en contra de actos arbitrarios de la autoridad ?incluidos organismos descentralizados.

En conferencia de prensa, el ministro Humberto Román Palacios, quien tuvo a su cargo la coordinación general de la comisión de análisis de propuestas para una nueva ley de amparo, informó que se envió dicha propuesta a 28 personas en total, entre ellas al jurista Juan de Dios Castro Lozano, consejero jurídico del Ejecutivo; a los presidentes de las mesas directivas de las cámaras de Diputados y Senadores; a los coordinadores de los grupos parlamentarios en ambos recintos legislativos y a los presidentes de los partidos políticos nacionales.

En la presentación del documento se resalta que el proyecto de esta nueva ley "responde a las expectativas de nuestra sociedad, ya que garantiza un sistema de justicia moderno, capaz de asegurar a los ciudadanos una pronta, imparcial y completa impartición de justicia". De esa forma, se agrega en la introducción de dicho proyecto, la Ley de Amparo seguirá siendo el marco jurídico que asegure la eficacia del juicio de amparo, piedra angular para la defensa de la Constitución.

Se precisa que este proyecto es resultado de la consulta efectuada por el Poder Judicial, en la cual participaron académicos, especialistas, investigadores, colegios de abogados y diversos sectores de la sociedad, y los temas más recurrentes fueron: "la necesidad de establecer los efectos generales en amparo contra leyes, actualizar el concepto de autoridad responsable, redefinir el principio de interés jurídico, eliminar el de estricto derecho, establecer los mecanismos que hicieran más accesible el juicio de amparo y sanciones para inhibir el abuso, limitar la procedencia del juicio de amparo, quitar el carácter de parte al Ministerio Público Federal y otorgar la calidad de tercero perjudicado al ofendido en materia penal.

Este proyecto de ley se integra por 270 artículos, cinco títulos, 29 capítulos y 14 secciones. "No es una simple reforma a la ley vigente, sino un documento jurídico que recoge nuevas instituciones acordes al momento histórico que vive el país".

Se precisa que el juicio de amparo procede por violaciones de garantías, ya sean individuales o sociales, así como por violaciones a los derechos humanos establecidos en los instrumentos internacionales que estén de acuerdo con la Constitución.

También se incorpora la institución jurídica conocida como interés legítimo, mismo que abre enormes oportunidades de control de actos de la administración pública.