SABADO Ť 28 Ť ABRIL Ť 2001

Adelfo Regino Montes

Negación constitucional

La historia de negación constitucional de las reivindicaciones y derechos fundamentales de los pueblos indígenas tiene profundas raíces en nuestro país. Esto ocurrió en 1824, al momento de expedirse la primera constitución mexicana, que daría origen al actual Estado mexicano, en la que incluso se nos dio el trato de extranjeros. Con la constitución de 1857 se dio inicio a una campaña agresiva de desamortización de los bienes comunales de nuestros pueblos, cuestión que vino a agravar las condiciones de pobreza, marginación y explotación en la que desde hace siglos vivían nuestros ancestros. En 1917, después de una dolorosa revolución, se promulgaría una constitución que, aunque garantizaba la protección de las tierras indígenas, en el fondo daría pie a una política institucional etnocida.

Hoy, el Senado de la República ha emitido un dictamen de reformas constitucionales en materia de derechos indígenas que, de ser aprobado por la Cámara de Diputados, nulifica las reivindicaciones fundamentales de nuestros pueblos y será prácticamente ineficaz en el terreno de los hechos. La lógica es muy clara, se trata de reconocer derechos para que todo siga absolutamente igual. Lo anterior es especialmente preocupante en lo que se refiere al derecho a la libre determinación y autonomía. En efecto, en el artículo segundo, inciso a, del referido dictamen se "reconoce y garantiza el derecho de los pueblos y las comunidades a la libre determinación y, en consecuencia, a la autonomía...", pero no se establecen los mecanismos y las formas que lo hagan posible y eficaz en el terreno de los hechos.

Por esta razón, los legisladores del Senado de la República eliminaron en forma tajante la fracción IX del artículo 115, de la propuesta de la Comisión de Concordia y Pacificación (Cocopa), en el que se establece el respeto al "ejercicio de la libre determinación de los pueblos indígenas en cada uno de los ámbitos y niveles en que hagan valer su autonomía, pudiendo abarcar uno o más pueblos indios, de acuerdo con las circunstancias particulares y específicas de cada entidad federativa". En este sentido, hemos dicho en diversas ocasiones que la libre determinación y la autonomía son procesos en que los propios pueblos deben definir sus ámbitos (político, jurídico, económico, cultural y social) y niveles (comunitario, municipal, regional), para hacerlo posible. Desafortunadamente, este derecho esta totalmente anulado en el dictamen aprobado por el Senado de la República.

De igual modo, esta Cámara hace caso omiso del párrafo segundo de la propuesta de la Cocopa, que a letra establece: "Las comunidades indígenas como entidades de derecho público y los municipios que reconozcan su pertenencia a un pueblo indígena, tendrán la facultad de asociarse libremente a fin de coordinar sus acciones." Contrario a lo anterior, el Senado de la República sólo ha establecido que sea en las legislaciones estatales donde se establezcan las características de libre determinación y autonomía, así como las normas para el reconocimiento de las comunidades indígenas como entidades de interés público. Con lo anterior, se corta de tajo la posibilidad de que sea en la propia Carta Magna donde queden expresados los criterios, mecanismos y formas que hagan posible y eficaz la autonomía en el terreno de la vida práctica y cotidiana.

Con la ausencia de mecanismos constitucionales que hagan posible la libre determinación y la autonomía, los derechos indígenas estarán quedando prácticamente mutilados. Con el desconocimiento constitucional de la comunidad y del municipio indígena, así como de las posibilidades de asociación de los mismos -tal como lo plantea la iniciativa de la Cocopa-, la reconstitución y el desarrollo de los pueblos indios seguirá estando sólo en los discursos, pero no en el terreno de la construcción práctica. Con la anulación de los derechos territoriales de nuestros pueblos, las posibilidades de crecimiento con identidad y sustentabilidad seguirán estando lejanas, como lejana esta la paz ahora. Y si esto es así, entonces la ansiada reforma constitucional sobre derechos indígenas está siendo cancelada como en otros tiempos. En consecuencia, no hay ninguna reforma que beneficie a los pueblos indígenas, sólo hay un conjunto de declaraciones acotadas que no tendrán ningún impacto positivo en la vida de nuestros pueblos. Y esta verdad nuestra lo tiene que saber la sociedad civil. Por eso pedimos a la Cámara de Diputados una actitud responsable, a fin de retomar en forma seria la iniciativa de ley de la Cocopa. Ellos, como sus antecesores, tendrán que rendir cuentas a la historia.