VIERNES Ť 20 Ť ABRIL Ť 2001

Ť El problema, complejo; le pega también a independientes y a trabajadores, opina

Eliminar la cláusula de exclusión, sentencia de muerte del sindicalismo corporativo: De Buen

Ť El jurista laboral y académico prevé la creación de sindicatos entregados a la patronal

ELIZABETH VELASCO C.

La inconstitucionalidad de la cláusula de exclusión es la "sentencia de muerte" del Congreso del Trabajo (CT), de la Confederación de Trabajadores de México (CTM) y de todo el sindicalismo corporativo, que empezará a derrumbarse notablemente, y alienta a los empresarios a crear "sindicatos totalmente ficticios", afirmó Néstor de Buen, jurista laboral y académico de la UNAM.

El autor de la iniciativa de reforma laboral del PAN, en la que propone eliminar la cláusula de exclusión, advirtió que aun cuando no desaparezcan los sindicatos, estos comenzarán a desintegrarse, "pues la gente dice: 'con el miserable salario que tengo y que me descuenten una cuota para un sindicato que no me defiende, šque se la descuenten a su abuela! Yo me doy de baja'".

También prevé la creación de sindicatos "entregados" al patrón en perjuicio de las organizaciones independientes, aunque esto es más improbable porque los trabajadores de esos sindicatos saben que los están defendiendo. Pero es una forma de acabar con ese tipo de sindicalismo.

En entrevista, De Buen afirmó que a unos días del primero de mayo ese dictamen de la SCJN se podría interpretar "como un mensaje, y en ese sentido parecería que hay línea", pero sostiene que el magistrado autor del proyecto, Mariano Azuela, es "extraordinario" jurisconsulto --aunque es fiscalista, no laboralista-- "honrado y competente e incapaz de recibir una consigna", así como Vicente Aguinaco y los otros tres ministros que dictaminaron la ilegalidad de la cláusula.

Tras señalar que difiere en términos técnico-jurídicos con el dictamen, advierte: "sin estar de acuerdo con la Corte --creo que no tiene razón en su resolución-- estoy totalmente satisfecho de que se haya producido este acontecimiento, porque el famoso movimiento obrero (léase CTM, CT y todo el sistema corporativo) se derrumbará de manera notable", porque perderá la cohesión que le permitía invocar a millones de afiliados.

Por ello, "va a sufrir muchísimo", a menos que sus sindicatos se transformen en verdaderamente "representativos, con ganas de conseguir mejores condiciones de trabajo". Asegura que eso no está en la vocación del CT y sus organizaciones, ni en su naturaleza. Por ello, el dictamen es "la sentencia de muerte de ese movimiento obrero, que ha sido totalmente perjudicial para los trabajadores".

Sostuvo que este dictamen dará al empresariado "un campo de acción impresionante y negativo para los trabajadores", ya que promueve la creación de "sindicatos entregados al empresario".

Explica: "En un país con salarios tan miserables, por razón natural, con cualquier cosa que les ofrezcan a los trabajadores se dejarán llevar por organismos empresariales que crearán sindicatos totalmente ficticios", sobre los que puedan "asumir el control y tener contratos colectivos que sean de risa. El problema es verdaderamente complejo: le pega al corporativismo, a sindicatos independientes y a trabajadores".

Precisa que el dictamen es "irrevocable" y, aunque las centrales obreras interpongan un recurso de inconformidad, "es la última palabra, y ahí se acabó", pero aclara que aún no sienta jurisprudencia --para ello se requieren cinco dictámenes similares, y sólo azucareros y huleros se han amparado contra esa cláusula-- por lo cual sus efectos son "relativos". Es decir, a quien no pida el amparo contra la aplicación de la cláusula le seguirá afectando la ley correspondiente, pues ésta "no se toca, sigue vigente" para el resto.

Dijo que es "absurdo" que la ley siga vigente cuando se ha declarado inconstitucional, pero que es así por la "famosa cláusula Otero, que establece el valor relativo de las sentencias de amparo". Comentó que con el dictamen de la SCJN y otros que ha emitido en materia laboral, se empieza a romper el esquema de la legislación laboral.