MARTES Ť 10 Ť ABRIL Ť 2001

Ť Satisface a Presidencia que el fallo de la Corte destrabe el caso Yucatán

Descarta Cervera un nuevo desacato; la fecha de comicios, inamovible: Creel

Ť Confirma Gobernación que sí procede la candidatura del priísta Orlando Paredes

LUIS A. BOFFIL GOMEZ Y REDACCION

Una vez que el gobernador, Congreso local y Consejo Electoral de Yucatán fueron notificados del fallo de la Suprema Corte, que anuló al superconsejo y legitimó al consejero "insaculado" por el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), se sentaron las bases para que el órgano legalmente constituido entre en funciones a la brevedad posible.

En este contexto, el gobernador yucateco Víctor Cervera, el secretario de Gobernación Santiago Creel, y los consejeros electorales de esa entidad concidieron en que hay condiciones para que los comicios se realicen el 27 de mayo en esa entidad.

Por su parte, la Presidencia de la República consideró que el fallo de la Suprema Corte "es el paso que permite destrabar el conflicto que se había enfrentado en esa entidad", y permite un acercamiento a la realización de los comicios en el tiempo previsto. Para el gobierno federal, agregó, este resolutivo procede de un poder independiente que, de esa misma manera, analizó los elementos existentes para dictar su fallo.

Reiteró también la convicción presidencial de que los problemas de este tipo deben ser resueltos por la vía del diálogo, con apego a la ley y con respeto a sus propios tiempos.

Aunque el siempre polémico gobernador de Yucatán, Víctor Cervera Pacheco, declaró que "amerita estudiar la resolución de la Corte, porque tiene más ingredientes políticos que jurídicos"; no obstante descartó que ocurra un desacato a la decisión del máximo tribunal, porque los yucatecos tendrán comicios en la fecha programada.

Por su parte, el secretario de Gobernación, Santiago Creel, aseguró que en Yucatán "prosperó la razón y el estado de derecho", y que con ello hay una nueva forma de conducción política del país que será "con la ley en la mano y, por tanto, no se van a regresar a viejas formas de hacer política".

Creel comentó que ya entró en contacto con todos los actores políticos yucatecos, incluido el gobernador Víctor Cervera Pacheco, de quien dijo espera una actitud de pleno acatamiento del fallo, al tiempo que reiteró que para el gobierno federal la fecha de los comicios es inamovible.

Recordó que recientemente PRI, PAN y PRD firmaron una acuerdo político sobre el cumplimiento del fallo del máximo tribunal, mismo que ya se ratificó verbalmente por los tres partidos; además, precisó que la candidatura del príista Orlando Paredes es procedente -aunque no se registró ante el consejo "insaculado"- porque el acuerdo referido precisaba que los trámites realizados por cualquiera de los dos consejos electorales serían acumulables.

Creel reiteró que en México se acabaron las componendas y las prácticas de negociaciones ocultas a la ciudadanía. Hoy en el país la última palabra en materia electoral la tiene el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, por lo que en los subsecuentes procesos electorales los partidos ya sabrán a qué atenerse.

Al respecto, en el fallo de la Suprema Corte, que de manera inédita se publicó en el Diario Oficial de la Federación el día de ayer, se precisa entre otras cuestiones el hecho de que "federalismo y supremacía constitucional se complementan, de tal manera que no podría hablarse de un federalismo que se encontrara al margen, menos en pugna, con la Constitución. Asimismo, se indica que no existe facultad constitucional alguna para que algún Congreso local solicite por sí la nulidad de una resolución del Tribunal Electoral.

Por la mañana se reunieron en Mérida, en la sede del Instituto Electoral del Estado (IEE), el presidente del consejo avalado por el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, Ariel Avilés Marín se presentó desde la mañana y comenzó una reunión no oficial con los 14 integrantes del superconsejo, creado a raíz de la aprobación del decreto 412, apoyado por la mayoría priísta del Poder Legislativo en respaldo del gobernador Cervera Pacheco.

Diego Fernández, en contra de que se enjuicie políticamente a Cervera

Contrario a la postura de una buena parte de los legisladores del PAN, el coordinador de la fracción panista en el Senado, Diego Fernández de Cevallos expresó su desacuerdo en que se inicie proceso de juicio político al gobernador de Yucatán, Víctor Cervera Pacheco.

"Creo que es momento de mirar hacia delante, de tener buena disposición y de no hacer revisiones del pasado que nos van a confrontar, más que unir. De tal manera que los saldos están ahí, para que los juzguen todos . Pero, lo más importante es que la Corte ya resolvió y estamos en condiciones de llevar un magnífico proceso electoral en Yucatán", agregó Fernández de Cevallos.


Tesis jurídicas aprobadas por la Suprema Corte de Justicia de la Nación

Ť Los congresos locales carecen de facultades para declarar por sí y ante sí la nulidad de resoluciones dictadas por la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).

Ť El decreto 412 del Congreso de Yucatán, que reformó los artículos 85, fracción primera, y 86 fracciones tres y cuarta, es violatorio del artículo 116, fracción cuarta, inciso B de la Constitución Política del país.

Ť Para la designación de los consejeros electorales del estado de Yucatán para un proceso electoral específico, mediante el decreto de reformas a un código electoral, se requiere la misma votación que para la que se verifica en términos de ley; es decir, cuatro quintas partes de la totalidad de los diputados presentes en la sesión del Congreso.

Ť Para determinar jurídicamente el inicio del proceso electoral debe atenerse a la fecha que establezca la legislación electoral anterior a la reforma, y no a aquella cuya constitucionalidad se controvierte o a situaciones fácticas.

Ť La acción de inconstitucionalidad promovida por un partido político no está sujeta a cumplir con los requisitos de fundamentación y motivación prevista por el artículo 16 constitucional

Cuando se planteen en la acción de inconstitucionalidad conceptos de falta de oportunidad en la expedición de la norma impugnada y violaciones de fondo, deben privilegiarse el análisis de éstos.

Ť En las constituciones y leyes de los estados debe garantizarse, entre otros, el principio de certeza en el desempeño de la función electoral a cargo de las autoridades correspondientes