JUEVES Ť 15 Ť FEBRERO Ť 2001
Ť Viola la Constitución, afirman los opositores
Ediles y organismos presentarán amparo contra el festival Tajín 2001
Ť Argumentan que es un atentado para los pobladores totonacas, auténticos custodios
ANDFRES T. MORALES CORRESPONSAL
Papantla, Ver., 14 de febrero. Alcaldes y agentes municipales del Totonacapan, la Alianza Ciudadana Papanteca, así como las delegaciones sindicales de trabajadores e investigadores del Instituto Nacional de Antropología e Historia (INAH) en Veracruz, interpondrán un recurso de amparo este jueves contra la autorización otorgada a la administración estatal que encabeza el gobernador Miguel Alemán Velasco para efectuar el festival Cumbre Tajín 2001. Los inconformes consideran que el evento contraviene los preceptos constitucionales que rigen el patrimonio histórico de la nación y propicia la comercialización indebida de la zona arqueológica.
Fernando Miranda Flores, representante sindical de investigadores y académicos del INAH en Veracruz, señaló que también se buscarán cauces legales para frenar la propuesta de Alemán Velasco de convocar a un referéndum, para despojar al instituto de la custodia de El Tajín y otorgárselo al Instituto Veracruzano de la Cultura (IVEC), lo que a decir de Miranda Flores, sería "una aberración con meros fines mercantilistas".
En un documento que se presentará ante el Juzgado Sexto de Distrito con sede en Tuxpan, se solicitará el amparo de la justicia federal y la suspensión del permiso a las dos etapas del festival, a celebrarse del 17 al 21 de marzo próximo, que concedieron el Consejo de Arqueología y el INAH.
También signa el texto el investigador Felipe Echenique March, quien el año pasado presentó a título personal una petición de amparo contra la primera versión del evento, llamada Tajín 2000-Primavera del Milenio.
Según los opositores a la Cumbre Tajín 2001, ésta atentaría contra la voluntad y tradiciones de los pobladores totonacas, custodios originales de El Tajín, además que violentaría los artículos 3, 5, 14, 16, 27, 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, por vulnerar las garantías de seguridad jurídica, libre tránsito, derechos a la organización, petición pública y los bienes patrimoniales de la nación.
Igualmente, sostienen que se atropella lo dispuesto en la Ley General de Bienes Nacionales, el Código Civil, la Ley Federal Sobre Monumentos y Zonas Arqueológicas, Artísticas e Históricas, la Ley Orgánica del INAH, un decreto de 1902 sobre Clasificación y Régimen de Bienes Inmuebles propiedad de la Federación y diversas jurisprudencias expedidas por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) sobre controversias entre la Federación y los estados en relación a sitios arqueológicos e históricos.
En la legislación vigente del país, se estipula que las zonas arqueológicas son bienes nacionales propiedad del dominio público y uso común, cuya finalidad será el fomento educativo y el conocimiento del pasado de los mexicanos. Se acota que por ningún motivo podrán ser sometidas al lucro, comercialización, o ser objeto de apropiación particular.
En el caso de El Tajín y el proyecto de la administración de Alemán Velasco para realizar el festival musical, se exige suspender los permisos concedidos "porque se ha actuado contra el interés público y la preservación de la zona arqueológica, al desalentar su respeto y convertirlo en una escenografía millonaria y un motel de lujo, que sólo pueden comercializar y aprovechar un reducido grupo de millonarios".