VIERNES Ť 26 Ť ENERO Ť 2001

Ť Posee base jurídica la determinación, reconoce el funcionario

La Procuraduría analizará si presenta apelación, adelanta Bernardo Bátiz

ANGEL BOLAÑOS SANCHEZ

El procurador general de Justicia del Distrito Federal, Bernardo Bátiz Vázquez, informó anoche que se analizará la sentencia que dictó el juez 55 de lo penal a los acusados por el homicidio de Francisco Stanley, a fin de resolver sobre el recurso de apelación contra el fallo.

El funcionario dejó en claro que la dependencia respeta "en forma irrestricta" la autonomía del Poder Judicial del Distrito Federal. La "misión de la Procuraduría es perseguir e investigar los delitos, consignar cuando estime que de los elementos de prueba con los que cuenta se advierte responsabilidad probable", y a "los jueces corresponde determinar si esta probable responsabilidad deriva en responsabilidad plena o, como es el caso, en absolución", explicó.

Bátiz Vázquez ofreció una conferencia de prensa en la que no se admitieron preguntas de los reporteros; se limitó a leer un comunicado de prensa, acompañado por los subprocuradores de Procesos, Víctor Antonio Carrancá Bourget; Jurídico y de Derechos Humanos, Renato Sales Heredia, y del titular de la Fiscalía de Procesos Oriente, José Guadalupe Jiménez Núñez.

El procurador destacó las condiciones en que el juez resolvió dejar en libertad a Mario Rodríguez Bezares: "el juez determinó absolver con base en el principio in dubio pro reo, que significa que ante elementos de prueba contradictorios, debe resolverse a favor del sentenciado". Indicó que el juez no llegó a tener la convicción plena para condenar, lo que no implica que el proceso fue injustificado o que existiera actuación indebida por parte del juzgador, pues "existen diferencias claras y precisas entre los requisitos para dictar un auto de formal prisión, que precisamente da inicio a un proceso", lo que correspondió en este caso al juez Rafael Guerra Alvarez antes de ser cambiado a otro juzgado, y dictar sentencia correspondió al juez Santa Ana Solano.

La dependencia cuenta con un plazo de cinco días hábiles para interponer el recurso de apelación y, de ocurrir esto, la sentencia se iría a revisión por los magistrados de la sala 17 de lo penal del TSJDF.