DOMINGO 21 DE ENERO DE 2001




Luis Villoro*

Autonomía no es soberanía


-ƑCuál es la importancia de legislar en materia de derechos indígenas?

villoro1 -La importancia de la legislación sobre derechos indígenas rebasa en mucho la coyuntura actual y va mucho más allá de las demandas específicas de un grupo de indígenas que se inconformó con su situación social, como es el EZLN.

Desde la reforma del artículo 4o. de la Constitución, el Estado mexicano se declara un estado multicultural que está fundado especialmente en sus pueblos originarios, que son los indígenas. Pero no ha habido una reforma que establezca las maneras en que esta reforma constitucional se pueda llevar en la práctica.

Legislar en esta materia es cambiar totalmente la noción del Estado nacional que hemos asumido desde la Independencia y reconocer la realidad de nuestro país, un país que está compuesto por muchos pueblos y muchas culturas.

-ƑCuáles serían las consecuencias de reconocer la multiculturalidad?

-Habría consecuencias sociales muy importantes. Por ejemplo, la educación que hemos recibido se centra en el mestizaje. Los valores culturales que se inculcarían a los educandos cambiarían totalmente, veríamos a nuestra nación con una enorme riqueza de culturas diferentes. Veríamos que, más allá de la tolerancia, ideal de todo Estado liberal, deberíamos de establecer la cooperación y la solidaridad entre los diferentes.

Habría otras muchas consecuencias, por ejemplo, en los programas de desarrollo que se trazan desde el centro, donde intervienen empresas privadas; y que afectan a poblaciones con viejas culturas enraizadas en sus territorios.

Al cambio de la ley y de la visión de la pluralidad estos proyectos de desarrollo se basarían en la consulta decisiva de las comunidades que son afectadas, tendrían un carácter de verdadero estímulo para que los propios pueblos afectados participaran en su propio desarrollo.

-ƑEn qué consiste la deuda histórica con los pueblos indígenas?

-El problema no está en que la Constitución otorgue ciertas autonomías a los pueblos indígenas. Para pagar esta deuda es necesario que la Constitución reconozca que tiene una deuda con estos pueblos y por lo tanto reconozca los derechos de los pueblos históricos.

Esta es la manera de cumplir en el campo de la ley la deuda histórica que tenemos con estos pueblos. El verdadero reconocimiento tiene que venir cuando los dictados de la ley se traduzcan en comportamientos y en actitudes en las relaciones interpersonales.

En nuestro país hay, de hecho, un tipo de derecho que no por variar de una comunidad indígena a otra, no por no estar escrito, deja de ser derecho. Es derecho porque está expresando los comportamientos reales seculares vigentes del pueblo, lo que ellos llaman usos y costumbres. Esta fuente de derecho da lugar a un sistema jurídico, y frente a este sistema jurídico está el sistema jurídico nacional, pero no hay ninguna dificultad de admitir estos dos niveles de derecho sin que se rompa la unidad del derecho nacional porque se establecerían claramente las facultades y los ámbitos de jurisprudencia de cada uno de estos sistemas.

En segundo lugar, los sistemas de derecho no escritos de los pueblos indígenas estarían supeditados al sistema de derecho nacional. En la propuesta de la Cocopa se subraya que los pueblos indígenas no pretenden establecer ningún elemento jurídico ni tomar ninguna medida judicial ni penal que contradiga los derechos fundamentales de la Constitución.

-Uno de los puntos torales de la discusión gira en torno a quién es sujeto de derecho: el pueblo o la comunidad indígena.

-Pueblo es un término nuevo como sujeto de derecho, pero es un término ya propuesto como sujeto de autodeterminación en los instrumentos de las Naciones Unidas y de la OIT aceptados por México.

ƑPor qué queremos definir al pueblo como sujeto de derecho? Porque la demanda fundamental de los indígenas es la de reconstruir sus pueblos a partir de lo que tienen ahora, sus comunidades. Lo que plantea la propuesta de la Cocopa es que estas comunidades puedan unirse entre ellas para formar municipios de mayoría indígena, y estos municipios unirse a su vez para formar pueblos.

-La tan debatida autonomía.

-Autonomía no es lo mismo que soberanía, mucho cuidado. Soberanía quiere decir que el Estado nacional se da sus propias leyes y es soberano en el sentido de que no obedece leyes dictadas por otro Estado nacional.

Las pueblos indígenas no están planteando en modo alguno soberanía.

Autonomía quiere decir el reconocimiento de ciertos derechos y obligaciones en el marco del Estado soberano, y negociados con el Estado, sin dejar de cumplir con las obligaciones y de ejercer los derechos de cualquier ciudadano. No quiere decir independencia en lo absoluto. En todas las manifestaciones que ha habido de los representantes genuinos de los pueblos indígenas, se ha subrayado que son mexicanos y quieren ser mexicanos. El Congreso Nacional Indígena tiene un lema: "Nunca más un México sin nosotros". ƑEso es escisión?

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*Doctor en filosofía. Entre sus muchas obras se cuenta Los grandes momentos del indigenismo en México.