MIERCOLES Ť 17Ť ENERO Ť 2001

Ť La SCJN dio entrada a la acción de inconstitucionalidad interpuesta por ese partido

Rechazó el TEPJF la demanda perredista en contra del interinato de Priego en Tabasco

Ť El nombramiento del militante priísta no fue producto de un proceso electoral, precisa

Ť Actuó el Congreso local con base en una facultad expresa de la Constitución del estado


JESUS ARANDA

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) rechazó ayer, por improcedente, la demanda interpuesta por el PRD en contra de la designación de Enrique Priego Oropeza como gobernador interino del estado de Tabasco.

Por unanimidad, los magistrados de la Sala Superior del TEPJF consideraron que el nombramiento del priísta no fue producto de un proceso electoral, no se vincula en forma alguna con ''la expresión de la voluntad popular en ejercicio del sufragio universal, libre, secreto y directo para la renovación de los poderes'', sino que es producto del ejercicio de una atribución conferida por la Constitución local.

En tanto, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) le dio entrada a la acción de inconstitucionalidad interpuesta por el PRD en contra del mismo decreto del pasado 30 de diciembre, mediante el cual la legislatura tabasqueña saliente designó a Priego Oropeza, y en el que se estableció un plazo de hasta 18 meses para convocar a elecciones para la gubernatura de ese estado.

Mediante acuerdo de la presidencia del máximo tribunal del país, la acción de inconstitucionalidad fue turnada al ministro Guillermo I. Ortiz Mayagoitia, quien será el encargado de presentar su proyecto de dictamen al pleno.

Según ministros de la Corte consultados, este asunto deberá ser resuelto ''lo antes posible'', pero sin olvidar que existe un turno de asuntos pendientes.

La directiva del PRD, que interpuso la acción de inconstitucionalidad, considera que el nombramiento de Priego fue ilegal, por lo que demanda la invalidación de ''todos los actos'' posteriores a la designación del gobernador interino de Tabasco.

En su dictamen de ayer, los magistrados electorales consideraron que el gobernador interino no tiene injerencia alguna en la preparación u organización del proceso de elección extraordinario de esa entidad, y que es el Congreso local el encargado de emitir en su momento la convocatoria correspondiente y sus términos. Mientras que la autoridad electoral es la que organizará los comicios en sus diferentes etapas.

Los magistrados rechazaron también los argumentos esgrimidos por el PRD, en el sentido de que la designación de Priego era una ''elección indirecta'' y establecieron que su designación ''no tiene ninguna relación con el sufragio ciudadano'' que exprese la voluntad popular.

Dejaron en claro que aun cuando la designación la hizo el Congreso local, erigido en Colegio Electoral, ''por tal circunstancia no adquiere dicho órgano la calidad de autoridad electoral'', porque este acto no tiene vinculación directa o indirecta con el proceso de elección para la renovación de la gubernatura local.

Por otra parte, el TEPJF aclaró que no prejuzgó sobre la constitucionalidad y legalidad de la designación de Priego Oropeza, toda vez que el Congreso actuó con base en una facultad expresa de la Constitución local, la cual señala que ante la ausencia del titular del Poder Ejecutivo en la entidad, a los legisladores les ha sido otorgada la facultad de erigirse en Colegio Electoral y designar al gobernador interino, ante una situación excepcional.

''Guerra informativa''

Por su parte, el secretario general del Partido de la Revolución Democrática, Jesús Zambrano Grijalva, señaló que al conocerse en Tabasco el fallo del TEPJF, se inició en esa entidad una ''guerra informativa'' , la cual aseguraba que el tribunal había confirmado la legalidad del interinato de Priego Oropeza; sin embargo, aclaró que el fallo de los magistrados se limitó a declararse incompetentes para conocer del asunto.

En cambio, apuntó Zambrano Grijalva en entrevista, la Suprema Corte de Justicia de la Nación sí tendrá que pronunciarse al respecto, cuando resuelva la acción de inconstitucionalidad que interpuso la directiva perredista en contra, precisamente, de la designación de Priego como gobernador interino del estado de Tabasco.

Destacó que al haberle dado entrada a la acción legal del PRD, la Suprema Corte reconoció que ''nuestro recurso está por lo menos legalmente bien fundado y que habrá que esperar que se resuelva el fondo del asunto''.