LUNES Ť 15 Ť ENERO Ť 2001

Ť "Autoridad facultada"


El canciller decidirá sobre el traslado del genocida a España

ELIZABETH VELASCO

El fallo del juez sexto de distrito en materia de procesos penales, Jesús G. Luna Altamirano, quien dictaminó la extradición a España del ex militar argentino Ricardo Miguel Cavallo, es una opinión jurídica "no vinculante para el Ejecutivo federal respecto de lo actuado y probado por las partes", refrendó la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE).

La dependencia respalda tal aseveración basada en la Ley de Extradición Internacional, que otorga a la dependencia un plazo de 20 días para dictar la resolución que corresponda.

Sin embargo, aclara que eso no implica "necesariamente agotar dicho periodo", ya que el militar retirado podría usar el recurso de apelación de la sentencia y por ello su traslado a España podría retardarse un año o más.

De acuerdo con la dependencia, el titular de la cancillería, Jorge Castañeda, es la única "autoridad facultada" para conceder o rechazar la solicitud de extradición formulada a México por el juez español Baltasar Garzón y la Audiencia Nacional Española (ANE).

Cavallo, alias Sérpico y Marcelo, es acusado por la ANE de los delitos de terrorismo, genocidio, tortura, secuestro y desaparición de ciudadanos argentinos y españoles durante la dictadura militar en Argentina de 1976 a 1983.

De acuerdo con un comunicado, una vez que la SRE tenga en su poder el expediente completo del caso, acompañado de la opinión del juez sexto de distrito en materia penal, los "expertos jurídicos" de la cancillería procederán a un "examen minucioso y estrictamente fundamentado en la legislación nacional, el Tratado de Extradición y en el derecho Internacional". Posteriormente, el canciller Jorge Castañeda dictará la resolución que corresponda y será comunicada, en su oportunidad, a Miguel Angel Cavallo.