DOMINGO Ť 14 Ť ENERO Ť 2001

Ť Propuesta del anteproyecto de estatutos que delinearán el perfil del partido

El PRD busca ser "democrático de izquierda"

Ť Se planea introducir el plebiscito y el referéndum en cargos de elección popular


JUAN ANTONIO ZUÑIGA

En el contexto de elaboración de los documentos básicos que delinearán el nuevo perfil del PRD, el anteproyecto de estatutos más acabado hasta ahora propone que este partido sea considerado como "democrático de izquierda" y no sólo "de izquierda", e introduce la imposibilidad de expulsión directa tanto de la presidencia como del secretariado general, aunque contempla la figura de revocación de mandato.

El documento, aún en proceso de discusión, establece cambios de forma a los estatutos vigentes, los cuales son más parecidos a la reforma que a la "refundación" del PRD. Por ejemplo, se propone dividir en dos de la actual Comisión de Garantías y Vigilancia; introducir el plebiscito y el referéndum entre sus militantes para designar cargos de elección popular u optar entre dos o más posiciones de línea política, así como eliminar a los candidatos en la administración de los recursos del partido para las campañas electorales.

Elaborada por una subcomisión, la propuesta incluye la creación de un órgano específico de fiscalización para la revisión sistemática de los ingresos y gastos del partido a niveles nacional, estatal y municipal; ese medio podrá "realizar las auditorías que considere necesarias" e informar de sus resultados a los consejos nacional, a los estatales y a los municipales.

Establece también la creación de un órgano de garantías, el cual tendría carácter autónomo y sería el encargado de aplicar las sanciones impuestas por los comités políticos, con motivo de las violaciones estatutarias. Sus resoluciones "serán definitivas e inatacables".

Las penalidades establecidas, según este anteproyecto, serán: amonestación; suspensión de derechos por tres años, según la gravedad de la falta, y la expulsión. Establece: "Las sanciones podrán imponerse a cualquier miembro del partido, excepto al presidente nacional y al secretario general".

Se propone que, para poder remover al presidente y al secretario general nacional será necesario que se realice una sesión del Consejo Nacional perredista, especialmente citada para tal efecto y en la cual voten en este sentido "dos tercios de los consejeros". Los estatutos, en proceso de análisis y discusión, prevén que, "de ser necesario, la mesa directiva del consejo tomará los votos escritos y firmados de los consejeros ausentes".

Sobre este particular, el actual secretario general del PRD, Jesús Zambrano, opinó: "Yo creo que nadie debe quedar en un régimen de excepción. Los consejeros nacionales y estatales tienen en sí un fuero que constituye en sí mismo una suerte de régimen de excepción, no pueden ser enjuiciados si antes no son sometidos a la discusión del órgano al que pertenecen (el propio consejo), y no como sucedería con cualquier otro militante".

Refutó: "De ninguna manera compartiría el hecho de que se pretenda establecer algún régimen de excepción, para que no sean considerados sujetos de expulsión, sin considerar la causa que origine esta sanción. Si estamos, incluso, porque se le pueda fincar juicio político al Presidente de la República y que no sea un personaje, un funcionario de excepción en la Constitución General de la República, no habría razón para que hoy estableciéramos un régimen de excepción para determinados funcionarios dentro del partido".

Para el caso de políticos que hubieren militado en otros partidos, el proyecto estatutario parece facilitar la forma de ingreso al PRD, pues desecha limitaciones preventivas que actualmente sí se consideran expresamente.

Los estatutos vigentes establecen: "En el caso de los ciudadanos que hayan sido dirigentes, representantes públicos o funcionarios de gobierno de otros partidos, podrán afiliarse siempre y cuando no hayan sido responsables directos de hechos de represión, corrupción o narcotráfico, deberán presentar la renuncia respectiva y su afiliación tendrá que ser aprobada por el comité ejecutivo estatal correspondiente, y ratificada por el Comité Ejecutivo Nacional".

En la propuesta a discusión se considera que, para el mismo caso, sólo "será indispensable la resolución favorable del comité ejecutivo municipal correspondiente, y la ratificación del consejo político estatal o nacional".