SABADO Ť 13 Ť ENERO Ť 2001

Miguel Concha

Resolución ejemplar contra Cavallo

En solidaridad activa con algunas organizaciones civiles de familiares de víctimas de la dictadura militar argentina residentes en México, en representación de la Academia Mexicana de Derechos Humanos y gracias a la sensibilidad y la cortesía del juez sexto de distrito en materia penal, el día de ayer a las 13 horas tuve la oportunidad de estar presente en la emisión de su ejemplar resolución sobre la legitimidad y la licitud de la petición de extradición de la Audiencia Nacional del Reino de España en contra de Ricardo Miguel Cavallo, Miguel Angel Cavallo, Sérpico o Marcelo, ex director del Registro Nacional de Vehículos en México, por los delitos de jurisdicción internacional de terrorismo y genocidio.

Aunque no nos fue posible obtener todavía una copia de su histórica opinión jurídica, que por el momento fue ya enviada para su definitivo dictamen a la Secretaría de Relaciones Exteriores, y entregada a la Procuraduría General de la República y a los abogados del indicado en crímenes de lesa humanidad, y mucho menos todo su análisis, que comprende más de 750 páginas, por lo que oímos y sabemos podemos afirmar que esta decisión judicial no únicamente honra esta vez al Poder Judicial de la Federación, sino que constituye un avance importante en la lucha de la humanidad contra la impunidad, y marca un hito fundamental en el reconocimiento y respeto de la jurisdicción internacional de los derechos humanos por parte de nuestro gobierno. Tenemos confianza en que tal y como lo han declarado, nuestras nuevas autoridades y el Poder Judicial seguirán estando ejemplarmente a la altura de estas nuevas circunstancias, revirtiendo así la deteriorada imagen de México en los foros internacionales.

Apegada en efecto escrupulosamente a la justicia y al derecho, sobre la base de los instrumentos internacionales de derechos humanos firmados y ratificados por México, y teniendo en cuenta entre otros los artículos 114 y 133 de la Constitución, así como la jurisprudencia reciente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en materia de tratados internacionales, la Ley de Extradición y el Tratado de Extradición entre el Reino de España y México, con su Protocolo complementario, la resolución del juez José Guadalupe Luna Altamirano es impecable no sólo en cuanto a la aceptación judical de la verdadera identidad de Ricardo Miguel Cavallo, sino en cuanto a la legitimidad y a la licitud jurídica de la petición de extradición de la Audiencia Nacional del Reino de España, para que sea juzgado por delitos de jurisdicción universal, que de otra forma seguirían quedando impunes, en razón de las infundadas y descalificadas leyes y decretos de autoamnistía y autoindulto, vergonzosamente aún vigentes en Argentina. La resolución del juez mexicano, equiparable por su calidad jurídica a los autos del juez Garzón, aunque en un marco técnico, hay que decirlo, más estrecho, rompe con una actitud política y diplomática que subordina a los ciudadanos al Estado, y considera la soberanía popular como privilegio de las elites en el gobierno. En una época de globalización como la nuestra, sienta desde México jurisprudencia para la defensa de la dignidad de las personas humanas en cualquier parte del mundo, y por ello todos los mexicanos tenemos que alegrarnos.

Dado el carácter justiciable que tienen los derechos humanos en el derecho de gentes, y en particular los derechos fundamentales a la vida, la integridad física y psíquica, y la libertad, las violaciones en su contra son imprescriptibles, como asienta con toda claridad el juez Luna Altamirano en su resolución, y están sujetas al principio de jurisdicción universal, como implícitamente también lo reconoce. Muchos de estos crímenes han merecido ya en efecto su incorporación con ese carácter en tratados internacionales suscritos por México y España, y en conformidad con el derecho penal internacional pueden ser lícitamente reclamados en virtud de tratados de extradición, como es el caso que nos ocupa, o debidamente castigados en virtud del principio aut dedere aut judicare. La resolución marca por ello también un parteaguas en la historia jurídica del mundo contemporáneo, y lanza señales muy justas, pero muy adversas, contra todos aquellos que abusando del poder vulneran gravemente la dignidad de las personas humanas.