JUEVES 16 DE NOVIEMBRE DE 2000

Ť Cerrar el mayor número de casos pendientes, instruye Madrazo a fiscalías


Al archivo muerto, averiguaciones que carezcan de sustento: PGR

Ť El propósito, disminuir a la próxima administración la carga de 73 mil indagatorias abiertas

Ť Los agentes del Ministerio Público, autorizados para decretar el no ejercicio de acción penal

José Galán Ť A 15 días de terminar su mandato, el procurador Jorge Madrazo Cuéllar instruyó a subprocuradores, fiscales especiales, directores generales y delegados de todo el país a cerrar el mayor número de investigaciones en curso y enviarlas a la reserva, a fin de disminuir las 73 mil averiguaciones previas rezagadas hasta la fecha. Se trata de entregar a la próxima administración el menor número de casos pendientes.

Madrazo Cuéllar emitió un acuerdo que autoriza a todos los agentes del Ministerio Público de la Federación a aprobar en definitiva ''el no ejercicio de la acción penal'' y de ''enviar a la reserva'', es decir, al archivo, las averiguaciones previas bajo su responsabilidad, según su criterio, con el argumento de "las cargas de trabajo''. De esta forma, gran parte de las demandas o denuncias interpuestas ante la PGR podrán ser sobreseídas o enviadas al archivo ''por falta de elementos para consignar''ante los jueces de distrito.

Además, autoriza a todos los subprocuradores, fiscales especiales, directores generales y delegados a habilitar agentes del Ministerio Público federal como auxiliares del procurador general de la República, los cuales podrán autorizar los dictámenes de no ejercicio de la acción penal y de enviar a la reserva las averiguaciones previas, según el acuerdo A/039/00 publicado en el Diario Oficial de la Federación del martes 14 de noviembre.

El sobreseimiento, responsabilidadde la fiscalía con los expedientes

El documento advierte que en caso de que se dé un concurso de delitos de la competencia de las diferentes unidades o fiscalías, "resolverá en definitiva el no ejercicio de la acción penal y la reserva de la averiguación previa aquélla en la que se hayan acumulado las indagatorias relacionadas con la averiguación previa". Es decir, en una investigación sobre narcotráfico, lavado de dinero y delincuencia organizada será la fiscalía que haya acumulado los expedientes la que tendrá facultad para cerrarlos.

En el caso de los agentes del Ministerio Público federal ''habilitados'', tendrán a su cargo la elaboración de dictámenes de no ejercicio de la acción penal, así como de la reserva de la averiguación previa, pero serán sometidos ''a la aprobación del titular de la unidad administrativa que los haya habilitado'' y estarán sujetos a las obligaciones y responsabilidades de su cargo, de acuerdo con las leyes internas de la PGR, según el acuerdo.

Hasta ahora sólo la Fiscalía Especializada para la Atención de Delitos Electorales tenía, junto con el propio procurador, esa facultad, pero, según explica el acuerdo, ''es preciso ampliar esa facultad a otras unidades administrativas de la PGR, dada la naturaleza de las funciones que desempeñan''.

El acuerdo publicado el martes deroga, en un artículo transitorio, los artículos 27 y 28 de la circular número C/005/99, publicada en el Diario Oficial de la Federación con fecha del 21 de octubre de 1999.

La autorización ahora incluye también a los subprocuradores general, de Desarrollo, Jurídico, de Asuntos Internacionales, de procedimientos penales A, B y C y sus respectivos directores generales del Ministerio Público especializado; al fiscal especializado para la Atención de Delitos contra la Salud; al visitador general respecto de las consultas que le realice el titular de la fiscalía especializada para la Atención de Delitos Cometidos por Servidores Públicos; al titular de la Unidad Especializada contra la Delincuencia Organizada; al titular de la Unidad Especializada contra el Lavado de Dinero; al director general de Protección a los Derechos Humanos, y a los delegados en todo el país.