JUEVES 16 DE NOVIEMBRE DE 2000

Ť Tratado de extradición México-España


Nadie pretende agilizar la deportación de vascos: SRE

Ť Las reformas se hicieron para mejorar la comunicación entre las autoridades judiciales de ambos países, dice Rebolledo Gout

Andrea Becerril y Georgina Saldierna Ť Las recientes modificaciones al tratado de extradición entre México y España, aprobadas por el Senado de la República un día antes, no son sustantivas ni van encaminadas en forma alguna a agilizar la deportación de ciudadanos vascos residentes en el país, sostuvo el subsecretario de Relaciones Exteriores, Juan Rebolledo Gout.

En entrevista previa a una reunión con senadores, el funcionario precisó que los cambios a ese tratado fueron propuestos por la parte mexicana, específicamente por la Procuraduría General de la República (PGR), con la finalidad de que ambos gobiernos se comuniquen con mayor facilidad.

Rebolledo Gout precisó que el segundo protocolo por el que se modifica el Tratado de Extradición y Asistencia Mutua en Materia Penal entre los Estados Unidos Mexicanos y el Reino de España, firmado el 6 de diciembre de 1999 y ratificado por la Cámara de Senadores el pasado martes, incluye una reforma procedimental.

"Esto quiere decir que teníamos problemas en procedimientos con el viejo tratado -data de 1978- para poder ajustar tiempos y términos, y cómo se conducen las comunicaciones, de manera tal que se han agilizado los trámites. No es una reforma sustantiva, porque no cambiaron los términos del tratado", agregó.

Rebolledo Gout negó que los cambios se hayan hecho a petición del gobierno español, con el fin de acelerar la extradición de ciudadanos vascos residentes en México, a quienes se acusa de ser miembros de ETA.

"No. No, para nada. Le va a sorprender, pero es una iniciativa mexicana, fue presentada por la PGR. Las modificaciones son simplemente para que los dos gobiernos se comuniquen con mayor rapidez, con más facilidad, respecto a un procedimiento que ya está determinado no sólo en el tratado, sino en la Ley de Extradición de México.

-ƑEstas modificaciones tienen que ver con el caso Cavallo?

-No conozco el caso en particular. Es otro tratado, en otras circunstancias.

-ƑEntonces no tiene que ver con este tratado?

-No sabemos. Hay una petición de España y se está abordando de acuerdo a ese tratado, pero no conozco las peculiaridades del caso.

En el dictamen que elaboraron las Comisiones Unidas de Relaciones Exteriores y Justicia se precisa que las modificaciones incluidas en ese segundo protocolo responden al interés de México y España de combatir la criminalidad, a través de procedimientos jurídicos que faciliten la acción de la justicia en la aprehensión de los delincuentes que, para eludir la responsabilidad penal que se les impute en su país natal, se refugien en otro.

Uno de los cambios es el del artículo segundo, cuya redacción en su apartado uno varía y queda en los términos siguientes: "Darán lugar a la extradición los hechos sancionados según las leyes de ambas partes, con una pena privativa de la libertad cuyo máximo no sea inferior a un año".

A este artículo se le agregó un nuevo apartado, numerado como 3, en el que se precisa: "Si la solicitud de extradición se refiere a varios hechos distintos, castigado cada uno de ellos por las leyes de ambas partes con pena privativa de la libertad o con pena de multa, pero alguno de ellos hubiera cumplido el requisito relativo a la duración mencionada de la pena privativa de libertad, la parte requerida tendrá la facultad de conceder también la extradición por tales hechos".