MIERCOLES 15 DE NOVIEMBRE DE 2000

Ť Plantea iniciativa sanción de hasta 50 años en el delito de secuestro


Propone el PRI elevar penas en los casos de abuso sexual

Ť Presentó en la ALDF proyectos de nuevos códigos Penal y de Procedimientos Penales del DF

Ť Urge a diputados expedir un ordenamiento acorde con el aumento desmedido de la delincuencia

Gabriela Romero Sánchez y Raúl Llanos Samaniego Ť Penas que van de tres meses hasta 50 años de prisión en el delito de secuestro, y su incremento en los casos de abuso sexual --en los que se emplee la violencia o se aprovechen los medios o circunstancias del empleo, oficio o profesión-- e inseminación artificial sin consentimiento, establece la iniciativa de Código Penal para el Distrito Federal que presentó ayer la fracción del PRI ante el pleno de la Asamblea Legislativa.

En el caso del Código de Procedimientos Penales para el DF se reduce el número de artículos casi 50 por ciento; es decir baja a 283 artículos. Además, dedica capítulos específicos al régimen de las pruebas en particular, mientras que la confesión debe estar corroborada con datos que la hagan verosímil y la valoración de las pruebas se ajusta al sistema de sana crítica.

Al sustentar en tribuna la presentación de estas iniciativas, el diputado priísta Jaime Miguel Moreno Garavilla puntualizó que es innegable afirmar que el incremento desmedido de la delincuencia, con las nuevas formas que ha adquirido, ha rebasado el alcance de la estructura normativa penal existente.

Aseguró que es urgente que la actual legislatura expida un código más moderno, capaz de responder a las necesidades sociales --sin adoptar posturas doctrinarias extremistas que limiten la interpretación y aplicación de la normatividad-- y que permita cumplir con una función de prevención general y especial.

A lo largo de tres horas, Moreno Garavilla presentó la parte medular de las iniciativas ante sus homólogos del PRD, PAN, PVEM, Democracia Social y Convergencia por la Democracia, quienes aburridos por lo largo de la exposición entraban y salían del recinto, sin mostrar el mínimo interés por el tema.

Propuesta y penas

La iniciativa de Código Penal se divide en dos partes o libros. El primero consta de ocho títulos, en los que se considera la ley penal, las consecuencias jurídicas del mismo, las penas y medidas de seguridad, la reivindicación pública del sentenciado y la extinción de la potestad punitiva.

En el segundo se describen las diferentes clases de conductas antisociales que serán penalmente sancionadas, se regulan los delitos contra las personas, contra la familia, contra la sociedad, contra la administración de justicia, los ambientales, contra la prestación adecuada del servicio profesional, entre otros.

Ratifica los 18 años como límite mínimo de edad para la responsabilidad penal; no obstante, aclara que la polémica por este tema no ha concluido y recomienda tener presente la inconveniencia de remitir a los menores de edad en cuestión a las cárceles.

Con relación a las formas de comisión del delito se precisa que las acciones y omisiones delictivas solamente pueden realizarse dolosa o culposamente; se afirma que las figuras del autor mediato, intelectual y cómplice no "son más que seudoproblemas, y por lo mismo deben ser cancelados".

En el título tercero, penas y medidas de seguridad, se eliminan el confinamiento, el apercibimiento, la amonestación y la caución de no ofender. La pena de prisión va de un mínimo de tres meses y un máximo de 40 años. Aduce que la razón de esto es "la probada afirmación de los expertos en la materia de que ni las penas muy cortas ni las de muy larga duración son idóneas para lograr la prevención general y la especial. Está demostrado, también, que la elevación de las penas no disminuye la delincuencia".

Se propone incorporar la responsabilidad civil derivada del delito, en la que se prevé la reparación de daños y perjuicios; se regula el homicidio por emoción en sustitución de los tipos de conyugicidio y del homicidio del corruptor de la hija.

Por ser una de las conductas más graves que hoy en día vive la sociedad se pone atención especial al secuestro, y propone sanciones de hasta 50 años de prisión; paralelamente se prevén sanciones atenuadas para los casos en que se libere espontáneamente a la víctima.

En el título cuarto, delitos contra la libertad y la seguridad sexuales y el normal desarrollo psicosexual, se incluyen los tipos de violación, estupro, inseminación artificial, abuso y hostigamiento sexual, inseminación artificial sin consentimiento de la ofendida, o cuando se trata de un menor de edad, aun con consentimiento. En el caso de la inseminación artificial realizada con violencia se le aplica pena calificada.

Se sustituye el parricidio y el infanticidio por una figura delictiva en la que se incluyen como sujetos pasivos al ascendiente o descendiente consanguíneo en línea recta, al hermano, al cónyuge, concubinato, y se agrega el requisito esencial: "que el sujeto activo quebrante la fe o la seguridad que el pasivo debía esperar de aquel por la real y actual relación de confianza existente entre ambos".

Se agravan las penas en el abuso sexual cuando se emplee la violencia, se cometa en personas que por cualquier causa no puedan resistir, exista relación de autoridad con el pasivo, intervengan varias personas, o se aprovechen los medios o circunstancias del empleo, oficio o profesión.

Entre las innovaciones que introduce el Código de Procedimientos Penales para el DF destaca la figura y función del asesor jurídico, que tendrá funciones y facultades similares a las del defensor de oficio; los funcionarios públicos estarían obligados a denunciar los delitos de los que tengan conocimiento con motivo de su cargo, y se incluye un procedimiento especial a propósito de las consecuencias sancionadoras correspondientes a personas morales.

Ambas iniciativas fueron turnadas para su análisis a la Comisión de Administración y Procuración de Justicia de la ALDF.