Ť Graduar castigo por la comisión de este delito, propone a legisladores
Pide Carrancá mantener penas por falsedad en declaraciones
Ť Es prácticamente imposible procurar justicia si no se garantiza la verdad de testimonios, afirma
Elia Baltazar Ť Mentir es pasar por encima del sistema y la procuración de justicia. Es actuar con dolo bajo conocimiento de que se declara o se acusa con falsedad. Y si no se garantiza la verdad de los testimonios que dan sustento a las averiguaciones previas es prácticamente imposible garantizar un buen sistema de justicia, asegura el subprocurador de Proceso Penales, Víctor Carrancá, ante la posibilidad de que la Asamblea Legislativa dé marcha atrás a las reformas del artículo 247, del Código Penal, que castiga a quien incurre en falsedad de declaraciones.
Para Carrancá, es "gravísimo" solapar o permitir que los testigos mientan ante las autoridades, pues incurre en esta actitud debilita los juicios penales y civiles, en perjuicio de la administración de justicia y del combate a la impunidad.
Dice: "Los procesos se basan en gran medida en testimonios y declaraciones, así como en dictámenes periciales. Con base en estos elementos de prueba el juez debe resolver un caso. Pero si no hay mecanismos que garanticen la autenticidad de esos testimonios, se deja la aplicación de la justicia a ciegas".
El problema no es tan sencillo como argumentar que se castiga a quienes pierden su celular, explica el subprocurador, sino generar una cultura de la mentira que ha hecho mella en el sistema judicial, y que deja sin garantía de verdad el proceso de administración de justicia.
"Es un silogismo argumentar que aquel que denuncia un robo o un hecho delictivo que nunca existió se convierte de víctima a victimario, cuando en principio no fue víctima de nada, pero sí es auténticamente un victimario al tener la posibilidad de acusar de manera falsa. Así es muy fácil que la gente mienta, ponga en marcha los recursos de la justicia, acuse o denuncie sin bases, y que esta actitud no signifique al menos un castigo", considera.
Por eso el subprocurador propone que, ante la decisión de los legisladores locales de reformar lo que ya se reformó, consideren graduar las penas en el delito de falsedad de declaraciones, que sí existe en otras sociedades democráticas, donde se ofrecen garantías a los jueces para saber que juzga con base en testimonios verídicos.
Es posible, dice, diferenciar si se mintió en circunstancias accidentales o menos graves, que no tergiversan la investigación o se cambió el testimonio en casos, por ejemplo, de homicidio, que si trascienden en el proceso. Y dado que se ha utilizado el caso de las personas que denuncian el robo de un celular, sin que así suceda, el subprocurador explica: "Es obvio que ante la opinión pública el denunciar falsamente este tipo de robo para cobrar el seguro, parece poco trascendente, pero su acción resta credibilidad al sistema de procuración de justicia, en perjuicio de los ciudadanos". En cualquier caso, asegura, merecerían una pena no tan severa.
Pero "si alguien imputa falsamente un delito grave las consecuencias de su acto pueden incidir en la libertad de una persona. Y se actitud no puede considerarse de poca importancia", explica Carrancá.
De modo, agrega, que mantener el castigo por falsedad de declaraciones, permitirá a las autoridades llevar juicios civiles y penales más sólidos, en la medida en que instrumenten mecanismos que obliguen a los testigos a conducirse con verdad, pues de otra manera cada quien presentará sus declaraciones como mejor le convenga y volveremos a los tiempos en que incluso se contrataban testigos que se ofrecen afuera de los tribunales.
Carrancá advierte que la defensa del artículo 247 del Código Penal no significa compartir la idea de hacer penas cada vez más graves para llevar más gente a la cárcel. En todo caso se trata, dice, de revisar a fondo el sistema de reclusión preventiva, en todos sus aspectos, sin fomentar la evasión.
Propuesta sin sustento
Carrancá advirtió también que no tiene sustento la propuesta de retirarle a la PGJDF la responsabilidad sobre la mesa de turno, para remitir las averiguaciones previas a los juzgados en funciones.
"Se parte de meras especulaciones sobre los supuesta existencia de los jueces de consigna, que no existen, por supuesto. Además, el Consejo de la Judicatura vigila el turno y el Tribunal ha puesto en marcha la rotación de jueces, con la cual todos estamos de acuerdo".
Dado que los legisladores no se han acercado a la PGJDF para indagar sobre los "magníficos resultados", dice, obtenidos por el hecho de que la institución tenga la responsabilidad de las mesas de turno, Carrancá explica que de este modo se ha logrado vincular la labor del Ministerio Público investigador, con el MP adscrito, "de tal forma que les responsabiliza del proceso".
Por eso, devolver a la TSJDF la mesa de turno es regresar a un viejo esquema en el cual no había corresponsabilidad en la investigación. Y lo único que se logrará es fracturar un mecanismo que ha dado muy buenos resultados, comprobados con el porcentaje de sentencias condenatorias obtenidas.
El funcionario invitó a la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal y a los legisladores para comprobar que existen mecanismo de seguridad en el manejo de la consignación de averiguaciones previas que evitan irregularidades o manipulación.