Ť Sanciones a quien no cumpla la disposición
Respeto a derechos humanos, ordena Sedena a militares
Ť La orden se giró luego de que la CNDH determinó violaciones de garantías individuales en El Charco, Guerrero, en junio del 98
Jesús Aranda Ť La Secretaría de la Defensa Nacional instruyó a mandos y unidades a que respeten de forma plena los derechos humanos. Esa directriz, elevada a rango de normatividad, establece que quien no cumpla con ello no sólo sería sancionado, sino que también se consideraría que falló a su misión, lo que implica la posibilidad de que sean presentados otros cargos en su contra.
De acuerdo con un memorando distribuido recientemente, el ordenamiento establece que se trata de una ''orden superior'', es decir, del secretario de la Defensa Nacional, general Enrique Cervantes Aguirre.
La instrucción se desprende de una recomendación de la CNDH
Según fuentes castrenses, el memorando se emitió en respuesta a la reciente recomendación que le hizo la CNDH a la procuraduría militar relacionada con la matanza de 11 presuntos miembros del EPR en El Charco, Guerrero, en 1998.
En su escrito, la CNDH recomendó que ''por las vías de comunicación e instrucciones idóneas'' se deberá reiterar a todos los elementos del instituto armado que tengan participación en acciones civiles a favor de la seguridad pública que no se afecten los derechos fundamentales de los gobernados, específicamente de las comunidades indígenas, aun en el supuesto de que sean detenidos en flagrante delito. El documento también instruye al procurador general de Justicia Militar, a fin de que elabore una circular dirigida a los integrantes del Ejército Mexicano, en la cual se delimiten las funciones específicas del agente del Ministerio Público.
De acuerdo con la recomendación de la CNDH, la madrugada del 7 de junio de 1998 efectivos del Ejército Mexicano sitiaron la comunidad mixteca El Charco, municipio de Ayutla de los Libres, Guerrero, y en una balacera que se prolongó durante hora y media dieron muerte a 11 integrantes del Ejército Popular Revolucionario (EPR) que pernoctaban en la escuela del lugar, hirieron a cinco personas y detuvieron a otras 21. A partir de ese momento, el área quedó sitiada y los elementos castrenses tendieron un cerco con el cual impidieron la salida de sus habitantes, incluidas las autoridades municipales, así como el acceso a civiles.
La CNDH indicó que los 11 cadáveres fueron llevados al Servicio Médico Forense de Acapulco, Guerrero; los 21 detenidos fueron trasladados al cuartel de la 9 Región Militar en Acapulco, y se ignora si eran mixtecos de la comunidad.
La comisión acreditó que hubo actos violatorios a los derechos humanos por los elementos de la Secretaría de la Defensa Nacional que participaron en los hechos, ya que se consideró que las conductas desplegadas por ellos constituyeron graves transgresiones a los artículos 13, 16, 21 y 102 ?apartado a? de la Constitución mexicana, así como a las disposiciones establecidas en los artículos 117 y 193 del Código Federal de Procedimientos Penales, y 57, 81 ?fracción III?, 82, 83, 301, 382, 422 ?fracciones I y V?, 436 y 545 del Código de Justicia Militar.
Castigo a los responsables
La CNDH emitió una recomendación al secretario de la Defensa Nacional el 26 de octubre, en la que instruía al órgano de Inspección y Contraloría General del Ejército y Fuerza Aérea Mexicana a que comenzara, con apego a derecho, la investigación administrativa en contra de los miembros del Ejército Mexicano que participaron tanto en el diseño como en la ejecución del operativo del 7 de junio de 1998.
También pidió indagar la responsabilidad del agente del Ministerio Público Militar, del mayor de Justicia Militar y del licenciado Francisco de Jesús Pérez Chávez, quien practicó diligencias para las cuales existe impedimento legal expreso en el fuero militar, para determinar la responsabilidad en que incurrieron y dar cuenta a la CNDH de las actuaciones que se practiquen y del resultado de las mismas.
Además se recomendó dar intervención a la Procuraduría General de Justicia Militar para que dentro de sus atribuciones, y en relación con la averiguación previa IXRM/14/98, tome en consideración las conductas contrarias a los derechos humanos cometidas por elementos del Ejército Mexicano y puedan establecer si éstas integran o no responsabilidad penal.
La insólita dureza de la recomendación en contra de la Sedena contrasta con los datos oficiales que señalan que de las 22 recomendaciones que la CNDH le ha enviado a esa secretaría, 17 han sido aceptadas y 5 más están en proceso de cumplimiento.
De esas 22 recomendaciones, 12 fueron por tortura (ocho totalmente cumplidas y cuatro por cumplirse); cuatro por dilación en la procuración de justicia y seis por otros motivos.
Como consecuencia de las quejas, han sido sancionados 48 militares, de los cuales 38 fueron consignados ante los tribunales castrenses, 8 amonestados, a uno se le aplicó un correctivo disciplinario y a otro se le destituyó de su cargo.