Lunes en la Ciencia, 30 de octubre del 2000



Necesario, regular la medicina experimental

Genoma: el error de Descartes

Luis T. Díaz Müller

La bioética, la ciencia del futuro, tendrá mucho paño del cual cortar con el desciframiento del código genético. Es un importante avance de la ciencia en este siglo cargado de guerras, conflictos y el reino de la palabra mágica: crisis.

El modelo democrático, por tanto, es el escenario adecuado para el pleno desarrollo de la investigación científico-tecnológica. Veamos: clonación, ingeniería genética, prevención de enfermedades, intervención en la conducta, la mente y el cerebro, el misterio de la conciencia humana, medicina reproductiva, prolongación de la vida, inteligencia artificial, presentan un conjunto de dilemas bioéticos para los cuales el desciframiento del código genético expresa tan sólo el diagnóstico de la propia naturaleza del ser.

El control privado de los experimentos genéticos, como ha ocurrido con la empresa estadunidense Genetics Celera, apunta hacia la necesidad de regular la medicina experimental, el patentamiento genético y las actividades de las empresas farmacéuticas internacionales.

Con seguridad, la medicina genética, aplaudida por el presidente Clinton y el primer ministro T. Blair, no hace más que atisbar los problemas del hombre del siglo XXI. Es más, la jurisprudencia, especialmente en Estados Unidos, se ha quedado corta ante la avalancha de esta "revolución del conocimiento". En términos cortos, se puede decir que empezó con la aventura del ADN (ácido desoxirribonucleico), y las revelaciones de James Watson y Francis Creek, de la Universidad de Londres, en 1953: la doble hélice.

No existe una determinación genética y no se trata de una cuestión de porcentajes. El portentoso avance del código genético debe pensarse en términos de beneficencia y altruismo. Decidir sobre el programa genético de una persona no puede convertirnos en "ingenieros" de la especie humana. La personalidad, los derechos de ésta y el derecho a la propia identidad, no pueden ser materia del tráfico y del comercio humano: se trata de una identidad intransferible: Ƒa quién pertenece el genoma?

ƑAutorización para clonar seres humanos? No parece tener ningún propósito claro frente a la libertad y la responsabilidad de la biología y la biojurídica. Por supuesto que la discusión está abierta. No es, pues, un asunto de diseñador-producto, niños de probeta, maternidad alquilada, banco de espermas. Se trata de una regulación bioética que obliga a reflexionar sobre la necesidad y conveniencia de reproducir "copias" idénticas de seres humanos. ƑDónde queda, siguiendo a Habermas, la identidad personal?

Los argumentos de derecho proclaman, según Merkel, que a la persona clonada no se le ocasionan "perjuicios". El genoma establece las bases, y no más, de la formación de la identidad. Esta cuestión llevaría a cambiar la esencia del origen de la naturaleza a la programación del ordenador; pero, Ƒcuál es el propósito bioético? ƑEn qué beneficia al progreso humano?

Un abogado en un asunto de derecho civil no podría argumentar la existencia de un derecho de daños. ƑCómo podría el clon alegar en contra del ser al que debe su propia existencia e identidad?

Personalidad, men- te, conducta, agresividad, calidad de la vida, están en discusión para el futuro (véase Díaz Müller, Luis T. Derecho de la ciencia y tecnología. México, Porrúa Hermanos, 1995).

No. ƑEl error de Descartes? Esa es otra historia.

El autor es investigador del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM y consultor en derechos humanos.

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