DOMINGO 29 DE OCTUBRE DE 2000
Ť Néstor de Buen Ť
Los bonos de la burocracia
De acuerdo con la muy oportuna nota de Ciro Pérez Silva y David Aponte del pasado viernes, aquí en La Jornada, en la iniciativa presidencial que corresponde al Presupuesto de Egresos para este año se indica que "las dependencias y entidades no otorgarán ningún estímulo, pago o compensación especial a los servidores públicos con motivo del término de la presente administración", a lo que los señores diputados agregaron que "los poderes Legislativo y Judicial, así como los órganos autónomos, por disposición constitucional deberán abstenerse de cubrir cualquier tipo de estímulo, pago o compensación especial a los servidores públicos a su servicio, con motivo del término del cargo legislativo o judicial, o bien por el término de la administración correspondiente".
En primer lugar hay que preguntarse si el famoso bono está o no previsto en la ley y, en su caso, por qué se ha venido pagando y si se debe seguir pagando. La respuesta es clara: no está en la ley. Pero lo que sí está en la ley (artículo 11 de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, LFTSE) es que en caso de que algo no esté previsto, entre otras normas supletorias cabe aplicar la costumbre y el uso.
Eso significa que si por cuatro sexenios, según las notas que he leído, se había venido pagando el bono, su obligatoriedad deriva de la costumbre y tiene el mismo valor de una prestación reconocida expresamente. En otras palabras: forma ya parte de las condiciones de trabajo de la burocracia.
En esos términos de evidente obligatoriedad resulta necesario interpretar la propuesta presidencial en la iniciativa. Y allí puede verse que se indica que "no otorgarán ningún estímulo, pago o compensación especial...", lo que traducido al español implica una acción a futuro pero no una prohibición de pagar lo que ya es parte del salario de los trabajadores al servicio del Estado. No hace ninguna falta, por ejemplo, que se mencione que debe pagarse el salario si ya está establecida la obligación en alguna norma. Pero no se podrían otorgar nuevas prestaciones.
Respecto de la adición de la Cámara de Diputados a propósito de los trabajadores de los poderes Legislativo y Judicial, el tono es mucho más rotundo: "deberán abstenerse de cubrir...", lo que es, simple y sencillamente, una prohibición de pagar. Entonces cabe preguntarse si la Cámara de Diputados está facultada para ejercer el derecho de introducir ese tipo de prohibiciones. En mi concepto la respuesta es negativa.
El artículo 74 constitucional, en su fracción IV, autoriza a la Cámara de Diputados para "Examinar, discutir y aprobar anualmente el Presupuesto de Egresos de la Federación, discutiendo primero las contribuciones que, a su juicio, deben decretarse para cubrirlo, así como revisar la Cuenta Pública del año anterior". En parte alguna la Constitución permite a la Cámara prohibir el pago de prestaciones que ya formen parte del patrimonio de los trabajadores. Y no hay que olvidar que los órganos del Estado no pueden hacer más que lo que la Constitución y la ley les autoricen.
En esos términos, no tratándose de que se "otorguen" nuevas prestaciones y no estando facultada la Cámara de Diputados para prohibir pagos que afecten derechos adquiridos, resulta evidente la inconstitucionalidad de la decisión de suprimir el famoso bono sexenal.
ƑAlternativas? En el campo estrictamente jurídico, el juicio de amparo en contra de una ley inconstitucional en acto de ejecución de la misma que debe promoverse ante juez de distrito de acuerdo con lo previsto en el artículo 114-I de la Ley de Amparo (LA), con recurso de revisión ante la Corte (artículo 84-I-a), lo que evidentemente supone un plazo extenso nada reconfortante para los interesados. Pero el problema tiene otros aspectos, y en particular el que ya se ha manifestado en las calles: una protesta enérgica de un grupo, la burocracia, que normalmente ha sido fiel al sistema. A lo que se adiciona la proximidad del cambio del Poder Ejecutivo y la coexistencia de problemas de diversa índole que la actual administración no ha podido o no ha querido resolver y que están dejando un pasivo incómodo para quienes los van a sustituir.
La protesta política es un agregado más a esta etapa incómoda en la que los partidos tratan de reajustar sus estructuras, con una enorme incertidumbre sobre su futuro inmediato y en la que los sectores -y me refiero particularmente al PRI- ya no demuestran la fidelidad perruna de los tiempos buenos. Lo que significa, ni más ni menos, que se trata de un problema que hay que resolver ya. Como dice alguien: hoy, hoy, hoy.
Me temo que a Diódoro Carrasco le va a tocar el premio mayor si lo resuelve. Pero si no lo resuelve, su jefe directo no quedará nada bien.