MIERCOLES 25 DE OCTUBRE DE 2000
Ť Propone clasificar a giros negros como establecimientos de riesgo social
Insistirá Robles ante Góngora Pimentel que la SCJN considere reformar la Ley de Amparo
Ť La jefa de Gobierno se reunirá este jueves con el presidente de la Suprema Corte de Justicia
Ť Pide negar el retiro de sellos de clausura, aunque se otorgue suspensión en actos de la autoridad
Ricardo Olayo Ť Por el impacto negativo que tienen en la comunidad los llamados giros negros, el Gobierno del Distrito Federal propuso en enero pasado al presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, Genaro David Góngora Pimentel, una reforma a la Ley de Amparo para negar el levantamiento de los sellos de clausura en dichos establecimientos.
La propuesta no ha sido recogida por la Corte, según la versión del documento de trabajo con fecha 4 de septiembre donde se anotan las modificaciones y adiciones que pueden darse a la citada ley, como parte de la consulta iniciada por el máximo tribunal del país.
Desde el 14 de diciembre del año pasado la jefa de Gobierno del Distrito Federal, Rosario Robles, en una reunión privada con Góngora le pidió unificar los criterios de los jueces en las resoluciones que dan protección a los negocios; en ocasiones se permite que durante cinco semanas estén abiertos sin que se dicte un nuevo fallo.
Robles visitará nuevamente al ministro presidente de la Suprema Corte este jueves al mediodía para exponerle la misma problemática y solicitarle que pueda ser tomada en cuenta su propuesta de reforma a la ley.
El texto de la reforma se refiere a 12 artículos, pero el relativo a los giros negros es el 124 fracción segunda, en el que se incorpora la figura de "giros mercantiles de alto impacto o riesgo social".
Se explica que los jueces están en libertad de seguir otorgando la suspensión de los actos de autoridad que les reclama el dueño de un establecimiento, pero ya no se levantan los sellos de clausura; de esta forma se puede seguir el juicio sin la reapertura del establecimiento.
Para el Gobierno capitalino se debe defender el interés social, pues los giros negros tienen repercusiones negativas en la comunidad, por la venta de droga, la prostitución, la venta de bebidas alcohólicas, entre otras.
En el mismo artículo se hace referencia por vez primera al uso ilegal de las vías y áreas públicas, en relación con la actividad de los comerciantes ambulantes que utilizan los postes de luz para colgarse de la energía eléctrica.
Estos casos "que se estiman de alto beneficio para los habitantes del Distrito Federal (son útiles) para en esas condiciones estar en posibilidad de facilitar su reordenamiento y control", indica la propuesta que fue enviada en respuesta a la invitación de la Corte para realizar una consulta sobre el tema.
El concepto de impacto social está considerado en la Ley del Funcionamiento de Empresas Mercantiles del DF y menciona el beneficio colectivo, concepto que el GDF hace extensivo a la Ley de Amparo, según su propuesta obtenida ayer.
Las fuentes consultadas establecieron que la problemática de los amparos en el caso de los giros negros se detectó desde hace tiempo pero no se ha logrado cambiar el criterio de aplicación de los jueces de distrito en materia administrativa.
En el caso de la discoteca Lobohombo, siniestrada el viernes pasado con saldo de 20 muertes, algunos jueces negaron el recurso y otros concedieron las suspensiones provisionales y definitivas --lo que permitió reabrir las puertas al negocio--, aunque en la resolución de fondo el GDF ganó los juicios.
De acuerdo con la jurisprudencia utilizada por los jueces federales, son dos las razones para conceder el beneficio de la suspensión: la "apariencia del buen derecho" y el "peligro de la demora".
La primera se refiere a la buena fe que debe tener el quejoso, que no pretenda una argucia, y la segunda al riesgo de que la resolución tarde en ser dictada y ello perjudique los intereses del quejoso.