VIERNES 20 DE OCTUBRE DE 2000


Ť Francisco López Bárcenas Ť

Derechos indígenas en Puebla: un modelo para desarmar

Puebla es un estado de contrastes. Se distingue por ser uno de los más industrializados, aunque también uno de los cinco que concentran 93 por ciento de la población indígena del país, junto con Oaxaca, Chiapas, Veracruz y Yucatán. Ahí se encuentran miembros de los pueblos nahuas, totonaca, popoloca, mazateco y mixteco, entre los más representativos, que en conjunto conforman 9.5 por ciento de la población indígena total y 14.1 por ciento de la población estatal.

Lo contradictorio es que a la fecha, y a pesar de toda esa población indígena, no hay una legislación específica en la materia, exceptuando una referencia perdida en la legislación electoral, referente al respeto de los usos y costumbres en la elección de autoridades, sin que se establezca mecanismo alguno para ejercer ese derecho.

A últimas fechas se ha pretendido subsanar esta deficiencia, pero más que reconocer derechos a los pueblos indígenas, pareciera que se pretende legislar para impedir que los tengan o, en el mejor de los casos, simular que los tienen para así desarmar su demanda de reconocimiento.

Al menos tres factores influyen para que esto sea así: la pretensión de las autoridades federales y locales por legislar sin un marco constitucional federal adecuado; las diversas posturas que existen en el gobierno sobre la forma de hacerlo, y la intención de hacerlo sin la participación de los más interesados: los pueblos indígenas de la entidad.

El primer aspecto tiene historia. Desde agosto de 1998, cuando la Secretaría de Gobernación "sugirió" a los gobernadores legislar para legitimar la iniciativa de reforma constitucional que el Presidente de la República había enviado al Congreso de la Unión. Tanto la administración federal, a través de la delegación del Instituto Nacional Indigenista, como el gobierno de Puebla, por conducto de la Procuraduría del Ciudadano, iniciaron trabajos para impulsar una reforma legislativa al gusto del Ejecutivo federal, más que a la medida de las necesidades de los pueblos indígenas.

A diferencia de otros estados, en Puebla esta pretensión no prosperó porque los participantes no supieron cómo hacerlo y no se pusieron de acuerdo.

Ahora han vuelto sobre el tema sin superar sus problemas. Entre otros, las distintas posiciones que existen dentro del gobierno, lo que ha dado pie a que más tarde el gobernador de Puebla en afirmar que la reforma legislativa va a concretarse antes del relevo presidencial, cuando al otro día lo desmiente el presidente del Congreso.

Con los partidos políticos sucede otro tanto: mientras el PRI se inclina por reformas legales a diversas leyes, el PRD da bandazos, según el rumbo del viento, y el PAN se mantiene a la expectativa.

Los pueblos indígenas y sus organizaciones también se mueven, aunque todos hacen que no los ven ni los oyen. En principio se han manifestado por detener todo intento de reforma indígena en Puebla, en tanto no se reforme la Constitución de los Estados Unidos Mexicanos y respetando los acuerdos de San Andrés Sacamche'm, Chiapas. Así lo han acordado en diversos foros, seminarios y encuentros.

Para el caso de que el gobierno decidiera legislar en este periodo de sesiones de la Cámara de Diputados, exigen que se les tome en cuenta, pues tienen mucho qué decir y hasta ofrecen una propuesta de reforma constitucional que se ajusta a las competencias legislativas del Estado. En todo caso, no están dispuestos a que se legisle sin que sean consultados, pero si llegara a consumarse, dicen estar dispuestos a ir al Poder Judicial Federal a demandar que se respete el Convenio 169 de la OIT y, en caso de ser necesario, acudir a los organismos internacionales.

Ellos, como muchos mexicanos, saben que un estado de derecho y democrático pasa también porque los trabajos del Poder Legislativo recojan la voluntad de los gobernados, que serán al fin y al cabo los afectados directos. Una postura diferente sólo sería un modelo para desarmarlos en su demanda de reconocimiento como sujetos de derechos.