MARTES 3 DE OCTUBRE DE 2000
Ť Respuesta a quejas por crímenes de lesa humanidad
Juicio contra tiranos, acto de justicia, no de colonialismo
Ť Las detenciones de Pinochet y Cavallo, puntos de inflexión
Marcos Roitman Rosenmann, especial para La Jornada Ť Nadie auguraba éxito a la justicia, menos en este caso. La decisión de presentar en España una acusación por crímenes de lesa humanidad cometidos por los responsables del golpe de Estado que derrocase al gobierno constitucional de Salvador Allende, en Chile, el 11 de septiembre de 1973, tuvo diferentes interpretaciones. Para unos era una osadía, para otros un acto de insensatez, y por último hubo quienes la consideraron una injerencia colonial con tintes de venganza personal.
Pero para quienes emprendieron la acción judicial, ésta no era osada, insensata, de colonialismo o de venganza personal, Tras la iniciativa, se evidenciaba la necesidad de subsanar una falta de auxilio de la justicia chilena a las querellas presentadas por detenidos y familiares de detenidos presos-desaparecidos durante el periodo dictatorial.
Juzgar y hacer cumplir el ordenamiento internacional vigente en los tratados contra la tortura y los derechos humanos firmados por Chile, era lo requerido. En otras palabras, aplicar la ley para los casos de delitos de genocidio, torturas y terrorismo.
Sin embargo, una vez celebrado el juicio de Nuremberg, durante el periodo de guerra fría, juzgar crímenes de lesa humanidad fue un mecanismo internacional estéril, reducido a un uso político discrecional, de escasa efectividad. Dictadores, torturadores, nazis o fascistas campaban a sus anchas en diferentes países, sin ser extraditados ni menos aún detenidos.
Así, en el caso que nos ocupa, cuando se interpone la querella, en Valencia, el 4 de julio de 1996, los argumentos están ajustados a derecho. El tipo de delitos imputados habilita la competencia de los tribunales españoles, juzgar crímenes de lesa humanidad y prestar auxilio judicial a los demandantes, en caso de impunidad. Meses antes ya se había producido un antecedente. La Audiencia Nacional en Madrid había aceptado dar trámite y comenzado la apertura de expedientes para juzgar a los responsables de la dictadura argentina. Igualmente, no se trataba de un problema colonial, como vieron algunos. Dentro de la propia Audiencia Nacional se juzgaba a dirigentes del gobierno del PSOE, José Barrionuevo, ministro del Interior y Rafael Vera, subsecretario de Interior, entre otros, por actos de terrorismo en el caso GAL. Igualmente los argumentos no eran de orden político sino jurídicos. Los demandantes, familiares directos de víctimas de la represión en Chile, Carmelo Soria, Guido Mengual y Joan Alsina, habían agotado los mecanismos judiciales en Chile.
Aduciendo que los delitos imputados prescribían tras la promulgación, en 1978, de la Ley de Amnistía, sus casos fueron archivados. Asimismo, la actuación de los tribunales militares, declarados competentes para juzgar cualquier caso donde algún miembro de las fuerzas armadas se viese implicado, era una garantía para evadir la acción de la justicia civil.
Esperanza, tras el fin de la guerra fría
El fin de la guerra fría abrió un campo de condiciones sobre las cuales se podía albergar algún tipo de respuesta ante los crímenes de lesa humanidad cometidos por dictadores y tiranos. La idea de un tribunal internacional penal se hizo presente a mediados de la década de los 90. La guerra de los Balcanes, la trágica situación de la exYugoslavia y los nuevos conflictos de carácter étnico-nacional ameritaban un cambio y una aplicación efectiva en defensa y protección de los derechos humanos.
Fue durante todo este proceso lleno de convulsiones ideológico-políticas que acontece la detención en Londres, el 15 de octubre de 1998, de Augusto Pinochet Ugarte. Detención realizada a petición de un juez de la Audiencia Nacional de España por delitos de terrorismo, genocidio y torturas. Imputaciones hechas por Joan Garcés y Manuel Murillo, abogados de la acusación particular.
A partir de ese momento se produce un punto de inflexión. La orden de detención y posterior extradición a España cambia la marcha de los acontecimientos. Lo que hasta ese momento había sido lo principal, tomar declaraciones a testigos, víctimas de la represión y violación de los derechos humanos durante la dictadura en Chile, pasa a un segundo plano por la trascendencia de la detención de uno de los inculpados.
La Operación Cóndor fue la pieza que habilitó al juez Baltasar Garzón para pedir la orden de detención y extradición. La desaparición de ciudadanos chilenos, bolivianos, brasileños y paraguayos durante la dictadura en Argentina, la perpetración de atentados terroristas coordinados, así como las políticas de repatriar a dirigentes y militares de izquierda perseguidos, eran algunas de las derivaciones que señalaban al dictador Augusto Pinochet Ugarte como co-rresponsable de dicha estrategia. El atentado en Buenos Aires, que costara la vida de Carlos Prats, ex comandante en jefe de las fuerzas armadas chilenas, era el punto de unión de dos casos: el chileno y el argentino. Ambos en manos de jueces, cuyo nexo se produce con la Operación Cóndor.
Manuel García Castellón, juez instructor de la causa chilena y por ello del "caso Pinochet y otros" en la Audiencia Nacional de España, tras la orden de detención y extradición solicitada por el juez Baltasar Garzón se inhibe del caso para no duplicar esfuerzos, entregando al juez Baltasar Garzón el expediente. Un símbolo de sobriedad y de honestidad para no obstaculizar el proceso en curso.
De todos es conocido el periplo que siguió a la detención del dictador vitalicio. Mientras la acción de la justicia no se vio interferida abiertamente, las presiones políticas no tuvieron éxito. Sin embargo, la decisión del juez británico Bhartre, el 8 de octubre de 1999, de conceder la extradición por 34 casos comprobados de tortura y uno genérico de conspiración para la tortura, habilitó una estrategia para boicotear dicha orden. Su resultado es conocido. Gracias a un informe médico, en el que la psicóloga María Witke, sin ningún recato, señala que "Pinochet era una persona de inteligencia superior... sumido en depresión y desánimo por una situación que no comprende", Jack Straw y Tony Blair, políticos de la tercera vía, con la complicidad de Juan Gabriel Valdés y Abel Matutes, a la sazón ministros de exteriores de Chile y España, logran el objetivo: dejar sin efecto la orden judicial y facilitar el regreso a Chile del dictador vitalicio.
Regreso apoteósico para las fuerzas armadas. Ejército siempre vencedor jamás vencido, lema que se utiliza como símbolo del éxito en la misión, considerada de rescate. Sin embargo, el triunfo de Ricardo Lagos, candidato de la concertación, unido a la presión ciudadana demandando justicia y no impunidad para los máximos responsables de los crímenes de lesa humanidad, incluido Augusto Pinochet hace tambalear su inmunidad parlamentaria y con ello su propia impunidad.
Cuando la Corte Suprema de Justicia en Chile decidiese anular la inmunidad al dictador vitalicio, lo hace amparándose en criterios jurídicos donde no cabe aplicar la ley de amnistía en casos de secuestro y desaparición de personas. Este era el caso de la denominada caravana de la muerte. Lo interesante es notar que no se han aplicado los tratados internacionales que existen para juzgar crímenes de lesa humanidad. Los motivos para levantar la inmunidad han sido estrictamente ajustados a derecho interno.
Por el contrario, lo que sí constituye un avance significativo y es producto del "caso Pinochet y otros" es el proceso abierto de extracción al torturador, ex oficial de la Armada argentina Ricardo Miguel Cavallo. Su detención durante su huida hacia Argentina, en Cancún, a manos de la policía, acusado de cometer crímenes contra la humanidad, expresan un nuevo momento en la lucha contra la impunidad.
El hecho que se produzca en México, un país latinoamericano, es aún más relevante. Ya no se puede aducir un acto de colonialismo o de injerencia en asuntos internos. Ahora se ve con claridad. La lucha contra la impunidad y la violación de los derechos humanos es una obligación ética, moral, política, pero sobre todo de justicia que obliga cada vez más a poner en marcha los acuerdos de Roma de un tribunal internacional penal. En cualquier caso, la determinación del gobierno de México de dar curso y detener a Cavallo es un nuevo punto de inflexión, que a fuerza de ser incrédulo, no se hubiese producido en otras condiciones.