MIERCOLES 30 DE AGOSTO DE 2000
Ť Les conmutó el castigo por 20 años de prisión
Indultó Zedillo a tres marinos condenados a pena de muerte
Ť Cometieron graves delitos contra la disciplina militar
Jesús Aranda Ť El Presidente de la República, en su calidad de comandante supremo de las fuerzas armadas, conmutó la pena de muerte por prisión extraordinaria de 20 años a tres marinos. El pasado 19 de mayo, los marineros de infantería Hermenegildo Pichales Campechano, Venustiano Valdés Santiago y José Guadalupe Ramos Gómez recibieron el favor presidencial; en tanto que el marinero paracaidista Ildeberto Saguilán Rojas debe agotar los recursos de apelación a la pena capital para que el jefe del Ejecutivo federal esté en condiciones de otorgarle el indulto.
Los tres indultados fueron sentenciados a la pena capital después de que el Supremo Tribunal Militar (STM) los encontró culpables y penalmente responsables de los delitos de violencia contra vigilantes, insubordinación e infracción de deberes comunes a los militares por hechos ocurridos en las instalaciones de la Marina en Chetumal, Quintana Roo, el 21 de octubre de 1994.
El paracaidista Ildeberto Saguilán también fue condenado por un consejo de guerra a la pena de muerte -sentencia que fue confirmada por el STM el pasado 14 de julio- por el delito de insubordinación con vías de hecho causando la muerte de dos oficiales de la Armada en las instalaciones del cuartel general de la Marina en la ciudad de México el 27 de abril de 1997.
A los marinos se les instruyó la causa penal 2286/94 ante el juez segundo adscrito a la primera Región Militar, en donde un consejo de guerra los encontró culpables y los condenó a la pena capital. Apelaron ante el STM, que confirmó la sentencia el 3 de julio de 1998.
Los quejosos acudieron después a la justicia federal, pero el primer tribunal colegiado en materia penal del primer circuito les negó el amparo, y los tres sentenciados solicitaron el indulto del presidente Ernesto Zedillo, quien "por motivos de conveniencia pública" ordenó la conmutación de la pena capital. En sesión plenaria del 23 de agosto pasado el STM oficializó la decisión presidencial.
Ildeberto Saguilán tiene la opción de interponer un amparo contra la resolución o acudir ante el mando supremo para solicitar la conmutación de la pena.
De acuerdo con fuentes de la Armada, el marinero sentenciado no ha interpuesto ninguna acción legal en su defensa.
El artículo 158 del Reglamento de las Comandancias de Guarnición y del Servicio Militar establece que "la sentencia que imponga la pena de muerte se notificará al reo y corresponderá al comandante de la plaza mandarla a ejecutar al día siguiente. Pudiéndose ordenar se suspenda la ejecución de ésta sólo en el caso de que el sentenciado interponga un juicio de amparo en contra de la resolución o solicite el indulto".
No obstante este ordenamiento y que la pena de muerte está prevista en la Constitución General de la República y el Código de Justicia Militar, la última ejecución de un militar ocurrió en 1942. Después la pena capital se ha conmutado por prisión extraordinaria de 20 años.
El vicealmirante Homero Torreblanca Nambo, director general de Asuntos Jurídicos de la Secretaría de Marina, confirmó ayer en conferencia de prensa el indulto de los tres marinos y aclaró que aun cuando el otro marino no recibiera el amparo de la justicia federal, tiene la opción de acudir ante el comandante supremo de las fuerzas armadas para solicitarlo.
Explicó que en el Código de Justicia Militar existe un catálogo de penas o delitos tipificados como graves. En el caso de los tres marinos, la violencia fue contra la guardia militar, lo que constituyó un delito grave contra la disciplina castrense.
De acuerdo con la ley vigente, cuando se trata de delitos contra los ordenamientos militares, el asunto se turna a un juez militar, quien en un consejo de guerra dictamina la sentencia. El acusado tiene la opción de acudir al STM para apelar, y en caso negativo puede solicitar el amparo de la justicia federal, que resuelve en definitiva los asuntos. A excepción de cuando la sentencia es la pena capital y se puede recurrir al Presidente de la República para que otorgue el indulto.
Los consejos de guerra, jueces y magistrados militares, así como los ministerios públicos que dependen de la Procuraduría General de Justicia Militar son designados por el secretario de la Defensa Nacional. Es decir, la justicia castrense depende únicamente del Ejército, aunque también está facultada para sentenciar a marinos y pilotos.