MARTES 29 DE AGOSTO DE 2000

* La intervención técnica del sistema anunciada por Blanco no subsana vacíos, dice


Deben corregirse contradicciones y lagunas del Renave: García Ocaña

* Marca obligaciones a propietarios de autos, pero no considera sanciones, señala el funcionario

Ricardo Olayo * El Registro Nacional de Vehículos (Renave) requiere de una modificación legislativa del Congreso de la Unión para corregir sus lagunas y vencer las contradicciones que genera, indicó el director general Jurídico y de Asuntos Legislativos del gobierno capitalino, Enrique García Ocaña.

Las inconsistencias de ese instrumento, en el caso del Distrito Federal, se pueden advertir en lo siguiente: la ley del Renave marca la obligación para notificar el aviso de cambio de propietario, pero si se omite el trámite no hay sanción considerada y por lo tanto no hay multa fijada en pesos.

Es decir, si el particular no hace el aviso de cambio de propietario tampoco tiene problema alguno, indicó el funcionario capitalino que ha estudiado los diferentes ordenamientos en torno al Renave.

En este caso, el riesgo es precisamente la pérdida de confiabilidad y actualización del listado de propietarios de vehículos, pues puede pasar el tiempo sin que se actualice el padrón de dueños.

Dicho en sentido figurado, la inscripción es el acta de nacimiento de un auto, pero si no hay avisos de cambio de propietario ya no se puede saber qué ocurre con el ve- hículo, en dónde ha estado o si tiene alguna cuenta pendiente quien aparecer como propietario.

La laguna en este caso se ubica en el artículo 26 fracción II de la ley del Renave, que deja de lado las sanciones, precisó.

En el análisis del tema, García Ocaña encontró también que en 1995 dejó de funcionar el Registro Federal de Vehículos, que ahora se sustituye por el Renave; sin embargo, hay un vacío en la ley pues entre 1998 y el 2000, es decir entre la creación y puesta en operación del Renave, no se menciona qué procede con los automóviles en ese lapso.

Entrevistado tras el anuncio del secretario de Comercio y Fomento Industrial, Herminio Blanco Mendoza, de intervenir técnicamente el Renave, el director general Jurídico opinó que esta acción "no subsana las lagunas".

Entre éstas, dijo que el Renave no considera en la ley que le dio origen diversas condiciones de carácter constitucional, que tratan de solventar en el reglamento.

La intervención técnica no salva la ilegalidad, quizá lo que pretende la Secofi es tener una posición más firme ante la concesionaria, pero ese es un proceso paralelo, explicó.

La única forma de reparar las omisiones tiene que ver con la modificación de la ley del Renave a cargo de la Cámara de Diputados y del Senado, y en este caso --precisó García Ocaña-- se deberán respetar las facultades expresas y exclusivas que tiene la Asamblea Legislativa del Distrito Federal (ALDF) en materia del registro de transportes para la ciudad de México.

Está claro que el Congreso de la Unión no debe legislar en asuntos de excepción que se le confieren a la Asamblea. Por ello reiteró que los ciudadanos del DF no tienen obligación en inscribirse al Renave.

Asimismo, subrayó que no se puede disminuir el monto de la inscripción, como lo hizo en forma unipersonal el propio secretario Herminio Blanco, pues esta forma de proceder se ubica en el tipo penal de concusión; sobre este tema también habló ayer en entrevista radiofónica el Consejero Jurídico del DF, Manuel Fuentes, quien dijo que sólo el Congreso puede modificar este tipo de contribución.

De la posibilidad de revocar la concesión, dijo que se debe estudiar si es posible tal decisión, pues hubo ya un gasto considerable en publicidad y compra de equipo para operar el sistema.

La decisión para adjudicar la concesión fue del gobierno federal y ahora no se puede revertir sin un costo en diferentes renglones. A pesar de las irregularidades y de los datos que han salido a la luz pública acerca de por qué a la cabeza de la concesionaria se ubica Ricardo Miguel Cavallo, un sujeto perseguido por presunta tortura, no es sencillo determinar la revocación.

Se tiene que acreditar que las causas de esta medida son acreditables a la empresa y en todo caso recurrir a los tribunales. En el Distrito Federal, por ejemplo, la revocación de concesiones, como lo marca la Ley de Transporte, se concreta previo acuerdo de compromiso por ayudar a la recuperación del dinero invertido.