DOMINGO 20 DE AGOSTO DE 2000
Ť Antonio Gershenson Ť
El Estado, Ƒcivil o teocrático?
En Baja California, Guanajuato y Jalisco, la ultraderecha del PAN ha cometido actos propios de siglos pasados, que han merecido la crítica o condena incluso de otros miembros de ese mismo partido. Hay quienes consideran que se trata de una cuestión marginal; pero su fondo no lo es: si seguiremos teniendo un Estado civil, o si tendremos uno teocrático.
El aspecto más profundo de estos casos no es sólo si se debe o no penalizar, por ejemplo, el aborto de una mujer violada. Detrás de eso está otra disyuntiva: si los postulados establecidos en nombre de una religión deben ser aplicados, como ley, sobre todos los ciudadanos del país.
Podrá pensarse que esa disyuntiva ya no es actual, que pasó a la historia. Lamentablemente, no es así. Por ejemplo, el matrimonio civil, conquista tal vez no muy mencionada como tal porque en México la tenemos desde hace casi un siglo y medio, no existe para cientos de millones de seres humanos, hoy. Una de las implicaciones de esa situación es que no se pueden casar los integrantes de una pareja en la que sus dos miembros practican religiones distintas, salvo si uno de ellos adopta la religión del otro.
Casos como este se hacen más frecuentes ahora con las migraciones masivas, voluntarias o no, que se han dado en las últimas décadas. Una pareja en esta situación, en el llamado Cercano Oriente, debería viajar, si tuviera los medios, hasta la isla de Chipre, en el Mediterráneo, para poderse casar, pues es el punto más cercano en el que existe matrimonio civil. Más al oriente, se tendría que viajar a alguna de las repúblicas que pertenecieron a la URSS, y más allá, el destino sería India o China. Además, hay todavía algunos países latinoamericanos que no tienen matrimonio civil.
Lo que decimos sobre el matrimonio se aplica a otros aspectos de la vida cotidiana. Para nosotros son comunes desde el acta de nacimiento hasta el acta de defunción. Pero documentos como estos son sustituidos, en otros caso, por documentos de las jerarquías religiosas dominantes, como sucedía aquí.
El Estado y la legislación deben ser plenamente civiles. Se debe garantizar a cada ciudadano el libre ejercicio de sus creencias, y para ello es preciso que no haya una que sea la oficial. La libertad de tener una u otra religión sólo puede existir con un Estado ciento por ciento civil. Por supuesto, también la libertad de no profesar ninguna.
Esto no es algo accesorio. A lo mejor lo era para muchos. Lo deja de ser, incluso para ellos, cuando hay quienes nos quieren arrebatar algo tan elemental como la vida civil en un Estado civil.