* Luis Villoro *
Estado, mujeres y aborto
En torno del derecho de la mujer para abortar se encuentra un conflicto que opone consideraciones morales muy diferentes. Ante un tema controvertido que permite muchas opiniones morales divergentes, el problema es: Ƒel Estado tiene derecho a imponer una concepción moral frente a la diversidad de las que existen en la sociedad?
El problema no es si el aborto es bueno o es malo; el problema es si el Estado tiene derecho de imponer leyes y castigos que corresponden a una visión del problema que no es compartida por todos los ciudadanos, sino que, al contrario, contradice la opinión de muchos ciudadanos.
En efecto, la opinión sobre si el aborto es o no un crimen es muy controvertida, porque no existe actualmente criterio científico seguro para determinar en qué momento el feto llega a ser considerado como una persona.
Incluso los estudios más viables de reconocimiento, los más aceptados por el conocimiento científico, son aquellos que dicen que la persona humana tiene como condición el desarrollo del sistema nervioso central, y que por lo tanto un feto no puede ser considerado mientras no se desarrolle su sistema nervioso central, cosa que ocurre aproximadamente después de dos meses de la concepción.
Incluso dentro de la Iglesia católica las opiniones no son coincidentes. No hay que olvidar que los más grandes teólogos de la Iglesia católica, reconocidos en todos los tiempos por ésta, San Agustín de Hipona y Santo Tomás de Aquino, aceptaban la posibilidad de interrumpir el embarazo cuando el producto no hubiera adquirido las condiciones materiales que permitieran juzgar que tuviera alma.
Según Santo Tomás de Aquino, en el producto varón esto acontecía a las ocho semanas, y en el producto mujer, porque había una concepción que separaba a la mujer del hombre en aquel momento, era, creo, a las diez semanas.
Nos preguntaríamos entonces si algún obispo mexicano excomulgaría actualmente al santo Tomás de Aquino por mantener esas opiniones que serían, según él, contrarias a lo dicho por el Vaticano.
Si no hay un criterio seguro para determinar en qué momento el feto se convierte en persona, y es susceptible, por lo tanto, de ciertos derechos que sólo corresponden a la persona; si incluso los criterios científicos, y los de algunos teólogos importantes, van en el sentido de que sólo después de un tiempo de desarrollo del feto es cuando puede considerársele persona; si esto es así, Ƒtiene acaso derecho el Estado o la Iglesia, o cualquier corporación de la sociedad, a imponer su propio criterio sobre los demás?
La respuesta sería positiva en un Estado totalitario. En uno democrático la respuesta no puede ser más que negativa. No se trata, por lo tanto, de determinar si el aborto es bueno o malo; no es este el problema; lo que se trata es de saber si el Estado tiene derecho a imponer una concepción sobre este punto a las personas privadas, o debe respetar todas las opiniones y, en ese caso, debe despenalizar cualquier acción que sea hecha conforme a una opinión moral responsable, aunque no corresponda a otras opiniones de otros sectores.
Si esto es así, me parece que es una condición indispensable del Estado liberal y democrático el respeto a los derechos de las mujeres para decidir sobre su propio cuerpo, y decidir con moralidad responsable, personal, lo que quieren hacer con sus vidas.
Por eso es que la iniciativa que presenta actualmente la jefa del Gobierno del Distrito Federal, que va en un sentido democrático y liberal, es una iniciativa que, desde el punto de vista de algunos de nosotros, todavía no va suficientemente lejos, porque lo que un Estado democrático y liberal debería de aceptar es la despenalización total de cualquier asunto que concierna al aborto.
Sin embargo, va en buena dirección, porque trata de despenalizar la práctica del aborto por lo menos en una circunstancia que es obvia y que a todo el mundo debería de parecer absolutamente aceptable, que es el caso en que la mujer tenga un problema de salud que impida realmente que tenga un parto satisfactorio.
El aborto, en este caso, es una protección a la salud de la mujer. En este caso, es evidente que la mujer tiene derechos constituidos, establecidos por nuestra Constitución, a preservar su propia vida. Si hay un derecho a la vida, es este derecho, "el derecho de la mujer a preservar su salud y su vida".
A este derecho de mujer no puede contraponerse un pretendido derecho del feto que ųsegún dije antes y según opinión mayoritariaų no es aún una persona; y los derechos civiles, los derechos humanos, corresponden a las personas que están plenamente desarrolladas y que son miembros de la sociedad.
En este caso, la propuesta del Gobierno del Distrito Federal es una propuesta a favor no sólo de una legislación democrática y liberal que respete las opiniones a este respecto, de todos los ciudadanos, sino que es una medida que está en favor del derecho a la vida de las mujeres.
* Palabras del escritor durante el acto en el que Rosario Robles, jefa de Gobierno del Distrito Federal, firmó, este 14 de agosto, la iniciativa de ley de reforma al Código Penal, en el Antiguo Palacio del Ayuntamiento