SABADO 12 DE AGOSTO DE 2000
Ť Caso ecologistas presos
Tácita aceptación de Sedena a la queja de la CNDH: Centro Pro
Triunfo Elizalde Ť La recomendación 08/2000 de la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH, dirigida al general Enrique Cervantes Aguirre, titular de la Sedena, "refuerza los argumentos de la defensa legal del Centro de Derechos Humanos Miguel Agustín Pro Juárez en favor de los campesinos ecologistas Rodolfo Montiel Flores y Teodoro Cabrera García", señaló ayer esta ONG.
"La aceptación de la recomendación por parte de la Sedena sólo constituye el primer paso, ya que aún falta que tal aceptación se materialice en el cumplimiento cabal de los señalamientos". Precisa que el oficio 539/14 que la Defensa envió a la CNDH, por conducto del general Fernando Cardoso Partida, subjefe de Documentación Militar del Estado Mayor de esa dependencia, "tácitamente acepta la recomendación emitida sobre el caso de los ecologistas mencionados", quienes continúan presos en Iguala, Guerrero, en espera de la sentencia que habrá de dictarles el juez que lleva el caso.
"Como manifestamos en días pasados -puntualiza el Pro Juárez-, en la recomendación de referencia, la CNDH señala que los ecologistas fueron vulnerados en sus derechos al ser detenidos ilegalmente, torturados y finalmente objeto de siembra de evidencias delictivas, como son las armas que se les imputan y las plantas de mariguana. Esto último lo reconoce la CNDH al esgrimir que Montiel y Cabrera no se encontraban armados al momento de su detención ni existe el supuesto sembradío de mariguana.
"Lo anterior lo corrobora dicha institución gubernamental al señalar que el comandante de la 35 Zona Militar envió un oficio a su homólogo de la Novena Región, en donde le comunica que las armas fueron encontradas por hallazgo y en ningún momento señala que las portaban los campesinos al momento de su detención".
La citada ONG dice que "entre los militares que deben ser sujetos a investigación y posible juicio destacan los comandantes de la 35 Zona Militar, general brigadier J. Pérez Toledo, y el de la Novena Región Militar, con sede en Cumbre de Llano Largo, Acapulco, Guerrero, además del teniente coronel de Infantería, José Pedro Arciniega Gómez, el capitán segundo de Infantería, Artemio Nazario Carballo, y el sargento segundo de Infantería, Calixto Rodríguez Salmerón, entre otros elementos castrenses señalados en la recomendación 08/2000".
Explica que conforme a la ley para prevenir y sancionar la tortura, "los responsables de este delito pueden ser condenados a una pena de tres a 12 años de prisión, además de la inhabilitación del cargo; sanción a la que podrían sumarse los delitos de abuso de autoridad y privación ilegal de la libertad, que son castigados con dos y nueve años, el primero, y con 20 a 40 años el segundo".