VIERNES 11 DE AGOSTO DE 2000

Ť Al ratificarlos el Senado se convierten en ley, recuerdan Conmujer y Conapo


Contra acuerdos internacionales, penar legrado por violación

Matilde Pérez U. Ť La reforma legal al Código Penal de Guanajuato para sancionar a las mujeres que aborten, incluso cuando el embarazo sea consecuencia de una violación, va en contra de dos acuerdos internacionales relacionados con los derechos de la mujer, los cuales fueron ratificados por el Senado de la República, puntualizaron la coordinadora general de la Comisión Nacional de la Mujer (Conmujer), Guadalupe Gómez Maganda, y el secretario general del Consejo Nacional de Población (Conapo), Rodolfo Tuirán.

Este último aclaró que el gobierno no induce el aborto como una política de control natal, ya que considera esta práctica como un problema social y de salud pública; de acuerdo con las cifras de este organismo descentralizado de la Secretaría de Gobernación, anualmente se realizan 230 mil abortos.

Cualquier intento de cambiar la norma jurídica en materia de aborto trastoca los consensos construidos durante largos años, y pone en entredicho el ejercicio de derechos y garantías individuales fundamentales para las mujeres.

"La violación constituye un atentado contra la voluntad y la libertad sexual de las personas; ese acto lesiona el pudor, la dignidad, la seguridad, la integridad corporal, e incluso pone en riesgo la vida de quien es atacada. Resulta inaceptable que un hecho delictivo que deviene en embarazo convierta la procreación en una obligación jurídica para la mujer, cuyo incumplimiento puede ser sancionado", mencionó Tuirán.

Insistió en que el Estado está obligado a proteger a la víctima de la violación y no a criminalizarla. "Cuando el poder público impone a la víctima la obligación de un embarazo producto de una violación priva a la mujer de su libertad y de sus derechos; el régimen jurídico de este tipo vuelve nula la igualdad del hombre y la mujer ante la ley".

Gómez Maganda recuerda al gobernador de Guanajuato que el gobierno ha suscrito diversas convenciones que han sido ratificadas por el Senado, "lo que, de acuerdo con el artículo 133 constitucional, los convierte en ley suprema, y conforme a la última jurisprudencia de la Corte, tienen jerarquía superior a otras normas ordinarias".

Ese es el caso de las convenciones sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer y de la interamericana, para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer, conocida como Convención Belem do Pará.

También establecen la obligatoriedad por parte de los Estados de garantizar el acceso de las mujeres a todos sus derechos, y se insiste en que las víctimas de la violencia tengan acceso efectivo a resarcimiento, reparación del daño u otros medios de compensación justos y eficaces.

En una carta que envió Gómez Maganda al gobernador de Guanajuato explica: "el principio de no penalizar el aborto producto de una violación se funda en el derecho de la mujer a la voluntaria y no forzada maternidad. El derecho a optar por abortar el producto de una violación, reconocido por los estados de la República, es un principio fundamental del cuestionamiento y análisis de la improcedencia de la modificación al Código Penal de Guanajuato".

Al documento de la coordinadora de Conmujer se agregaron las cartas de la senadora María del Carmen Bolado del Real, contralora del Programa Nacional de la Mujer, y de la diputada María Elena Chapa. La primera advierte: "las mujeres no daremos un paso atrás en nuestro derecho a abortar el producto de una violación y reconocido en 28 estados del país".

La misiva de la diputada Chapa, dirigida al presidente de la mesa directiva del Congreso de Guanajuato, Arnulfo Vázquez Nieto, expone: "suprimir la oportunidad de decidir de las mujeres violadas sobre el destino del producto exhibe orfandad neuronal y falta de sensibilidad que corresponde al oscurantismo conservador represivo de las libertades, la igualdad y la equidad en los gobiernos panistas".