MIERCOLES 19 DE JULIO DE 2000

 


Ť Eduardo R. HuchimŤ Ť

ALDF: cláusula de gobernabilidad

Segunda y última

Mi desacuerdo con la asignación de diputados de representación proporcional efectuada por el Instituto Electoral del Distrito Federal (IEDF) se centra esencialmente en que éste privilegió el ordenamiento del Código que considera a la coalición (que para el caso es la Alianza por el Cambio, integrada por el PAN y el PVEM) como un solo partido político, sobre lo dispuesto por la Constitución General de la República y por el Estatuto de Gobierno del Distrito Federal: aplicar los artículos de mayoría absoluta o cláusula de gobernabilidad de acuerdo con las constancias de mayoría de diputados que un partido político haya obtenido por sí mismo.

Decía en la primera parte de este artículo que la contradicción entre estos dos ordenamientos es más aparente que real, porque ambos son correctos. Me explico: lo dispuesto por la Constitución y por el Estatuto es aplicable en el momento de determinar la llamada cláusula de gobernabilidad, y para cumplir con el "por sí mismo" es necesario dilucidar cuántas constancias de mayoría recibió cada partido. Después de cumplir con esta disposición expresa para otorgar la mayoría absoluta en la ALDF, entonces sí debe tratarse a las coaliciones como si fueran un solo partido político. Aplicar esto último a todos los diputados de representación proporcional, inclusive a los necesarios para cumplir con la cláusula de gobernabilidad, es lo que propició en el IEDF la aplicación incorrecta de la ley.

Ahora bien, Ƒcómo se puede dilucidar cuántos diputados recibió el PAN y cuántos el PVEM si los electores votaron por un solo símbolo, el de la Alianza por el Cambio? Es fácil hacerlo, si se revisa el convenio de coalición suscrito por ambos partidos, pues en éste se precisa en cuáles distritos de la ciudad de México fueron postulados candidatos de un partido y en cuáles del otro. De los ocho candidatos del PVEM, ganaron siete, de suerte que para determinar los diputados de mayoría relativa que el PAN obtuvo por sí mismo, se precisa restarles esos siete, y como la Alianza por el Cambio triunfó en 21 distritos, entonces le quedan 14 al PAN, con 28.95 de la votación (ver cuadro 1).

El criterio de "por sí mismo" hay que aplicarlo también al PRD, que presentó 40 candidaturas comunes y ganó 19 diputados. En este caso es todavía más fácil dilucidar cuántos de estos legisladores le corresponden sólo al PRD, pues basta determinar en cuántos casos fueron suficientes sus propios votos para triunfar y en cuántos requirió de los sufragios de sus aliados para lograr la victoria. Haciendo esta operación, resulta que el PRD triunfó por sí mismo en 13 distritos, uno menos que el PAN, y con 30.97 de la votación.

Ahora bien, recordemos que, como decíamos ayer, para ser adjudicatario de la cláusula de gobernabilidad se necesitan dos requisitos: mayor número de constancias de mayoría y al menos el 30 por ciento de la votación. Evidentemente, el PAN cumple con uno de esos requisitos, pues posee el mayor número de constancias, pero no con el otro, porque no alcanza el 30 por ciento. Por su parte, el PRD sí cumple con este último requisito, ya que supera ese 30 por ciento, pero no llena el primer requerimiento, por no poseer el mayor número de constancias.

Dicho de otro modo, ni el PAN ni el PRD pueden ser adjudicatarios de la cláusula de gobernabilidad. En consecuencia, es preciso aplicar lo establecido en el inciso d) del artículo 13 del Código Electoral del Distrito Federal, que a la letra dice:

"De no actualizarse lo previsto por el inciso a) del presente artículo, se procederá a calcular el cociente natural con la totalidad de integrantes de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal; una vez calculado el número de veces que contiene el cociente natural cada una de las votaciones de los partidos, se restará el número de diputados uninominales que haya obtenido el resultado de esta operación y, en su caso, el resto mayor será el número de diputados de representación proporcional que se asignará a cada partido político".

Aplicando esta fórmula se obtiene una composición de la ALDF por completo distinta a la determinada por el IEDF, ya que la Alianza por el Cambio quedaría con 25 diputados y el PRD con 22, por lo cual perderían, respectivamente, nueve y cuatro curules de las asignadas por el IEDF, y en cambio el PRI ganaría 11 diputados más y Democracia Social dos más. Con esta fórmula, la profunda inequidad que se deriva de la asignación hecha por el IEDF desaparece y la proporcionalidad entre votos y diputados tiene una clara expresión, como puede verse en el cuadro número 2. Es decir, de ese modo se respetaría con más fidelidad lo que los electores expresaron en las urnas.

Curiosamente, como ha hecho notar La Jornada, cuando esta propuesta fue presentada en la mesa del Consejo General del instituto, ningún partido se sumó a ella, ni siquiera el PRI y el PDS, que resultaban muy beneficiados, aunque posteriormente han intervenido en la impugnación que el PRD hizo a la decisión del IEDF, como terceros interesados y usando una argumentación similar a la aquí expuesta. La impugnación del PRD tiene puntos de coincidencia con lo aquí expresado, pero difiere en cuanto a que este partido demanda la aplicación para sí de la cláusula de gobernabilidad. Desde luego, como todos los partidos, el PRD tiene legítimo derecho de reclamar lo que estima pertinente y mal haría si actuara de otro modo. Por su lado, el PAN también ha presentado sus argumentos, que seguramente serán evaluados por la instancia jurisdiccional.

Concluyo diciendo que, aun cuando hay partidos gananciosos y perdidosos con mi propuesta de asignación de diputados de representación proporcional, la iniciativa no busca el beneficio ni el perjuicio de ninguno de los actores políticos, pero sí lo que a mi juicio es la manera más correcta y equitativa de aplicar la ley. Como quiera, la decisión habrá de tomarla el Tribunal Electoral del Distrito Federal, cuyos magistrados están en estos días estudiando cuidadosamente este caso, y su fallo, cualquiera que sea su sentido, debiera ser aceptado sin reservas por todos.

ŤConsejero electoral del IEDF