MIERCOLES 21 DE JUNIO DE 2000

* Descarta sancionar al obispo de Papantla


El gobierno da por concluida la controversia con Alamilla

* El prelado ofreció disculpas en carta que envió a Almazán

José Antonio Román, Enrique Méndez y corresponsales * La Secretaría de Gobernación dio por concluido el "procedimiento administrativo" seguido en contra del obispo emérito de Papantla, Genaro Alamilla Arteaga, luego que ofreció "excusas" por sus declaraciones periodísticas, donde criticó el uso partidista y electoral de ayuda a los damnificados de Chalco.

La decisión de la dependencia de no sancionar al obispo se tomó luego que -informaron fuentes de Gobernación-, el obispo "se echó para atrás" y que "hasta disculpas pidió" en una carta dirigida al director general de Asuntos Religiosos, Jaime Almazán Delgado.

Las mismas fuentes precisaron que Alamilla sí pudo haber sido sancionado, con base en la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, que se aplica en forma supletoria a la de Asuntos Religiosos, cuando no existen los instrumentos en la ley original, y que en aquélla fue en la que se apoyó la secretaría para requerir al obispo.

En la carta dirigida a Almazán, Alamilla Arteaga aseguró en sus declaraciones que no pretendió hacer proselitismo en contra de un partido político, en este caso el PRI. "De proselitismo no tiene nada semánticamente considerado, pues el proselitismo tiende a ganar adeptos, y no es el caso", precisó.

Asimismo, el prelado señaló que no ignora las leyes civiles que rigen la convivencia entre los mexicanos, pero también conoce bien las propias de la Iglesia, así como lo que puede o no decir.

"Conozco mis deberes y mis derechos como ciudadano, y en vista de esto dedico buen tiempo en escribir -cuando me lo piden- en algunos diarios del país; yo no me ofrezco ni recibo honorarios", dice Alamilla, quien acompañó su escrito con dos artículos donde reiteró el legítimo derecho que tienen los obispos y los sacerdotes para opinar, incluso en cuestiones políticas, aunque no partidistas.

La dependencia del gobierno federal emitió un comunicado con algunos fragmentos de la carta, de la cual La Jornada obtuvo copia, y en ella el prelado reiteró sus declaraciones que provocaron el conflicto con Gobernación -parte que omite el comunicado oficial-, en el sentido de que cualquier partido, sea este el PRI, el PAN u otro, que condiciona su ayuda a cambio del voto, actúa en forma deshonesta "y viola la ley que establece la libertad para votar; es inmoral y deshonesto el aprovechar la necesidad y la miseria de esos hermanos para obtener votos".

Alamilla relata la forma en que se realizó la entrevista telefónica que le hizo un reportero de un diario capitalino y de donde surgió esta diferencia con la Secretaría de Gobernación. Dijo que aunque él nunca pronunció la palabra "PRI", era "obvio" que el reportero -por la forma en que le formuló la pregunta- y él mismo se referían al Revolucionario Institucional.

De igual forma, dice al director de Asuntos Religiosos que quienes por determinada razón están en la mira de los medios, "aceptamos el riesgo de que lo que decimos se malinterprete, se tergiverse, se altere, y de esto ni el mismo señor residente se ha escapado, y por otra parte no podemos ni debemos callar a pesar del riesgo cuando de la verdad, del bien común o de los derechos de la persona se trata".

La misiva

El obispo deja en claro que la carta la escribe ante la insistencia de la dependencia de que se haga por escrito, pues días antes el mismo director de Asuntos Religiosos, Jaime Almazán, lo buscó telefónicamente para solicitarle una explicación a esa nota periodística, pero "ahora dada su insistencia, casi repetiré lo mismo, con algunas reflexiones más, que espero le satisfagan", además que ahora acompañó la carta con dos artículos.

Al final de su texto, Alamilla subraya: "Reconozco que me excedí en lo que debería haber sido una simple respuesta, por lo que le pido acepte mi debida excusa, mas sobre el tema hay abundantes razonamientos y ojalá tenga la oportunidad de conversar con usted y verá que no hay ninguna disposición de parte mía de violar las leyes que rigen las relaciones entre la Iglesia y el Estado".

De la carta recibió copia el mismo presidente de la Conferencia del Episcopado Mexicano y arzobispo de San Luis Potosí, Luis Morales Reyes.

Lamentable, aprovecharse de la pobreza

Mientras, los obispos de Saltillo y de Culiacán, Raúl Vera y Benjamín Jiménez Hernández, también condenaron la coacción y compra de votos, prácticas "que retrasan el proceso democrático que vive el país". Vera cuestionó el hecho de que se haga creer a la población que los recursos de los programas sociales provienen de un partido político.

"Aprovechar la ignorancia, el miedo y el hambre es lo que no se vale, porque implica retrasar el camino a la democracia", precisó.

Por su parte, el obispo de Zacatecas, Fernando Mario Chávez Ruvalcaba, defendió a Alamilla Arteaga, y aseguró que en esta etapa electoral debe construirse "una nación en la unidad y la fraternidad", y llamó a las autoridades civiles "para que quitemos entre nosotros las susceptibilidades, los odios y las malas voluntades".

Aunque calificó como "delicada" la situación entre Gobernación y el obispo de Papantla, Chávez Ruvalcaba manifestó que el pronunciamiento de Alamilla es válido "desde la perspectiva de Cristo, por la defensa de los desprotegidos y los derechos humanos y sociales".

En tanto, Vera López lamentó que aun cuando México "vive un momento político interesante, que indica una apertura real a la democracia y a la alternancia", a "estas alturas se siga aprovechando la ignorancia de los ciudadanos para inducir el voto mediante el miedo, el hambre y la ignorancia".

Por su parte, el obispo de Culiacán, Benjamín Jiménez Hernández, subrayó: "Estamos viviendo el nacimiento de una oposición que ahora parece ser real, porque desgraciadamente durante muchos años vimos una oposición que era aplastada por la maquinaria del partido político que está en el poder desde hace más de 70 años".

El ex obispo coadjutor de la Diócesis de San Cristóbal de las Casas, Chiapas, agregó que "los signos de la oposición ya marcan una apertura más real a la democracia, pero nos gustaría que los candidatos se ganaran el voto mediante la exposición de sus propuestas y no echándose tierra unos a otros".

"No es válido lanzar amenazas"

Por su parte, el asesor en asuntos religiosos de la campaña de Vicente Fox, Alberto Ortega Venzor, cuestionó el tono del ultimátum a Genaro Alamilla, y dijo que el llamado al obispo por parte de Gobernación fue una "expresión desproporcionada, drástica y fundamentalista. No es válido lanzar ese tipo de amenazas".

Defendió la legalidad de las declaraciones de Alamilla y su derecho a expresar sus ideas. "Su único 'pecado' fue hablar", afirmó.

Asimismo, aseguró que en caso que Fox gane la Presidencia, se presentará a la 58 Legislatura un proyecto para reglamentar la ley de asociaciones religiosas, para otorgarles a las iglesias más libertad, a partir de una "definición precisa" de sus actividades. (Con información de los corresponsales Alfredo Valadez, Fernando López y Javier Valdez)

 


 

MIERCOLES 21 DE JUNIO DE 2000

* Tampoco hay querella contra hermanos de Fox, informa la fiscalía especializada


No existe denuncia oficial que involucre a Alamilla

* Ningún antecedente sobre el reclamo perredista por coacción del voto en el estado de Guerrero

José Galán * De enero a la fecha, la Fiscalía Especial para la Atención de Delitos Electorales, dependiente de la Procuraduría General de la República (PGR), ha recibido 380 denuncias, 100 de ellas tan sólo en lo que va del mes de junio, afirmó su titular, Javier Patiño Camarena, quien reveló que 70 por ciento de quejas han sido presentadas por el Instituto Federal Electoral (IFE) y el resto por los partidos políticos, particulares y funcionarios públicos.

En entrevista, el funcionario informó que no hay ninguna denuncia en contra de ministros de culto, particularmente en contra del obispo emérito de Papantla, Genaro Alamilla Arteaga, a pesar de que violó las disposiciones legales contenidas en el artículo 404 del Código Penal Federal, o de los hermanos de Vicente Fox Quesada, quienes son investigados sobre la presunta desviación de recursos para la campaña electoral del candidato presidencial de la Alianza por el Cambio.

Incluso, reveló que aún no tiene en su poder la denuncia del PRD sobre presuntos delitos de coacción del voto en estados como Guerrero.

Agregó que la mayor parte de las denuncias se han presentado por alteraciones en las credenciales de elector y, en segundo lugar, por delitos relacionados con la coacción del voto, incluyendo el reparto de despensas y la condicionante laboral de votar por un candidato en particular.

En este sentido, el Partido Revolucionario Institucional (PRI) es el que mayor número de denuncias tiene en materia de servidores públicos, ''porque es el que controla más gobiernos, desde el federal, hasta estatales y municipales'', agregó el funcionario.

La mayor parte de las querellas han sido presentadas en Chiapas, Distrito Federal y estado de México, pero también en los estados de Jalisco, Guanajuato y Sinaloa. Incluso, hay dos denuncias en contra del gobernador chiapaneco, Roberto Albores Guillén, por la promoción y coacción del voto a favor del Partido Revolucionario Institucional.

''Peculado electoral''

Del total de quejas, reveló que aproximadamente 160 se refieren a los delitos previstos dentro del artículo 411 del Código Penal Federal, es decir, la alteración o falsificación de credenciales para votar con fotografía, incluyendo denuncias de agentes del Instituto Nacional de Migración (INM) que han detenido a personas que portaban documentos falsos, y el resto se refieren al artículo 407, que prevé -dijo- delitos como ''peculado electoral'', es decir, referidos a los servidores públicos que obliguen a sus subordinados, haciendo uso de su jerarquía, a emitir votos a favor de un partido político o candidatos a puestos de elección popular.

Este artículo también hace referencia a las penas para los servidores públicos que condicionen la prestación de un servicio, el cumplimiento de programas o la realización de obra al apoyo de un partido político o candidato; al que destine, de manera ilegal, fondos, bienes o servicios que tenga a su disposición para influir en el sentido del voto, o que preste algún servicio a los partidos políticos o a sus candidatos a través de sus subordinados, usando el tiempo correspondiente a sus labores de manera ilegal.

''Estamos viviendo un boom electoral, pero debe quedar claro que una denuncia no es sinónimo de delito'', advirtió. ''Debemos estar atentos contra denuncias frívolas, sin sustento. Y hay que advertir que sólo los delitos electorales contemplados en el título XXIV del Código Penal Federal, son de nuestra competencia. Y son los únicos que atenderemos''.

Según el artículo 413 de ese código, los responsables de los delitos electorales, ''por haber acordado o preparado su realización'', no alcanzan la libertad provisional, por ser considerados graves.

Intervención de los jueces de distrito

Sin embargo, en el artículo 194 del Código Federal de Procedimientos Penales se establece la lista de los delitos considerados como graves, sin posibilidad de permitir la libertad provisional, ''por lo que serán los jueces de distrito los responsables de saber a cuál de estas disposiciones se van a sujetar'', afirmó Patiño Camarena. ''La mayor de las veces, los jueces de distrito están a favor de recurrir a lo que dispone el artículo 194 del Código Federal de Procedimientos Penales, pero esto no quiere decir que algunos no fundamenten su resolución en los apartados sobre delitos electorales del Código Penal Federal'', añadió.

En un proceso electoral, dijo, ''pueden haber muy diferentes tipos de irregularidades, y no todas son delitos electorales. Hay algunas irregularidades que, en los términos de la ley, son faltas administrativas, y de ellas debe conocer el Consejo General del IFE o el Tribunal Federal Electoral, según se establece en la ley'' en la materia.

Y advirtió finalmente: ''Puede haber irregularidades en el proceso electoral, de acuerdo con el concepto que puedan tener los ciudadanos, que por falta de previsión legislativa en el momento actual ni configuren faltas administrativas ni configuren causales de nulidad de la votación en las casillas ni tampoco delitos electorales federales. Y eso -concluyó- pone de manifiesto que la ley es susceptible de mejorarse o de enriquecerse''.

 


 

LAS MULTAS

De acuerdo con el artículo 404 del título XXIV del Código Penal Federal, se impondrán hasta 500 días multa a los ministros de cultos religiosos que, en el desarrollo de actos públicos propios de su ministerio, induzcan expresamente al electorado a votar a favor o en contra de un candidato o partido político, o a la abstención del ejercicio del derecho del voto.

Para efectos de la ley, se entiende que un día multa significa el dinero que en 24 horas obtiene el sospechoso de haber cometido algún delito. En este caso, si un ministro de culto obtiene, por decir, 3 mil pesos diarios, la pena sería entonces de un millón 500 mil pesos. (José Galán)