JUEVES 13 DE ABRIL DE 2000
* No se aceptarán presiones de nadie, afirma el presidente del TEDF
El TEPJF analiza ya el caso; prevé complicaciones
Jesús Aranda y Raúl Llanos * El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) inició el estudio del caso de Andrés Manuel López Obrador, aspirante de la Alianza por la Ciudad de México al gobierno de esta ciudad, y se espera que sea un asunto "complicadísimo", porque los argumentos a favor y en contra del registro del perredista no son del todo contundentes, y por ende, dijeron fuentes judiciales, se espera un proceso de discusión y dictamen muy debatido, e incluso una votación dividida.
En este contexto, el presidente del Tribunal Electoral del Distrito Federal (TEDF), Raciel Garrido, aseguró ayer que una vez que se presente de manera formal el correspondiente recurso de apelación, se hará un análisis exhaustivo e integrará debidamente el expediente, y se realizarán las investigaciones que se deban hacer, pero no habrán de aceptarse presiones de partidos, candidatos o grupos políticos, previo a emitir lo que será "la verdad legal del Tribunal".
Por lo que corresponde al TEPJF, las instancias consultadas señalaron que el caso de López Obrador les llegará "tarde o temprano", por lo que los secretarios de los magistrados comenzaron a estudiar el tema, para que una vez que sea recibido se resuelva con el mayor material de apoyo posible y lo más rápido que se pueda.
Para el TEPJF, el "plazo fatal" será antes de que el Consejo Electoral capitalino resuelva el formato de las boletas electorales del próximo 2 de julio.
De acuerdo con las fuentes consultadas, un aspecto fundamental a favor del López Obrador será que demuestre que dejó de ser dirigente del PRD en Tabasco con el tiempo suficiente para probar que tiene una residencia efectiva en la capital del país de por lo menos cinco años previos a los comicios, como lo señala el Código Electoral del Distrito Federal.
Respecto a la controversia generada con relación a la credencial de elector del abanderado de la Alianza por la Ciudad de México, expedida en Tabasco, los informantes llamaron la atención en que existe incluso una tesis "relevante" que data de 1994, en la que el tribunal determinó que "la credencial con fotografía no es prueba suficiente para acreditar la vecindad y tiempo de residencia".
Los magistrados electorales consideraron que la credencial de elector "no resulta eficaz en sí misma" para tener por cierta la vecindad, ni el tiempo de residencia que como requisitos de elegibilidad exige el artículo 55, fracción tres de la Constitución, por lo que debe probarse la residencia "con otros medios que produzcan convicción".
Se explicó además que el hecho de que una persona vote en determinada entidad de la República tampoco es algo contundente para probar la residencia.
A su vez, Raciel Garrido Maldonado manifestó que una vez que le sea turnado el asunto se asignará a un ministro instructor, quien abrirá un plazo indeterminado de tiempo para allegarse todas las pruebas necesarias, y una vez concluido ese proceso se dictará el auto admisorio, a partir del cual inicia el periodo para dictar una resolución definitiva.
Esta situación, dijo el magistrado presidente del TEDF, no obsta para que los afectados por el fallo puedan recurrir a instancias superiores, que en este caso es el Tribunal del Poder Judicial de la Federación.
Raciel Garrido puntualizó: "Estamos preparados para resistir cualquier tipo de presión, venga de donde venga, y nosotros sólo vamos a impartir justicia electoral atendiendo a lo que es la legalidad".