MIERCOLES 8 DE MARZO DE 2000

Ť Avanzada, la iniciativa para reglamentar el trasplante de órganos: Ssa


Médicos deben denunciar violencia intrafamiliar

Angeles Cruz Ť La Secretaría de Salud (Ssa) publica hoy la Norma Oficial Mexicana 190 relativa a los criterios para la atención médica ante la violencia familiar, por la cual todos los médicos de clínicas y hospitales públicos y privados tienen obligación de denunciar ante el Ministerio Público las lesiones físicas, psicológicas y sexuales que hayan sufrido los pacientes, en particular las mujeres.

En reunión con la prensa, el secretario de Salud, José Antonio González Fernández, reiteró que la iniciativa para reglamentar el trasplante de órganos está muy avanzada, pero se requiere reformar la Ley General de Salud y ello probablemente ocurrirá en el próximo periodo ordinario de sesiones del Congreso.

Igual que lo hizo ante los diputados la semana pasada, el funcionario insistió en que la comunidad médica ha manifestado su apoyo a esta iniciativa y que las iglesias también están de acuerdo con la propuesta para que "todos seamos donadores, salvo precisión en contrario", con el fin de satisfacer una demanda de 100 mil solicitantes de órganos que hay en el país.

También se refirió a la nueva NOM sobre los criterios para la atención médica ante la violencia familiar. De acuerdo con el documento, los galenos deberán identificar a quien pudo haber realizado el maltrato directa o indirectamente.

La norma que hoy aparecerá en el Diario Oficial de la Federación establece que las instituciones de salud deberán contar con un manual de procedimiento apropiado a efecto de aplicar de manera adecuada la ruta crítica de la o el usuario involucrado en violencia familiar. Además, el personal médico deberá estar "sensibilizado y capacitado" en esa área.

De ser necesario, los o las pacientes deberán ser remitidos a otras instituciones con mayor capacidad resolutiva, a fin de lograr precisión diagnóstica, continuidad del tratamiento, rehabilitación, así como apoyos legal y psicológico.

La atención clínica deberá apegarse a los criterios de oportunidad, calidez, confidencialidad, honestidad y respeto a la dignidad de las víctimas. La nueva NOM señala la obligación de las instituciones públicas y privadas de dar aviso al MP de los casos de violencia familiar que hayan atendido y deberán notificarse a la Ssa.

Esta norma responde a una necesidad de garantizar el derecho a la protección a la salud y la plena igualdad jurídica de los hombres y las mujeres. Ello habrá de contribuir a terminar con las situaciones de maltrato y violencia hacia los miembros más débiles (en función del sexo, la edad o la condición física) que se manifiestan cotidianamente. El texto admite que esta desigualdad en los medios familiar y público facilitan el abuso de poder.

En el apartado relativo a detección y diagnóstico de las consecuencias de la violencia doméstica, la norma indica que los médicos habrán de identificar a las o los usuarios afectados por violencia familiar y valorar su grado de riesgo durante el desarrollo de la actividad cotidiana en la comunidad. La historia clínica incluirá los antecedentes de maltrato físico, psicológico, sexual o abandono y los posibles factores desencadenantes del mismo.