Emilio Pradilla Cobos
Jefes delegacionales y jefatura de Gobierno
Las reformas recientes al Estatuto de Gobierno del Distrito Federal, incluidas las decretadas por el Congreso de la Unión el 12 de octubre de 1999, son un paso importante en la legislación para la democratización del gobierno de la capital, al establecer la elección por sufragio universal, secreto y directo de los jefes delegacionales, sus requisitos y algunas de sus funciones. Sin embargo, mantienen candados heredados del viejo régimen y lagunas que, en las circunstancias actuales, pueden dar lugar a graves conflictos y ser factores de ingobernabilidad.
Se mantiene la denominación de "delegaciones" para las demarcaciones territoriales, la cual se vuelve anacrónica en el nuevo contexto, mostrando una cara más de la urgencia de cambiar el estatuto de excepción del DF, convirtiéndolas en municipios plenos. Por ello, no se forma un órgano colectivo y plural de gobierno del tipo ayuntamiento. Se deja en manos del jefe de Gobierno la posibilidad de iniciar juicio de "remoción" de los jefes delegacionales y, en caso de aprobarlo la Asamblea Legislativa, de proponer una terna para la elección indirecta por la ALDF de su suplente, revocando la voluntad popular expresada en el voto; además, las causas para ese juicio son generales, incluyendo "por realizar actos que afecten de manera grave (?) las relaciones de la delegación con el jefe de Gobierno del Distrito Federal", dejando su calificación en manos de la Asamblea.
Se deja también en manos del jefe de Gobierno la propuesta de asignación de recursos a las delegaciones en el Presupuesto de Egresos, señalando criterios generales y vagos, discrecionalmente juzgados por éste y por la ALDF, en el corto tiempo de que dispone para su aprobación. No se establecen mecanismos institucionales de coordinación entre los jefes delegacionales, ni siquiera los de demarcaciones vecinas; sólo mantendrían relaciones verticales con el jefe de Gobierno. Pero el mayor problema radica en la muy débil definición de funciones, responsabilidades y mecanismos institucionales de coordinación de los jefes delegacionales y el jefe de Gobierno, en la planeación, la inversión y la gestión de las partes y el todo urbano, que agrava la situación existente entre el DF y los municipios conurbados del estado de México.
En la coyuntura actual, de duro enfrentamiento entre dos proyectos distintos de ciudad ųel autoritario y neoliberal de PRI-PAN y el democrático del PRDų, y entre tres partidos que quieren tener el control político de la entidad más importante del país, ante la ausencia de una cultura política democrática y republicana que anteponga los intereses colectivos de la ciudad a los individuales de los partidos, estos rezagos del pasado y lagunas de la legislación adquieren una importancia singular. Como es previsible, habrá jefes delegacionales de diferentes partidos políticos, algunos de distintos ideologías y proyectos a los del jefe de Gobierno; la falta de reglas claras podría dar lugar a permanentes presiones, desencuentros y enfrentamientos entre administraciones y partidos, que dificulten la gestión de las acciones que requiere urgentemente la ciudad para superar su crisis y construir un futuro mejor, que vendrían a incrementar las oposiciones entre la jefatura de Gobierno del DF y el Poder Ejecutivo federal, bien conocidas en estos dos años de gestión perredista, posibles gracias a las limitaciones del estatuto político vigente.
Es tarde para resolver estas inconsistencias antes de la toma de posesión en octubre de los jefes delegacionales electos; pero deberá ser prioridad de los nuevos ALDF y Congreso el subsanarlas rápidamente, pero previa una consulta a la ciudadanía, usando los mecanismos del referéndum y el plebiscito, incluidos en la Ley de Participación Ciudadana, y otras formas directas de participación. Una vía posible, que eliminaría la situación de excepción del DF y permitiría homologar las relaciones a la legislación federal y a la tradición histórica de solución de controversias ųimperfecta desde luegoų, sería la conversión del DF en estado de la Federación, y de las delegaciones, por tanto, en municipios con ayuntamiento, en el marco de una Constitución local. Esperamos que los candidatos a jefe de Gobierno y a jefes delegacionales opinen sobre el tema, para normar nuestro criterio de voto, más allá de supuestas imágenes personales, reales o construidas mediáticamente.