MARTES 29 DE FEBRERO DE 2000
Ť Amparos contra leyes de las dos instituciones
Aplaza la Corte decisión sobre los casos del IMSS y la CNDH
Ť Los ministros, sin consenso sobre el derecho a la información
Jesús Aranda Ť El pleno de ministros aplazó ayer su decisión en relación con los amparos interpuestos en contra de las leyes del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y de la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH), asuntos que tienen que ver con el derecho a la información y los alcances del artículo sexto constitucional.
De acuerdo con fuentes consultadas, los ministros optaron por no resolver los cuatro amparos interpuestos en contra de las instituciones señaladas ųuno al Seguro Social y los otros tres a la CNDHų, en virtud que no llegaron a un consenso sobre el significado que tiene el precepto constitucional que establece que el Estado garantizará el derecho a la información.
Por otra parte, se explicó que los ministros debaten también sobre el "derecho individual" para demandar información a las instituciones.
La Corte, al resolver el caso Aguas Blancas, determinó que sí existe un derecho social a la información, y ahora estamos viendo lo relativo al derecho individual, indicó un importante funcionario del máximo tribunal de justicia del país.
Asimismo, trascendió que el problema radica en que, al no estar reglamentado el artículo sexto constitucional, el pleno debe interpretar cuáles son precisamente los alcances de la obligación estatal de entregar información.
Incluso, los ministros empezaron por el análisis mismo de la palabra información, para después dar paso al alcance de la obligación estatal.
Su decisión, respecto de los amparos interpuestos en contra del Seguro Social y la Comisión Nacional de Derechos Humanos, y debido a que no se llegó a consenso sobre los alcances del derecho a la información consagrado en el artículo sexto constitucional, fue postergada. De acuerdo con fuentes consultadas, los ministros analizan con todo cuidado los criterios que fijarán respecto de dicho derecho, partiendo desde el propio significado de la palabra información y la obligación del Estado de proporcionarla. La Corte en su momento ya reconoció el derecho social a la información, cuando resolvió el caso Aguas Blancas, ahora se trata de delimitar el derecho individual a la información y la obligación del Estado de respetarlo, comentó una fuente del Poder Judicial.