VIERNES 18 DE FEBRERO DE 2000

* Se impedirán las exportaciones falseadas


Fijarán reglas México y la UE para evitar la triangulación

* Se discute la expedición de certificado de exportador autorizado

Patricia Muñoz * A fin de impedir la "triangulación" de mercancías, el contrabando y que países de otros bloques económicos se aprovechen de los beneficios del Acuerdo de Libre Comercio entre México y la Unión Europea, ambas partes fijaron reglas de origen que, sin cerrar las puertas al comercio, evitarán cualquier posibilidad de exportaciones falseadas.

El capítulo de Reglas de Origen de este tratado establece que incluso la Secretaría de Comercio y Fomento Industrial tendrá que dar un certificado de "exportador autorizado" a quienes deseen incursionar en los mercados europeos.

Asimismo, se realizarán verificaciones de origen de las mercancías a través de las aduanas de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público o de las aduanas de la Unión Europea de las mercancías que se exportan.

El documento señala que las reglas establecidas permitirán determinar cuáles bienes tendrán trato arancelario preferencial, a fin de que no disfruten este privilegio productos que provengan de países ajenos a este tratado

Así, la liberalización que emprenderán estos mercados no sería aprovechada por otras naciones que no estén dentro del acuerdo, por ello se ha determinado que las ventajas se otorgarían a bienes de México y la UE que hayan sido totalmente obtenidos en sus territorios, elaborados con insumos originarios o que aunque tengan materiales importados, éstos hayan sido transformados suficientemente.

Con ello se espera evitar que, por ejemplo, empresas de otras naciones se establezcan en México para desde aquí introducir sus mercancías y reexportar, libre de aranceles hacia Europa, pues de esta forma, los beneficios se irían para sus países de origen y no se quedarían en el nuestro. Es decir, se evitará a toda costa la triangulación de productos.

Las reglas establecidas por ambas partes, se cumplirán producto por producto, por lo que incluso se establecerá un método de contabilidad especial para facilitar la determinación de origen.

Para poder exportar entre la Unión Europea y nuestro país se pedirán "pruebas de origen", que serán el "certificado EUR.1" ųexpedido por Secofi o por la autoridad aduanera de los Unión Europeaų y la declaración del exportador en factura, mismos que tendrán una validez de 10 meses.