Carlos Monsiváis
šPresas y presos políticos, libertad!
Al reclamo antiguo se le añaden esta vez, y centralmente, las mujeres, algo sin razón de ser en 1959, cuando eran hombres todos los presos del movimiento ferrocarrilero, y más bien inconcebible luego del 2 de octubre de 1968, cuando el plural en masculino todo lo incluía. Ciertamente, llevaba décadas sin oírse la consigna histórica en la ciudad de México, como sucedió el 9 de febrero pasado. No digo que no existieran los presos políticos, en especial campesinos, sólo señalo que desde hacia tiempo una manifestación tan grande no lanzaba con tal energía el grito. Cabe preguntarse, ante la vista de los cargos, Ƒson los detenidos en rigor presos políticos? A continuación enumero algunas razones para creerlo.
a) En la medida en que se declara la formal prisión a personas con las que se intentó dialogar y con las que se habló durante más de nueve meses, reconociéndoles implícita y explícitamente el carácter de interlocutores, en esa misma medida el gobierno se califica penalmente a sí mismo por tratar con "delincuentes" en el entendido de acordar decisiones fundamentales. Según la lógica marcada por la PGR y el Ministerio Público, por lo menos un grupo de funcionarios debe agregarse en los reclusorios a sus "cómplices, los delincuentes con los que se reunieron conspirativamente en sitios públicos". De no hacerlo, estos funcionarios deberían conseguir amparos.
b) El delito de peligrosidad social o de riesgo social atenta a todas luces contra el espíritu de la Constitución de la República, un espíritu integrado por el sentido de sus garantías. De acuerdo con el primer párrafo del artículo 20 constitucional, "en caso de delitos no graves, a solicitud del Ministerio Público, el juez podrá negar la libertad provisional, cuando el inculpado haya sido condenado con anterioridad por algún delito calificado como grave por la ley o cuando el Ministerio Público aporte elementos al juez para establecer que la libertad del inculpado representa, por su conducta precedente o por las circunstancias y características del delito cometido, un riesgo para el ofendido o para la sociedad".
ƑCuál es el riesgo sustentable jurídicamente de los acusados, el movimiento no las personas, contra el ofendido o para la sociedad? Según el Ministerio Público Federal, "los inculpados podrían retomar nuevamente las instalaciones universitarias o atentar contra los testigos que los acusan o los servidores públicos que los consignan". Un artículo constitucional se vuelve una bola de cristal con el juez en papel de vidente. Sin ánimo humorístico, lo que "podrían hacer" los detenidos se traduce en la seguridad de que irremisiblemente lo harán. No se requieren conocimientos jurídicos especiales para lo obvio, no se puede abandonar en manos de un juez, por inepto que éste sea (opto por la tesis benévola) la calificación de las intenciones de personas enfrentadas políticamente al gobierno. Juzgados por su "calaña psicológica", los y las detenidas adelantan con tiempo de prisión los dictados de su inconsciente o de su inclinación levantisca. Eso sí, pero sin recibir jamás el trato del estado de derecho.
c) Los procesos han sido objeto de un tratamiento escrupuloso y científico de tira cómica. La juez que en cinco días revisó todos los expedientes, además de convertirse en rival muy ardua de Flash o de los héroes de los manga japoneses, se halla incapacitada para clasificar la validez de las declaraciones y las actas judiciales en lo tocante al cargo de "despojo con violencia". ƑO qué decir de la incorporación a los expedientes de las actas de los directores de escuelas y facultades donde se asienta que las instalaciones quedan en poder de los paristas desde el 20 de abril de 1999? De un solo golpe, el derecho de huelga se transforma en "robo con despojo". No hay duda sobre las intenciones de castigo y represalia que definen la existencia de presos políticos.
d) En materia de perdón y amnistía, la palabra la tiene el eminente jurista Ignacio Burgoa en su sermón de ratificación de las denuncias: "Como cristiano que soy, considero que sobre la aplicación jurídica está el perdón... Esos muchachos, con su juventud e inexperiencia, no sabían lo que hacían, fueron víctimas seguramente de una manipulación y, en consecuencia, yo creo que el perdón es procedente, no desde el punto de vista jurídico, sino desde el punto de vista humano, siguiendo las palabras de nuestro señor Jesucristo". Es decir, que el Jurista perdona a los "títeres", trae a cuento la instancia extrajurídica de la religión, y no se toma la molestia de sustentar en lo mínimo sus afirmaciones sobre "manipulación", de la que debe tener pruebas que, quizás por su naturaleza cristiana, no entrega a las autoridades. Tanta hipocresía revela bien la naturaleza esencial de los juicios.
e) No se pide impunidad para nadie en materia de delitos comprobados. Pero las autoridades no han clarificado en lo mínimo cuáles son y cuáles no, los delitos del Consejo General de Huelga en tanto tal, y éste es un proceso contra el movimiento muchísimo más que contra las personas. Tal parece que las acusaciones se nutren en lo básico de la atmósfera delictuosa desprendido del tratamiento mediático, de ninguna manera hasta el momento sinónimo de la realidad. En su falta de especificaciones, los cargos son irreales, tanto que un primer momento se le impusieron a muchachas jóvenes de 18 a 22 años de edad "terrorismo, sabotaje y motín". Todo al azar, como dejándole a la mala suerte la distribución de los delitos. Pero al retirar la UNAM el cargo de despojo, impuesto a la mayoría de los presos y las presas (me tardo más, pero el distingo tiene mucho sentido), el método ingenioso para retenerlos fue instruirles una causa por "peligrosidad social". Es decir, para "negociar" con los presos se ignoró negociar previamente con la ley.
f) Sin duda, los más de nueve meses de huelga han significado gravísimos daños para la UNAM en diversos sentidos. ƑPero cómo cuantificar el daño de una huelga, y ya una vez cuantificado, cómo repartir el costo salomónica o no salomónicamente en dos partes? ƑQué parte de la intransigencia, que se dio a raudales, le toca a rectoría y qué parte al CGH? Y para seguir con interrogantes de imposible respuesta judicial, Ƒqué parte de responsabilidad ante la ley le toca al gobierno de Ernesto Zedillo, y a su política de recortes neoliberales, que de 1994 a 1999 le quitó por lo menos 45 por ciento de sus recursos a las universidades públicas? Lo que digo no es una salida forzada. Si no se precisa el clima de escasez impuesta a la UNAM, no se entiende el proceso de deterioro de la institución. Esto no exculpa a nadie de abusos y robos Ƒpero cómo determinar las responsabilidades individuales cuando las autoridades, al actuar contra el movimiento en su conjunto, desvanecieron cualquier precisión en los cargos?
Y recuérdese de nuevo que la UNAM retiró lo de despojo.
g) El Consejo General de Huelga, desde mi perspectiva, compartida por muchos, cometió errores severos de intolerancia y sectarismo. Pero estos errores, este negarse a las evidencias de sus triunfos, estos alambres que defendían la mesa de debates en el auditorio Che Guevara, no son penalizables que se sepa, y además estoy convencido: mientras haya presos se dificulta en extremo el debate con el CGH, que debe darse. Exigir la libertad de todos los detenidos, el retiro de los cargos y la participación del CGH en el congreso universitario son, estoy seguro, una de las vías para normalizar la situación y darle entrada a una polémica de sentido y consecuencias positivas. Si al CGH, en tanto organismo de resistencia estudiantil, se le somete a la represión, que además de los autos de formal prisión, maneja órdenes de arresto para cerca de 400, es preciso que en el ámbito jurídico lo defiendan la sociedad civil y la UNAM misma. Eso no significa validar el discurso y muchos de los procedimientos del CGH, es tan sólo proponerse enmendar desde la sociedad y desde la comunidad universitaria errores, imperancias y inmoralidades del régimen.
Mientras no se demuestre lo contrario, por ejemplo liberándolos, los detenidos de la primera semana de febrero son presas y presos políticos.