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México, D.F. domingo 16 de enero de 2000
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Aclara el Centro Pro sobre el caso Pierce Lewis

Estimada señora directora: El pasado 14 de enero, en El Correo Ilustrado del periódico que usted dirige, el Instituto Nacional de Migración (INM), a través de Andrés Chao Ebergenyi, jefe de la Unidad de Comunicación Social del INM, publica una carta titulada "Puntualizaciones sobre el caso de Pierre Lewis", a lo que el centro de derechos humanos Miguel Agustín Pro Juárez manifiesta:

1. Este centro se refiere directamente al caso del ciudadano estadunidense Tedford Pierce Lewis, tal como el reportero Triunfo Elizalde lo cita en su nota del 13 de enero en la página 17 de La Jornada, por lo que muy posiblemente el Instituto Nacional de Migración, en particular el jefe de la Unidad de Comunicación Social de dicha oficina gubernamental, se refiera a un caso distinto, ya que hace mención del estadunidense Tedfor Pierre Lewis, cuyo nombre no coincide.

2. Sobre la referencia explícita que Andrés Chao Ebergenyi manifiesta respecto a que el señor Lewis ingresó al país conforme a un permiso de internación de 5 días, aceptando las condiciones fijadas con base en las reglas establecidas por este tipo de modalidad migratoria, cabe recordarle que hoy en día se ventila en el primer juzgado de distrito en materia administrativa, con sede en el Distrito Federal, el juicio de amparo 469/99, medio de impugnación idóneo para combatir la afirmación que dicho funcionario esgrime.

3. En cuanto a las aseveraciones del Chao Ebergenyi sobre que la naturaleza de las disposiciones administrativas que señalan los requisitos y condiciones de autorización de la modalidad de entrada temporal para observación de derechos humanos in situ por parte de extranjeros es de ser disposiciones que surten efectos respecto a terceros y son obligatorias en cuanto a su cumplimiento, es menester señalarle que al respecto existen vastos precedentes judiciales dictados por los máximos tribunales de la República, en donde claramente se hace referencia a que las circulares, como es el caso de la INM/001/98 (que crea la calidad de observador internacional de derechos humanos) no son disposiciones legislativas ni reglamentarias y, por lo tanto, no otorgan derechos ni obligaciones a los particulares; es decir, no son disposiciones de carácter general, sino únicamente órdenes emitidas por un superior jerárquico a un subordinado para el mejor funcionamiento de una oficina de la administración pública. Por si quedase alguna duda, se cita uno de los precedentes ya mencionados.

Circulares. Su publicación en el Diario Oficial no les otorga el carácter de disposiciones legislativas. Por su propia naturaleza, no crean obligaciones ni derechos para los particulares, pues son documentos expedidos por los superiores jerárquicos, dando instrucciones a los inferiores sobre el régimen interior de las oficinas, sobre su funcionamiento en relación con el público o para aclarar la aplicación de normas tributarias ya existentes.

Segundo tribunal colegiado en materia administrativa del primer circuito.

Por lo que cabe a la expresión referente a que no viola la libertad de tránsito, por las mismas limitaciones que impone el artículo 11 constitucional, es menester mencionar que como todo jurista sabe, las limitaciones impuestas a una garantía se dan a través de la ley expedida por el Congreso que reglamenta al artículo constitucional, y de ninguna manera a través de una circular, dada la naturaleza de éstas como ha quedado comprobado con la tesis jurisprudencial citada.

4. Por último, en cuanto a lo manifestado por Andrés Chao Ebergenyi, referente a que se le negó al señor Lewis la entrada, toda vez que su caso se encuentra sujeto a la resolución que dicte el Poder Judicial en el juicio de amparo que promovió, cabe señalar que dicho juicio signado con el número 649/99 se refiere a circunstancias de tiempo, lugar y modo totalmente distintas a las de la solicitud de entrada que en diciembre de 1999 realizó Tedford Pierce Lewis. Por lo que no existe restricción alguna que impida al ciudadano estadunidense ingresar al país a realizar actividades distintas a las que en mayo de 1999 se le impidieron realizar, y por lo tanto se amparó.

Atentamente

Edgar Cortez Moralez, director


Renuncia, no expulsión del PT, dice diputado

Señora directora: Por estas líneas te pido me dejes a través de tu prestigiado diario aclarar la nota aparecida el viernes 14 de enero del presente año, y que habla de mi expulsión del Partido del Trabajo. Sobre ello dejo saber a la opinión pública nacional, que con fecha 16 de enero de 1999 (hace casi un año) presenté mi renuncia a este partido y conmigo la casi totalidad de los compañeros miembros en el estado de Tamaulipas. Dejo constancia también de que nos adherimos al esfuerzo de construcción de democracia social, ahora partido político nacional, del cual fui elegido presidente en Tamaulipas e igualmente miembro de la Comisión Ejecutiva Federal. En diciembre pasado tomé en consideración la postura de mi directiva para hacer valer mi voto sobre la Ley de Egresos de la Federación. Por lo tanto, no pueden mis amigos del PT aducir que me aleje de su programa de acción política o estatutaria. Ser prudente ha sido línea en mis actos políticos. En su momento no quise crear conflictos al PT con renuncias escandalosas, pues este también fue mandato de mis compañeros en Tamaulipas cuando renunciamos. Ahora, debido a este acto de simulación y de lavarse la cara, es pertinente la aclaración. Te solicito lo insertes en el espacio de expresión ciudadana.

Atentamente

Diputado Gerardo Acosta Zavala


Apoyan la consulta convocada por el CGH

Señora directora: Mucho agradecemos la publicación de la presente carta.

Considerando que la situación de la UNAM y la solución del pliego petitorio del CGH son de transcendental importancia para el pueblo de México en general, apoyamos la realización de la consulta del CGH los días 18 y 19 de enero, y nos sumamos al llamado de participar en ésta.

Para ello, convocamos a todos los interesados en instalar casillas de votación o simplemente en informarse de la situación que prevalece en la UNAM, a una reunión el domingo 16 de enero a las 13:00 hrs., en el Ágora de la Casa Popular de la Magdalena Contreras, en Luis Cabrera, esquina con la calzada México Contreras.

El registro se hará en avenida Universidad 779, tercer piso. Para mayor información comunicarse al 56 88 57 90 ext. 308.

Asimismo, les recordamos que estamos haciendo acopio de víveres medicinas y herramienta en general que recibirá en dichas oficinas.

Coordinadoras zapatistas de Benito Juárez, Coyoacán, Contreras, Miguel Hidalgo, Brigadas de Tlalpan. Responsables de la publicación: Cristina Mondragón, Fidelina Cruz, César Castañeda, Delfino Barrios y José Alvarado

Atentamente

Por la Coordinadora Zapatista de Contacto de la Magdalena Contreras:

Delfino Barrios, Ernesto Gómez, Ena Salinas y Antonio Martínez.


Precisión del reportero Roberto Garduño

Señora directora: El doctor Alfredo López Austin se debe sentir sorprendido por la nota, publicada ayer, donde refiero su asistencia al foro celebrado en la ENEO, atribuyéndole la lectura de un documento. Esto último no sucedió. El texto tuvo que aparecer de la siguiente forma: "Entre académicos de varias escuelas, uno de ellos Alfredo López Austin, el alumno Ulises Nava leyó el texto referido". Mis disculpas para el doctor López Austin por el tropiezo.

Roberto Garduño


Preguntan a rectoría

Señora directora: Para la comisión de rectoría: Una pequeña curiosidad.

ƑLas preguntas del plebiscito aparecerán un día después de que se realice?

Ana María Aragonés y Jaime Peña



La Jornada, Coordinación de Sistemas Francisco Petrarca 118, Col. Chapultepec Morales, delegación Miguel Hidalgo México D.F. C.P. 11570 Teléfono (525) 262-43-00, FAX (525) 262-43-56 y 262-43-54