* Subordinación del juez al director del penal


Un "juicio secreto" se aplica a los 4 presuntos miembros del ERPI

* Obstrucción a labor de los defensores: abogada Pilar Noriega

José Gil Olmos * En el proceso judicial que se sigue en contra de los cuatro presuntos miembros del ERPI, presos en el penal de alta seguridad en Almoloya, se está violando la Constitución, pues el juez se ha sometido a las determinaciones del director del centro penitenciario, e incluso expulsa a los defensores que se acercan a los acusados en las rejillas. Se trata de un "juicio secreto", aseveró la abogada Pilar Noriega.

La defensora de Jacobo Silva Nogales ųcomandante Antonioų, Felícitas Padilla Nava, Gloria Arenas y Fernando Gatica, dijo que el gobierno federal cae en una contradicción, pues por una parte asegura que se está aplicando la ley y, por la otra, impide que el proceso se desarrolle apegado a derecho.

Luego de la audiencia de Jacobo Silva, el martes pasado, en la que ratificó ser miembro del ERPI pero rechazó las acusaciones que se le hacen de acopio de armas, terrorismo, sabotaje, asociación delictuosa, conspiración, rebelión y asesinato, la abogada dijo que también hay una contradicción respecto del lugar donde asegura el gobierno fue detenido en noviembre. Oficialmente se sostiene que se le aprehendió en Chilpancingo, Guerrero, pero el acta cita como el lugar el Distrito Federal.

El pasado 8 de diciembre Pilar Noriega fue expulsada de la sala de audiencias por "alterar el orden". La decisión del juez fue porque la defensora se acercó a la reja de prácticas a hablar con los procesados. Asimismo, y a pesar de estar reconocida como la defensora legal del grupo, se la ha obligado a semidesnudarse, lo cual contraviene las reglas internacionales de la defensoría.

"El procedimiento que se les sigue viola la Constitución y los instrumentos internacionales de derechos humanos, porque el juez primero de distrito se ha sujetado a las disposiciones del Centro Federal de Readaptación de Almoloya, en lugar de hacer valer su autoridad como juez.

En primer lugar, no existe disposición alguna que establezca que las audiencias deben llevarse a cabo en el Cefereso, y el hecho de que se desarrolle el procedimiento en ese centro implica que se les somete a un juicio secreto.

Es decir, no es público, y se viola su derecho y la defensa eficaz, pues no hay comunicación libre y confidencial con su abogado".

Pilar Noriega citó el artículo 89 del Código Federal de Procedimientos Penales, el cual establece que durante la audiencia el procesado puede comunicarse con sus defensores.

Dijo que el juez acordó con las autoridades del penal, sujetas a la Secretaría de Gobernación, el pasado 13 de diciembre, que el acceso de las personas que solicitan su paso a las audiencias es un trámite administrativo que deberá gestionarse ante el director de este centro. De ahí "concluimos que, para el juez, antes que su autoridad como Poder Judicial, antes que la Constitución, están las disposiciones administrativas".

Por otro lado, denunció también que a Felícitas Padilla y Gloria Arenas Agis les han vulnerado sus derechos, pues no obstante que son procesadas, no se les han respetado las garantías de toda persona a ser considerada inocente hasta que no se demuestre lo contrario.

Reclusas en un centro hecho sólo para varones, no se la proporcionado ropa interior para cambiarse; no tienen los medios mínimos de salud, como son las toalla higiénicas, cepillo de dientes y agua potable. Trabajan ocho horas diarias y les han pagado en dos semanas 70 pesos. "Son sometidas al trato que reciben todos los sentenciados, a pesar de ser sólo procesadas", precisó Noriega.