Miguel de Jesús Alvarado Esquivel*
El presupuesto de la justicia (Primera de dos partes)
Como es costumbre, a fin de cada año los poderes Ejecutivo y Legislativo se ocupan de resolver aquello que Labant, describiendo el conflicto constitucional prusiano de 1862, resumió en la siguiente interrogante: "Ƒcañones o mantequilla?"; es decir, de formar y aprobar, respectivamente, el presupuesto, fijando las partidas que tendrán las distintas dependencias para atender las necesidades de salud, educación y otras que nacen de la vida colectiva.
Es el caso que, recientemente, han aparecido en los medios informativos noticias en el sentido de que el Presupuesto del Poder Judicial de la Federación y, concretamente, el de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, podría reducirse drásticamente.
A mi juicio, la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, órgano estatal que anualmente fija y autoriza a los demás órganos y dependencias su partida de gastos, puede cometer un grave error si reduce el Presupuesto del Poder Judicial Federal. Las razones de esta afirmación son muchas. La primera, es que debe tener presente la ingente carga de trabajo que anualmente accede a los juzgados y tribunales federales. Según cifras obtenidas de los últimos informes del presidente de la Suprema Corte, en la actualidad el Poder Judicial de la Federación recibe anualmente más de medio millón de causas legales para su despacho. Esto significa que si existen alrededor de 350 órganos jurisdiccionales, entre juzgados y tribunales, resulta que cada uno de éstos tiene, en promedio, una carga de trabajo anual de mil 428 asuntos. Por tanto, cuando un juzgado o tribunal está sobrecargado estructuralmente ųes decir, que ingresan más asuntos de los que puede resolverų se hace extremadamente rígida la solución, porque sería necesario crear otros órganos de la misma especie, buscarles y acondicionarles espacio físico, dotarles de toda una plantilla de personal, servicios materiales, etcétera, con lo que el nivel de eficiencia presupuestaria se resiente gravemente, tanto, como lo resienten las demandas de justicia de la ciudadanía que quedan sin oportuna respuesta.
En segundo término, porque una vez saneado el sufragio y reconstruida nuestra democracia, la sociedad ha despertado, y en ella se generan múltiples pujas y desasosiegos que han hecho que la evolución de las dimensiones cuantitativas de la litigiosidad se caractericen en los últimos años ųsegún los informes referidosų por un aumento constante de más de 10 por ciento anual. Entonces, si el número de juzgadores es actualmente insuficiente, y si la sociedad reclama una pronta y cumplida justicia, Ƒcómo aceptar una disminución al Presupuesto del Poder Judicial Federal?
Si la Cámara de Diputados lo reduce, las consecuencias serían muy graves para la sociedad que representa: aparecería un peligroso rezago en la resolución de los asuntos, que posteriormente sería muy difícil enjugar, pues el número insuficiente de juzgados y tribunales originaría la aparición de auténticos cuellos de botella en la impartición de justicia.
Por otro lado, la Cámara de Diputados no debe olvidar que la justicia es una de las pocas necesidades a cuya satisfacción el Estado no puede ųni debeų renunciar, ya que aquélla se liga existencialmente a éste. En efecto, el servicio de justicia no es como la educación, la salud o el turismo, en los cuales el Estado puede dejar que los particulares, concesionarios o permisionarios, presten estos servicios. En el caso de la justicia no ocurre así: sólo el Estado debe prestar este servicio esencial, de otro modo pierde parte de su esencia y se degrada institucionalmente.
* Coordinador general de Compilación y Sistematización de Tesis de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.