Ť Niños, ancianos y mujeres, los más afectados
Sin aguinaldo, 19 millones de mexicanos: Congreso del Trabajo
Ť 30% de microempresarios podrían negarse a dar la gratificación
Elizabeth Velasco C. Ť Antes del 20 de diciembre próximo, en el país habrá una derrama económica de aproximadamente 23 mil millones de pesos, correspondiente al pago de aguinaldos a unos 14 millones de trabajadores de los sectores privado y público, según estimaciones del Congreso del Trabajo (CT).
No obstante, de acuerdo con datos oficiales y de ese organismo cúpula, 50 por ciento de la población económicamente activa (19 millones de mexicanos) ocupada en el sector informal no tendrá acceso a ese beneficio social y constitucional; tampoco quienes laboran en establecimientos familiares o similares sin percibir ingresos (ancianos, niños, mujeres, particularmente). Es decir, cerca de 5.5 millones de personas, según la última Encuesta Nacional de Empleo del INEGI (1997).
Asimismo, el CT prevé que 30 por ciento de micro y pequeñas industrias --80 por ciento de la base industrial del país-- podría negarse a pagar la gratificación de fin de año a miles de trabajadores que perciben menos de un salario mínimo (7.7 millones de personas, según la ENE del INEGI), con el argumento de la crítica situación que atraviesan.
El artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo establece que los trabajadores que perciben un minisalario deben recibir 15 días de sueldo base; es decir, 458 pesos en la zona geográfica "A" (la más alta). En ese rango de ingresos se encuentran unos 10.8 millones de obreros que ganan entre uno y dos mínimos, se detalla en las cifras oficiales referidas.
Este año, precisa el CT, se erogarán en gratificaciones 6 mil millones de pesos más que el anterior, no obstante que el número de trabajadores pasó de 12 millones en 1998 a 14 millones en el presente.
El organismo cúpula del movimiento obrero detalla que alrededor de 16 mil 802 millones de pesos se pagarán a 11.7 millones de trabajadores del apartado "A" (asegurados permanentes en el IMSS) que perciben hasta 2.5 veces el mínimo general y que recibirán en promedio 18 días como aguinaldo.
Para los cerca de 2.3 millones de empleados al servicio del Estado (apartado "B") se erogarán 5 mil 902 millones de pesos por el pago de 40 días de aguinaldo, si se toma como base un salario diario promedio de 63.82 pesos.
De acuerdo con estadísticas del CT, se han detectado mayores irregularidades en el pago de esta prestación en las ramas de la industria de la construcción, confección y costura, transporte, talleres familiares, comercio y agroindustria.
El año pasado la evasión rondó entre 40 y 30 por ciento del total de la base trabajadora, ya sea porque el patrón sólo paga el equivalente a una semana, independientemente de los años trabajados; lo cubre en abonos (lo cual es ilegal), o de plano se niega a entregarlo. Cabe hacer notar que "muchas empresas utilizan como excusa para reducir el pago de la gratificación, las incapacidades por riesgo de trabajo temporales, así como los periodos pre y pos natales, los cuales de ninguna manera afectan el monto del aguinaldo".
Por otra parte, el CT admite que el aguinaldo ha perdido su atractivo debido a que no ha mejorado la liquidez semanal o mensual del trabajador, además que esa prestación se "grava considerablemente con impuesto". Según el artículo 77, fracción once de la Ley del Impuesto sobre la Renta (ISR), sólo se gravará el monto que exceda 30 días de salario mínimo que rija en el área geográfica del contribuyente (en el Distrito Federal de 458 pesos para este año).
También con respecto al pago de impuestos se presentan irregularidades importantes. "Ilegalmente algunos patrones realizan un ajuste anual de impuesto, afectando con ello el aguinaldo. Esto propicia que muchos trabajadores no lo reciban". Por otro lado, la gratificación en su conjunto se puede afectar hasta en 35 por ciento de impuesto, cuando se acumula al salario el pago de tiempo extra, premio de puntualidad y vacaciones.
El CT destaca que es una obligación de toda empresa pagar la gratificación anual a las personas sujetas a una relación de trabajo personal subordinado, ya sea mediante contrato de planta, base o eventual. El pago, refiere, debe hacerse antes del 20 de diciembre, de acuerdo con la ley. En la mayoría de los contratos colectivos se establece en los primeros días de ese mes. Empero, de acuerdo a la ley del ISR el aguinaldo podrá pagarse en dos partidas o más, según se haya pactado en el contrato colectivo.
Por último, señala que los trabajadores al servicio del Estado tienen derecho a recibir como mínimo un equivalente a 40 días de aguinaldo en dos exhibiciones; la primera de 20 días antes del 15 de diciembre, y el resto durante la primera quincena del mes de enero del año siguiente.