Ť Cárdenas no comprobó su legitimación activa, aduce el proyecto de dictamen
Sobreseería la Suprema Corte controversia constitucional
Ť Fue interpuesta por el GDF contra la Federación por no otorgarle recursos del ramo 33
Jesús Aranda Ť El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolverá el sobreseimiento de la controversia constitucional planteada por el Gobierno del Distrito Federal en contra del Ejecutivo federal por la no asignación de recursos del ramo 33 a la capital del país, debido a que el entonces jefe de Gobierno, Cuauhtémoc Cárdenas, no comprobó su "legitimación activa" para entablar la demanda.
De acuerdo con el proyecto de dictamen elaborado por el ministro instructor Mariano Azuela, que ya fue entregado a los otros diez integrantes del pleno, mismo que no ha sido objetado hasta el momento en su parte sustancial, cuando Cárdenas interpuso la controversia constitucional en marzo pasado no cumplió con lo establecido en el artículo 31 del Estatuto de Gobierno del DF, en el que se precisan las atribuciones del jefe de Gobierno para entablar controversias constitucionales.
En este contexto, el artículo 31 citado señala en su párrafo tercero que el jefe de Gobierno del DF podrá acudir ante la SCJN "cuando así lo determine por declaratoria fundada y motivada".
De acuerdo con el documento elaborado por el ministro Azuela, Cárdenas no entregó la declaratoria fundada y motivada, en la que hubiera hecho del conocimiento de los ciudadanos de la capital del país las razones legales o circunstancias especiales que justificaran la presentación de la controversia constitucional en contra del Ejecutivo.
"Y como no llegó a emitirse la declaratoria, por consiguiente no se configura la legitimación activa en el proceso de parte del jefe de Gobierno del Distrito Federal", por lo que se propone al pleno de ministros que la controversia sea sobreseída.
Asimismo, el documento resolutivo niega validez a los argumentos de las autoridades capitalinas, consistentes en que la constancia de mayoría que recibió Cárdenas cuando se reconoció su triunfo electoral, hace dos años, era suficiente para comprobar su personalidad jurídica.
La declaratoria, precisa el proyecto, se entiende como un documento en el que se hace del conocimiento de los gobernados un determinado hecho, circunstancias especiales, razones particulares, causa inmediata y los preceptos legales que justifiquen que el jefe de Gobierno presenta una demanda de controversia constitucional. Requerimientos que, de acuerdo con el escrito, no se cumplieron.
En la demanda interpuesta por Cárdenas en marzo pasado se inconformaba en contra del acuerdo publicado el 31 de diciembre de 1998 en el Diario Oficial de la Federación, denominado Programa para superar la pobreza 1995-2000, en el que se excluyó al Distrito Federal, por lo que no recibió recursos federales del ramo 33 del presupuesto, destinados a combatirla .
El Gobierno capitalino argumentó en su queja que la decisión del Ejecutivo federal, de marginarlo de este programa, contradice los principios de equidad y proporcionalidad para hacerle frente a los rezagos sociales, la desigualdad y la pobreza, por lo que "no se podrán atender las necesidades que prevalecen en el Distrito Federal con relación a la pobreza".
En su momento, el gobierno de Cárdenas y el Partido de la Revolución Democrática criticaron al Partido Acción Nacional por haberse sumado al PRI y votar a favor del acuerdo que excluyó al primer gobierno opositor en la capital del país de los recursos para combatir la pobreza.
Por su parte, la Procuraduría General de la República, al tener conocimiento del asunto, consideró que la controversia era procedente, pero planteó también el sobreseimiento "por diversas causales de improcedencia".
El proyecto de dictamen será objeto de discusiones privadas, para después formalizar la decisión en sesión pública, para la cual no se tiene aún fecha.